Norma Legal Oficial del día 22 de junio del año 2017 (22/06/2017)


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TEXTO DE LA PÁGINA 16

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Teniente General FAP NSA: O-9411680 Teniente General FAP NSA: O-9395879 Teniente General FAP NSA: O-9434381 JORGE LUIS CHAPARRO PINTO DNI: 09762666 JOSE MIGUEL DAVIS MOLINA DNI: 43624264 ALFONSO JAVIER ARTADI SALETTI DNI: 03885781

NORMAS LEGALES

Jueves 22 de junio de 2017 /

El Peruano

Artículo 2.- El Ministerio de Defensa - Fuerza Aérea del Perú, efectuará los pagos que correspondan, con cargo al presupuesto institucional Año Fiscal 2017, de acuerdo a los conceptos siguientes:
Pasajes Aéreos: Lima ­ Nueva York (Estados Unidos de América) Lima: US $ 1,820.93 X 03 personas (Incluye TUUA) = US $ 5,462.79 40% de Viáticos (alimentación) US $ 440.00 x 40% x 06 días x 03 personas = US $ 3,168.00 Total a pagar = US $ 8,630.79

Artículo 3.-El gasto por alojamiento de los participantes designados, será asumido por el PADEscuela de Dirección de la Universidad de Piura. Artículo 4.-El Comandante General de la Fuerza Aérea del Perú queda facultado para variar la fecha de inicio y término de la autorización a que se refiere el artículo 1, sin exceder el total de días autorizados y sin variar la actividad para la cual se autoriza el viaje, ni el nombre del personal autorizado. Artículo 5.-El personal designado, deberá cumplir con presentar un informe detallado ante el titular de la Entidad, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado, dentro de los quince (15) días calendario contados a partir de la fecha de retorno al país. Asimismo, dentro del mismo plazo efectuará la sustentación de viáticos, conforme a lo indicado en el artículo 6 del Decreto Supremo Nº 0472002-PCM de fecha 05 de junio de 2002, modificado con el Decreto Supremo Nº 056-2013-PCM de fecha 18 de mayo de 2013. Artículo 6.-La presente autorización no da derecho a exoneración ni liberación de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese. JORGE NIETO MONTESINOS Ministro de Defensa 1535531-1

ECONOMIA Y FINANZAS
Autorizan Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2017 a favor del pliego Contraloría General
DECRETO SUPREMO Nº 182-2017-EF EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO: Que, mediante Ley N° 30518, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2017, se ha aprobado, entre otros, el presupuesto institucional del pliego 019 Contraloría General; Que, la Contraloría General de la República, conforme al artículo 16 de la Ley Nº 27785, Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de la República, tiene por misión dirigir y supervisar con eficiencia y eficacia el control gubernamental, orientando su accionar al fortalecimiento y transparencia de la gestión de las entidades, la promoción de valores y la responsabilidad de los funcionarios y servidores públicos, así como contribuir con los Poderes del Estado en la toma

de decisiones y con la ciudadanía para su adecuada participación en el control social; Que, la Contraloría General de la República tiene el propósito de continuar fortaleciendo la lucha contra la corrupción, reforzando la labor de vigilancia en la correcta gestión y utilización de los recursos del Estado en todos sus ámbitos; Que, en el marco de lo señalado en el considerando precedente, mediante el Oficio N° 00296-2017-CG/DC, la Contraloría General de la República solicita recursos adicionales para atender gastos relacionados con la contratación de personal bajo la modalidad de Contratación Administrativa de Servicios (CAS), a Auditores Ingenieros, de las diferentes especialidades que llevaran a cabo las actividades de control, en el marco del ejercicio de control preventivo de verificación y supervisión de los proyectos de inversión pública del Estado; Que, en base a la información remitida por la Contraloría General de la República y lo comunicado por la Dirección General de Gestión de Recursos Públicos del Ministerio de Economía y Finanzas, el costo para atender la contratación de personal bajo la modalidad de Contratación Administrativa de Servicios (CAS), a setenta y cinco (75) Auditores Ingenieros, de las diferentes especialidades, mencionado en el considerando precedente, asciende a la suma de SEIS MILLONES SETECIENTOS CUARENTA Y SEIS MIL SEISCIENTOS DIEZ Y 00/100 SOLES (S/ 6 746 610,00); Que, los artículos 44 y 45 del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 304-2012-EF, establecen que las Leyes de Presupuesto del Sector Público consideran una Reserva de Contingencia que constituye un crédito presupuestario global dentro del presupuesto del Ministerio de Economía y Finanzas, destinada a financiar los gastos que por su naturaleza y coyuntura no pueden ser previstos en los presupuestos de los pliegos, disponiendo que las transferencias o habilitaciones que se efectúen con cargo a la Reserva de Contingencia se autorizan mediante decreto supremo refrendado por el Ministro de Economía y Finanzas; Que, en consecuencia, es necesario autorizar una Transferencia de Partidas de la Reserva de Contingencia del Ministerio de Economía y Finanzas, hasta por la suma de SEIS MILLONES SETECIENTOS CUARENTA Y SEIS MIL SEISCIENTOS DIEZ Y 00/100 SOLES (S/ 6 746 610,00), a favor del pliego 019: Contraloría General, para financiar el requerimiento señalado en los considerandos precedentes; teniendo en cuenta que los citados recursos no han sido previstos en el presupuesto institucional del presente año fiscal del referido pliego; De conformidad con lo establecido en el artículo 45 del Texto Único Ordenado de la Ley N° 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado mediante Decreto Supremo N° 304-2012-EF; DECRETA: Artículo 1.- Objeto Autorízase una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2017, hasta por la suma de SEIS MILLONES SETECIENTOS CUARENTA Y SEIS MIL SEISCIENTOS DIEZ Y 00/100 SOLES (S/ 6 746 610,00), a favor del pliego 019: Contraloría General, para financiar los gastos relacionados a la contratación de setenta y cinco (75) Auditores Ingenieros, bajo la modalidad de Contratación Administrativa de Servicios (CAS), en el marco del ejercicio de control preventivo de verificación y supervisión de los proyectos de inversión pública del Estado, conforme a lo indicado en la parte considerativa de la presente norma, de acuerdo al siguiente detalle:
DE LA: SECCION PRIMERA PLIEGO UNIDAD EJECUTORA En Soles : Gobierno Central 009 : Ministerio de Economía y Finanzas 001 : Administración General

ASIGNACIONES PRESUPUESTARIAS QUE NO RESULTAN EN PRODUCTOS

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