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16 NORMAS LEGALES Jueves 22 de junio de 2017 / El Peruano Teniente General FAP JORGE LUIS CHAPARRO PINTO NSA: O-9411680 DNI: 09762666Teniente General FAP JOSE MIGUEL DAVIS MOLINA NSA: O-9395879 DNI: 43624264 Teniente General FAP ALFONSO JAVIER ARTADI SALETTI NSA: O-9434381 DNI: 03885781 Artículo 2.- El Ministerio de Defensa - Fuerza Aérea del Perú, efectuará los pagos que correspondan, con cargo al presupuesto institucional Año Fiscal 2017, de acuerdo a los conceptos siguientes: Pasajes Aéreos: Lima – Nueva York (Estados Unidos de América) - Lima: US $ 1,820.93 X 03 personas (Incluye TUUA) = US $ 5,462.79 40% de Viáticos (alimentación) US $ 440.00 x 40% x 06 días x 03 personas = US $ 3,168.00 Total a pagar = US $ 8,630.79 Artículo 3.- El gasto por alojamiento de los participantes designados, será asumido por el PAD-Escuela de Dirección de la Universidad de Piura. Artículo 4.- El Comandante General de la Fuerza Aérea del Perú queda facultado para variar la fecha de inicio y término de la autorización a que se re fi ere el artículo 1, sin exceder el total de días autorizados y sin variar la actividad para la cual se autoriza el viaje, ni el nombre del personal autorizado. Artículo 5 .-El personal designado, deberá cumplir con presentar un informe detallado ante el titular de la Entidad, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado, dentro de los quince (15) días calendario contados a partir de la fecha de retorno al país. Asimismo, dentro del mismo plazo efectuará la sustentación de viáticos, conforme a lo indicado en el artículo 6 del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM de fecha 05 de junio de 2002, modi fi cado con el Decreto Supremo Nº 056-2013-PCM de fecha 18 de mayo de 2013. Artículo 6 .-La presente autorización no da derecho a exoneración ni liberación de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese.JORGE NIETO MONTESINOS Ministro de Defensa 1535531-1 ECONOMIA Y FINANZAS Autorizan Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2017 a favor del pliego Contraloría General DECRETO SUPREMO Nº 182-2017-EF EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICACONSIDERANDO:Que, mediante Ley N° 30518, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2017, se ha aprobado, entre otros, el presupuesto institucional del pliego 019 Contraloría General; Que, la Contraloría General de la República, conforme al artículo 16 de la Ley Nº 27785, Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de la República, tiene por misión dirigir y supervisar con efi ciencia y e fi cacia el control gubernamental, orientando su accionar al fortalecimiento y transparencia de la gestión de las entidades, la promoción de valores y la responsabilidad de los funcionarios y servidores públicos, así como contribuir con los Poderes del Estado en la toma de decisiones y con la ciudadanía para su adecuada participación en el control social; Que, la Contraloría General de la República tiene el propósito de continuar fortaleciendo la lucha contra la corrupción, reforzando la labor de vigilancia en la correcta gestión y utilización de los recursos del Estado en todos sus ámbitos; Que, en el marco de lo señalado en el considerando precedente, mediante el O fi cio N° 00296-2017-CG/DC, la Contraloría General de la República solicita recursos adicionales para atender gastos relacionados con la contratación de personal bajo la modalidad de Contratación Administrativa de Servicios (CAS), a Auditores Ingenieros, de las diferentes especialidades que llevaran a cabo las actividades de control, en el marco del ejercicio de control preventivo de veri fi cación y supervisión de los proyectos de inversión pública del Estado; Que, en base a la información remitida por la Contraloría General de la República y lo comunicado por la Dirección General de Gestión de Recursos Públicos del Ministerio de Economía y Finanzas, el costo para atender la contratación de personal bajo la modalidad de Contratación Administrativa de Servicios (CAS), a setenta y cinco (75) Auditores Ingenieros, de las diferentes especialidades, mencionado en el considerando precedente, asciende a la suma de SEIS MILLONES SETECIENTOS CUARENTA Y SEIS MIL SEISCIENTOS DIEZ Y 00/100 SOLES (S/ 6 746 610,00); Que, los artículos 44 y 45 del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 304-2012-EF, establecen que las Leyes de Presupuesto del Sector Público consideran una Reserva de Contingencia que constituye un crédito presupuestario global dentro del presupuesto del Ministerio de Economía y Finanzas, destinada a fi nanciar los gastos que por su naturaleza y coyuntura no pueden ser previstos en los presupuestos de los pliegos, disponiendo que las transferencias o habilitaciones que se efectúen con cargo a la Reserva de Contingencia se autorizan mediante decreto supremo refrendado por el Ministro de Economía y Finanzas; Que, en consecuencia, es necesario autorizar una Transferencia de Partidas de la Reserva de Contingencia del Ministerio de Economía y Finanzas, hasta por la suma de SEIS MILLONES SETECIENTOS CUARENTA Y SEIS MIL SEISCIENTOS DIEZ Y 00/100 SOLES (S/ 6 746 610,00), a favor del pliego 019: Contraloría General, para fi nanciar el requerimiento señalado en los considerandos precedentes; teniendo en cuenta que los citados recursos no han sido previstos en el presupuesto institucional del presente año fi scal del referido pliego; De conformidad con lo establecido en el artículo 45 del Texto Único Ordenado de la Ley N° 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado mediante Decreto Supremo N° 304-2012-EF; DECRETA:Artículo 1.- Objeto Autorízase una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2017, hasta por la suma de SEIS MILLONES SETECIENTOS CUARENTA Y SEIS MIL SEISCIENTOS DIEZ Y 00/100 SOLES (S/ 6 746 610,00), a favor del pliego 019: Contraloría General, para fi nanciar los gastos relacionados a la contratación de setenta y cinco (75) Auditores Ingenieros, bajo la modalidad de Contratación Administrativa de Servicios (CAS), en el marco del ejercicio de control preventivo de veri fi cación y supervisión de los proyectos de inversión pública del Estado, conforme a lo indicado en la parte considerativa de la presente norma, de acuerdo al siguiente detalle: DE LA: En Soles SECCION PRIMERA : Gobierno Central PLIEGO 009 : Ministerio de Economía y FinanzasUNIDAD EJECUTORA 001 : Administración General ASIGNACIONES PRESUPUESTARIAS QUE NO RESULTAN EN PRODUCTOS