Norma Legal Oficial del día 01 de marzo del año 2017 (01/03/2017)


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TEXTO DE LA PÁGINA 114

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NORMAS LEGALES

Miércoles 1 de marzo de 2017 /

El Peruano

Artículo 26.- Talleres de capacitación a los agentes participantes El equipo técnico organizará los talleres de capacitación en donde se expondrán los criterios básicos respecto al desarrollo del proceso del presupuesto participativo, así como los lineamientos del Sistema Nacional de Inversión Pública. Con estos conceptos se podrán proponer, en las siguientes etapas del proceso, las alternativas de solución en base al diagnóstico del distrito. Artículo 27.- Talleres de trabajo Los talleres de trabajo son convocados a cargo del equipo técnico del presupuesto participativo del año 2018. Estos talleres se componen de las siguientes fases: - Diagnóstico del distrito. - Presentación de propuestas de proyectos. - Evaluación de las propuestas de proyectos. - Identificación de propuestas de proyectos. Artículo 28.- Del diagnóstico del distrito y presentación de alternativas de solución En el marco del cronograma de actividades, el equipo técnico del presupuesto participativo presenta a los agentes participantes, en un taller de trabajo, el diagnóstico del distrito, mediante el cual se podrá identificar, de manera plena, las alternativas de solución a los problemas observados. Asimismo, el equipo técnico puede disponer de los medios tecnológicos necesarios para solicitar la opinión de los vecinos y con ello delimitar el diagnóstico del distrito. A través de los medios de difusión que el equipo técnico disponga se recogerán las propuestas de proyectos, que son las alternativas de solución a problemas específicos enmarcados dentro del diagnóstico del distrito, de acuerdo a lo establecido en el artículo 9 de la presente ordenanza. El plazo de presentación de las propuestas de proyectos será de conocimiento público a través del cronograma de actividades del proceso del presupuesto participativo del año 2018. La Municipalidad de Miraflores, a través de sus unidades orgánicas y en mérito a la evaluación del diagnóstico del distrito presentado en los talleres, podrá presentar las propuestas de proyectos o proyectos de inversión, para que sean votados por los agentes participantes de acuerdo a las disposiciones de la presente ordenanza. Artículo 29.- De la evaluación de las propuestas de proyectos El equipo técnico evaluará todas las propuestas presentadas por los agentes, tomando en consideración los requisitos mínimos que debe contemplar en mérito a los principios estipulados en el artículo 30 de la presente ordenanza, los lineamientos del Sistema Nacional de Inversión Pública y del Ministerio de Economía y Finanzas, así como en lo dispuesto en las líneas estratégicas del Plan de Desarrollo Local Concertado vigente al momento de la ejecución de la convocatoria. El plazo de la presentación de la evaluación técnica de los proyectos será de conocimiento público a través del cronograma de actividades del proceso del presupuesto participativo del año 2018. Artículo 30.- De los requisitos mínimos de las propuestas de proyectos Las propuestas presentadas por los agentes participantes en el presupuesto participativo del año 2018, para que posteriormente sean consideradas en la evaluación por parte del equipo técnico en el proceso, deben contar con los siguientes requisitos: a. Deben tener correspondencia por lo menos con una de las líneas estratégicas del Plan de Desarrollo Local Concertado del distrito de Miraflores, el mismo que será puesto en conocimiento del público en general a través del portal institucional. b. Las propuestas de proyectos deben guardar concordancia con las funciones y competencias de la Municipalidad de Miraflores en el ámbito de su jurisdicción.

c. Si una organización y/o institución pública, de ser el caso, presenta una propuesta de proyecto, el mismo deberá contar con el respectivo financiamiento o con el cofinanciamiento del sector privado, sociedad civil o vecinos organizados. d. Las propuestas de proyectos no podrán ser ejecutadas sobre terrenos privados o en litigio. e. No debe existir impedimento legal o funcional para su ejecución por parte de la Municipalidad de Miraflores. f. Las propuestas de proyectos no deben contemplar actividades que se ejecuten de acuerdo a lo estipulado en su plan operativo institucional vigente (en el marco de las propuestas presentadas por las instituciones públicas) al momento de la convocatoria del proceso. Artículo 31.- De la identificación de las propuestas de proyectos El equipo técnico, a través de un informe, sustentará el resultado de la evaluación previa en un documento que se hará público a través del Portal Institucional de la Municipalidad de Miraflores, con el objeto que los agentes participantes y vecinos en general tengan conocimiento de las propuestas de los proyectos que serán votados en el proceso del presupuesto participativo del año 2018. Los informes técnicos podrán ser solicitados a las unidades orgánicas competentes de la Municipalidad de Miraflores. Artículo 32.- De los criterios de priorización Culminado el plazo de la presentación de la evaluación técnica de las propuestas de proyectos, el equipo técnico priorizará todas las propuestas que superaron la primera fase, tomando como única referencia la "matriz de priorización" adjunto a la presente ordenanza (Anexo 2). Los proyectos priorizados se publicarán en el Portal Institucional de la Municipalidad de Miraflores. La aplicación de la matriz otorgará puntajes para cada propuesta de proyecto. Esta información se consolidará en el cuadro de puntajes, de mayor a menor valor; posteriormente, los proyectos priorizados serán sometidos a la fase de votación de proyectos. Artículo 33.- De la votación de proyectos La votación se realizará de acuerdo al siguiente procedimiento: 33.1 Fase 1: Votación presencial de los agentes participantes representantes de organizaciones y juntas vecinales El listado de las propuestas evaluadas a través de la matriz de priorización será sometido a la votación presencial de los representantes de organizaciones y de los representantes de las juntas vecinales inscritas para tal fin. Cada representante votará en un taller presencial, aplicando lo dispuesto en el artículo 11 de la presente ordenanza, en cuanto al procedimiento de votación sea aplicable, hasta por tres (3) propuestas de proyectos. Las propuestas que alcancen mayor votación en esta etapa obtendrán el puntaje de cinco (05) y este puntaje decrecerá hasta la cuarta propuesta más votada, de acuerdo al total de votación obtenido de mayor a menor, hasta el puntaje de dos (02). Las propuestas que no tengan votos obtendrán el puntaje de uno (01). Si hay empate en la votación, en las propuestas se otorgará el mismo puntaje a cada uno. Estos valores se sumarán al total de los puntajes de la evaluación resultante en el artículo 32 de la presente ordenanza. Culminado el conteo de los puntajes resultantes en esta etapa se obtiene un listado de proyectos, posteriormente este listado pasa a la votación de las personas naturales. 33.2 Fase 2: Votación por internet de las personas naturales inscritas Luego de la votación presencial descrita en el numeral 33.1 el listado resultante será publicado en un módulo de votación por internet a través del Portal Institucional de la Municipalidad de Miraflores, a fin que puedan votar las personas naturales registradas.

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