Norma Legal Oficial del día 07 de marzo del año 2017 (07/03/2017)


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TEXTO DE LA PÁGINA 25

El Peruano / Martes 7 de marzo de 2017

NORMAS LEGALES

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así como, el Oficio Nº 000638-2017/IN/DGPP del 17 de febrero de 2017, mediante el cual la Dirección General de Planificación y Presupuesto remite el Informe Nº 0000222017/IN/DGPP/DMDI a través del cual la Dirección de Modernización y Desarrollo Institucional emite opinión técnica favorable respecto a la referida propuesta de Cuadro para Asignación del Personal del Ministerio del Interior; Que, mediante Oficio Nº 144-2017-SERVIR/PE, del 28 de febrero de 2017, la Autoridad Nacional del Servicio Civil ­ SERVIR, hace de conocimiento el Informe Nº 046-2017-SERVIR/GDSRH de la Gerencia de Desarrollo del Sistema de Recursos Humanos, a través del cual se emite opinión favorable a la propuesta de CAP Provisional del MININTER, al enmarcarse en uno de los supuestos contemplados para la elaboración del CAP Provisional establecidos en la Directiva Nº 002-2015-SERVIR/GDSRH; por lo que SERVIR recomienda al Ministerio del Interior proseguir con las acciones administrativas necesarias para la aprobación de dicha propuesta; Que, la Oficina General de Recursos Humanos con Oficio Nº 000016-2017/IN/DGRH, precisa que de acuerdo a la Tercera Disposición Complementaria Final del Decreto Supremo Nº 004-2017-IN, que aprueba el nuevo Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio del Interior, la entidad cuenta con un plazo de noventa (90) días hábiles, contados a partir de su vigencia, para aprobar su Cuadro para Asignación de Personal Provisional; sin embargo, resulta de necesidad institucional la inmediata implementación del esquema disciplinario policial aprobado por Decreto Legislativo Nº 1268, no pudiéndose por lo tanto diferir su puesta en marcha hasta el plazo en mención; razón por la cual el presente CAP Provisional fue formulado en su oportunidad sobre la base del Decreto Supremo Nº 010-2013-IN; Que, de conformidad con lo previsto en los numerales 4.1 y 4.2 del Anexo Nº 4 de la Directiva Nº 002-2015-SERVIR/GDSRH, la aprobación del CAP

Provisional, en el caso de los Ministerios, se realiza mediante Resolución Ministerial del Titular del Sector, previa opinión favorable de SERVIR; Que, en tal sentido, corresponde que la aprobación de la propuesta de CAP Provisional del Ministerio del Interior se efectúe mediante Resolución Ministerial; Con los vistos de la Oficina General de Gestión de Recursos Humanos, de la Oficina General de Planificación y Presupuesto y de la Oficina General de Asesoría Jurídica; De conformidad con lo establecido en la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; el Decreto Legislativo Nº 1266, Ley de Organización y Funciones del Ministerio del Interior; la Ley Nº 30057, Ley del Servicio Civil y su Reglamento General, aprobado por Decreto Supremo Nº 040-2014-PCM; el Decreto Supremo Nº 004-2017-IN y la Resolución de Presidencia Ejecutiva Nº 304-2015-SERVIR/PE, que aprueba la Directiva Nº 002-2015-SERVIR/GDSRH, "Normas para la gestión del proceso de administración de puestos, y la elaboración y aprobación del Cuadro de Puestos de la Entidad ­ CPE", modificada por Resolución de Presidencia Ejecutiva Nº 057-2016-SERVIR-PE; SE RESUELVE: Artículo 1.- Aprobar el Cuadro para Asignación de Personal Provisional del Ministerio del Interior, que contiene un total de novecientos noventa y siete (997) cargos clasificados, conforme al Anexo que forma parte integrante de la presente Resolución Ministerial. Artículo 2.- La presente Resolución Ministerial y el Cuadro para Asignación de Personal Provisional que aprueba serán publicados en el Diario Oficial El Peruano, así como en el Portal Institucional del Ministerio del Interior (www.mininter.gob.pe). Regístrese, comuníquese y publíquese. CARLOS BASOMBRIO IGLESIAS Ministro del Interior

REQUISITOS PARA PUBLICACIÓN DE DECLARACIONES JURADAS
Se comunica a los organismos públicos que, para efecto de la publicación en la Separata Especial de Declaraciones Juradas de Funcionarios y Servidores Públicos del Estado, se deberá tomar en cuenta lo siguiente: 1. La solicitud de publicación se efectuará mediante oficio dirigido al Director del Diario Oficial El Peruano y las declaraciones juradas deberán entregarse en copias autenticadas o refrendadas por un funcionario de la entidad solicitante. 2. La publicación se realizará de acuerdo al orden de recepción del material y la disponibilidad de espacio en la Separata de Declaraciones Juradas. 3. La documentación a publicar se enviará además en archivo electrónico (diskette o cd) y/o al correo electrónico: dj@editoraperu.com.pe, precisando en la solicitud que el contenido de la versión electrónica es idéntico al del material impreso que se adjunta; de no existir esta identidad el cliente asumirá la responsabilidad del texto publicado y del costo de la nueva publicación o de la Fe de Erratas a publicarse. 4. Las declaraciones juradas deberán trabajarse en Excel, presentado en dos columnas, una línea por celda. 5. La información se guardará en una sola hoja de cálculo, colocándose una declaración jurada debajo de otra.
LA DIRECCIÓN

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