Norma Legal Oficial del día 07 de marzo del año 2017 (07/03/2017)


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TEXTO DE LA PÁGINA 39

El Peruano / Martes 7 de marzo de 2017

NORMAS LEGALES

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SALUD
Autorizan Transferencia Financiera del Ministerio a favor de la Organización Panamericana de la Salud, el UNICEF y del Fondo de Poblaciones de las Naciones Unidas
RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 141-2017/MINSA Lima, 3 de marzo de 2017 Visto, el expediente N° 17-015463-001 que contiene el Memorando N° 152-2017-CENARES/MINSA del Director General del Centro Nacional de Abastecimiento de Recursos Estratégicos en Salud, y el Informe N° 074-2017-OGPPM-OPF/MINSA de la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización; CONSIDERANDO: Que, en el marco del Texto Único Ordenado de la Ley N° 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado con Decreto Supremo N° 3042012-EF, y de la Ley N° 30518, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2017, se expide la Resolución Ministerial N° 1008-2016/MINSA de fecha 29 de diciembre de 2016, que aprueba el Presupuesto Institucional de Apertura (PIA) de Gastos para el Año Fiscal 2017 del Pliego 011: Ministerio de Salud; Que, la Septuagésima Cuarta Disposición Complementaria Final de la Ley N° 30518, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2017, autoriza durante el Año Fiscal 2017, al Ministerio de Salud para efectuar adquisiciones a través de la Organización Panamericana de la Salud (OPS/OMS), el Fondo de las Naciones Unidas para la Infancia (UNICEF), y del Fondo de Poblaciones de las Naciones Unidas (UNFPA), de productos farmacéuticos, vacunas, dispositivos médicos, productos sanitarios y otros bienes necesarios para las intervenciones estratégicas definidas por el Ministerio de Salud, quedando autorizado a transferir financieramente, a favor del organismo internacional respectivo, con cargo a su presupuesto institucional, los recursos correspondientes para la ejecución de los convenios de cooperación técnica u otras de naturaleza análoga celebrados en el marco de lo establecido en la presente disposición; Que, el artículo 132 del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Salud aprobado por Decreto Supremo N° 007-2016-SA indica que el Centro Nacional de Abastecimiento de Recursos Estratégicos en Salud es el órgano desconcentrado de alcance nacional del Ministerio de Salud, dependiente del Despacho Viceministerial de Prestaciones y Aseguramiento en Salud. Es responsable de gestionar el abastecimiento sectorial e intergubernamental de los recursos estratégicos en salud con las mejores condiciones del mercado, garantizando su accesibilidad, disponibilidad y calidad para la población; Que, el tercer párrafo de la Septuagésima Cuarta Disposición Complementaria Final de la Ley N° 30518, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2017, señala que las transferencias financieras autorizadas a favor de la Organización Panamericana de la Salud (OPS/OMS), el Fondo de las Naciones Unidas para la Infancia (UNICEF), y del Fondo de Poblaciones de las Naciones Unidas (UNFPA), se realizan mediante resolución del titular del pliego; Que, el artículo 16 de la Directiva N° 005-2010EF/76.01 "Directiva para la Ejecución Presupuestaria", aprobada por Resolución Directoral N° 030-2010EF/76.01 y modificatorias, establece el procedimiento a seguir para la ejecución de la transferencia financiera; Que, el Ministerio de Salud ha suscrito convenios con la Organización Panamericana de la Salud (OPS/OMS), para la adquisición de vacunas, jeringas y otros insumos relacionados y ha suscrito Memorando de Entendimiento

con el Fondo de las Naciones Unidas para la Infancia (UNICEF), y con el Fondo de Poblaciones de las Naciones Unidas (UNFPA), para servicios de adquisición para terceros referentes a productos y servicios relativos a la salud reproductiva, a la población u otros, bajo solicitud y en representación del Ministerio de Salud, documentos que se encuentran vigentes a la fecha; Que, conforme a lo señalado en el Informe N° 074-2017-OGPPM-OPF/MINSA de la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización y la Nota Informativa N° 04-2017 EPP-CENARES/MINSA del Centro Nacional de Abastecimiento de Recursos Estratégicos en Salud, resulta necesario autorizar la transferencia financiera del Presupuesto Institucional de la Unidad Ejecutora 124: Centro Nacional de Abastecimiento de Recursos Estratégicos en Salud ­ CENARES del Pliego 011: Ministerio de Salud para el Año Fiscal 2017, hasta por la suma de TRESCIENTOS TREINTA Y SEIS MILLONES NOVECIENTOS OCHENTA Y CINCO MIL SEISCIENTOS SESENTA Y NUEVE Y 00/100 SOLES (S/ 336 985 669), a favor de la Organización Panamericana de la Salud (OPS/ OMS), el Fondo de las Naciones Unidas para la Infancia (UNICEF) y el Fondo de Poblaciones de las Naciones Unidas (UNFPA), destinado a financiar la adquisición de los productos señalados en el AnexoI que forma parte integrante de la presente Resolución Ministerial; Con el visado del Director General del Centro Nacional de Abastecimiento de Recursos Estratégicos en Salud, del Director General de la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización, del Director General de la Oficina General de Asesoría Jurídica, del Secretario General, y del Viceministro (e) de Prestaciones y Aseguramiento en Salud; y, De conformidad con lo establecido en el Texto Único Ordenado de la Ley N° 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado por Decreto Supremo Nº 304-2012-EF; la Ley N° 30518, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2017; el Decreto Legislativo Nº 1161, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Salud; su Reglamento de Organización y Funciones, aprobado por Decreto Supremo N° 007-2016SA; y, la "Directiva para la Ejecución Presupuestaria", aprobada por Resolución Directoral N° 030-2010EF/76.01 y modificatorias; SE RESUELVE: Artículo 1.- Transferencia Financiera Autorizar la Transferencia Financiera del Pliego 011: Ministerio de Salud hasta por la suma de TRESCIENTOS TREINTA Y SEIS MILLONES NOVECIENTOS OCHENTA Y CINCO MIL SEISCIENTOS SESENTA Y NUEVE Y 00/100 SOLES (S/ 336 985 669), a favor de la Organización Panamericana de la Salud (OPS/OMS), el Fondo de las Naciones Unidas para la Infancia (UNICEF), y del Fondo de Poblaciones de las Naciones Unidas (UNFPA), conforme al Anexo que forma parte integrante de la presente Resolución Ministerial. Artículo 2.- Financiamiento 2.1 La transferencia financiera autorizada en el artículo precedente se atenderá con cargo al presupuesto aprobado en el presente Año Fiscal de la Unidad Ejecutora 124: Centro Nacional de Abastecimiento de Recursos Estratégicos en Salud ­ CENARES del Pliego 011: Ministerio de Salud por la Fuente de Financiamiento 1: Recursos Ordinarios, Genérica de Gasto 2.3 Bienes y Servicios, para lo cual la citada unidad ejecutora deberá efectuar las acciones administrativas que correspondan para el cumplimiento de lo dispuesto en la presente Resolución Ministerial. 2.2 La Unidad Ejecutora 124: Centro Nacional de Abastecimiento de Recursos Estratégicos en Salud ­ CENARES, efectivizará uno o varios desembolsos hasta el importe establecido en el numeral precedente; en concordancia con los convenios y memorandos de entendimiento suscritos con la Organización Panamericana de la Salud (OPS/OMS), el Fondo de las Naciones Unidas para la Infancia (UNICEF), y del Fondo de Poblaciones de las Naciones Unidas (UNFPA).

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