Norma Legal Oficial del día 15 de marzo del año 2017 (15/03/2017)


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TEXTO DE LA PÁGINA 117

El Peruano / Miércoles 15 de marzo de 2017
VÉRTICE LADO DISTANCIA ÁNGULO INTERNO

NORMAS LEGALES

117

C D

C-D D-A

74.00 137.22 425.00

ESTE (X) NORTE (Y) 87º23'54" 285947.8277 8670357.4422

92º37'54" 285875.7832 8670340.5429 360º0'0"

TOTAL

Suma de Ángulos (real) = 360º00'00" Error Acumulado = 00º00'00" CUADRO RESUMEN DE MANZANAS
MANZANA LOTES ÁREA

A B C
TOTAL

18 14 18 50

2 137.45 m2 2 952.40 m2 2 444.18 m2 7 534.03 m2

CUADRO GENERAL DE DISTRIBUCIÓN DE ÁREAS
DESCRIPCIÓN ÁREA

Zonificación RDM Zonificación CV Zonificación CZ Área Total Bruta

6 463.16 m2 1 843.92 m2 1 853.17 m2 10 160.25 m2

Artículo Cuarto.- DISPONER a la Superintendencia Nacional de Registros Públicos - sunarp la inscripción del presente acto administrativo en la Partida Nº 11047537 del Registro de Propiedad Inmueble de la Zona Registral Nº IX ­ Sede Lima, procediéndose al cambio de su condición de rústico a urbano del predio a que se refiere dicha partida registral. Artículo Quinto.- ENCARGAR a la Gerencia de Desarrollo Urbano y Gerencia de Administración Tributaria, de acuerdo a sus competencias, incorporar la habilitación urbana de oficio declarada en el artículo primero de la presente resolución, al Plano Urbano del Distrito de San Juan de Lurigancho, y Registro de Contribuyentes de la Municipalidad Distrital de San Juan de Lurigancho, cuando corresponda. Artículo Sexto.- ENCARGAR a la Secretaría General la publicación de la presente resolución en el diario El Peruano, así como remitir copia certificada del mencionado acto administrativo y de los planos vinculados a ella a la Municipalidad Metropolitana de Lima, y entidades públicas o privadas que correspondan con forme al ordenamiento legal vigente. Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase. EDILBERTO SANCHEZ SANCHEZ Gerente Municipal 1496012-1

Municipalidades tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia. Que, el artículo 24º de la Ley Nº 28687, Ley de Desarrollo y Complementaria de Formalización de la Propiedad Informal, Acceso al Suelo y Dotación de Servicios Básicos, establece que la factibilidad de Servicios Básicos en los terrenos ocupados por posesiones informales a las que se refiere su artículo 3º, se otorgará previo Certificado o Constancia de Posesión que otorgará la Municipalidad de la jurisdicción (...), asimismo el artículo 26º de la acotada norma señala que los Certificados o Constancias de Posesión son documentos extendidos por las Municipalidades Distritales de la jurisdicción y exclusivamente para los fines a que se refiere el título, sin que ello constituya reconocimiento alguno que afecte el derecho de propiedad de su titular. Que, el artículo 39º de la Ley Nº 27972, establece: los Concejos Municipales ejercen sus funciones de gobierno mediante la aprobación de Ordenanzas y Acuerdos (...), lo cual resulta concordante con lo establecido en el artículo 9º numeral 29) de la acotada norma, que establece que corresponde al Concejo Municipal aprobar el régimen de administración de sus bienes y rentas (...). Que, el artículo 40º de la norma antes mencionada, establece que las Ordenanzas de las municipalidades, en la materia de su competencia, son las normas de carácter general de mayor jerarquía en la estructura normativa municipal, por medio de las cuales se aprueba la organización interna, la regulación, administración y supervisión de los servicios públicos y las materias en las que la municipalidad tienen competencia normativa. Estando a lo dispuesto, y de conformidad con lo establecido en la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 27972, y con dispensa del trámite de de aprobación del Acta, el Concejo Municipal por unanimidad, aprobó la siguiente: ORDENANZA QUE REGULA EL PROCEDIMIENTO DE CALIFICACIÓN Y OTORGAMIENTO PARA LA EMISIÓN DE LA CONSTANCIA DE POSESIÓN EN EL DISTRITO DE VENTANILLA TÍTULO I DISPOSICIONES GENERALES Artículo 1º.- Ámbito de aplicación La presente Ordenanza regula los alcances del procedimiento de evaluación previa (calificación), para la emisión de la Constancia de Posesión, a fin de facilitar el acceso a los servicios básicos de electricidad, agua y desagüe, a la población del distrito de Ventanilla, que se encuentre dentro de los alcances de la Ley Nº 28687, Ley de Desarrollo y Complementaria de Formalización de la Propiedad Informal, Acceso al Suelo y Dotación de Servicios Básicos. Artículo 2º.- Alcance Podrán acogerse a los beneficios de la presente Ordenanza todos los pobladores del Distrito de Ventanilla que se encuentren dentro del alcance de la Ley de Desarrollo y Complementaria de Formalización de la Propiedad Informal, Acceso al Suelo y Dotación de Servicios Básicos y el Reglamento de los Títulos II y III ­ D.S. Nº 017-2006-VIVIENDA. Artículo 3º.- Base Legal El presente dispositivo se fundamenta en las siguientes normas legales: · Constitución Política del Perú. · Ley Nº 27972 ­ Ley Orgánica de Municipalidades. · Ley Nº 27444 ­ Ley del Procedimiento Administrativo General. · Ley Nº 28687 ­ Ley del Desarrollo Complementaria de Formalización de la Propiedad Informal, Acceso al Suelo y Dotación de Servicios Básicos. · D.S. Nº 017-2006-VIVIENDA: Reglamento de la Ley Nº 28687 ­ Ley de Desarrollo Complementaria de Formalización de la Propiedad Informal, Acceso al Suelo y Dotación de Servicios Básicos. · Reglamento de Organización y Funciones aprobado por la Ordenanza 15-2016-MDV

PROVINCIAS

MUNICIPALIDAD DE VENTANILLA
Ordenanza que regula el Procedimiento de Calificación y Otorgamiento para la Emisión de la Constancia de Posesión en el distrito de Ventanilla
ORDENANZA MUNICIPAL Nº 3-2017/MDV Ventanilla, 23 de febrero de 2017 EL SEÑOR ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE VENTANILLA VISTO: En Sesión Ordinaria del Concejo Municipal Distrital de 23 de febrero de 2017 y; CONSIDERANDO: Que el artículo 194º de la Constitución Política del Perú, modificado por la Ley 28607, señala que las

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