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103 NORMAS LEGALES Miércoles 15 de marzo de 2017 El Peruano / Entidad a favor de la que se realizará la transferenciaProyecto de Inversión Pública objeto de la transferencia Código SNIP / Código ProyectoMonto a transferirTipo de fi nanciamiento Municipalidad Distrital de Samuel Pastor, Provincia de CamanáMejoramiento de la Infraestructura Vial en el Asentamiento Humano Bella Unión del Distrito e Samuel Pastor, Provincia de Camaná, Arequipa206566 S/. 500 000,00 Ejecución de Obra Fuente de Financiamiento: Recursos Determinados y/o Recursos Ordinarios Cofi nanciamiento de la Municipalidad Distrital de Samuel Pastor por S/. 282 666,46 Municipalidad Distrital de Chala, Provincia de CaravelíMejoramiento de la Calidad Educativa de la I.E. Hortencia Prado Mancebo del Distrito de Chala, Caravelí, Arequipa81297 S/. 500 000,00 Ejecución de Obra Segundo desembolso Fuente de Financiamiento: Recursos Determinados y/o Recursos Ordinarios Cofi nanciamiento de la Municipalidad Distrital de Chala por S/. 138 332,41 Municipalidad Distrital de Islay, Provincia de IslayAmpliación y Construcción del Sistema de Almacenamiento de Agua Potable R-4 en el Distrito de Islay, Islay, Arequipa140336 S/. 1 000 000,00 Ejecución de Obra Fuente de Financiamiento: Recursos Determinados y/o Recursos Ordinarios Cofi nanciamiento de la Municipalidad Distrital de Islay por S/. 1 523 252,78 Que conforme con el artículo 75° del TUO de la Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, las trasferencias fi nancieras son traspasos de fondos públicos sin contraprestación para la ejecución de actividades y proyectos de los presupuestos institucionales respectivos de los pliegos de destino; Que el numeral 15.1. del artículo 15 de la Ley N° 30518, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año 2017, establece: Autorízase, en el presente año fi scal, la realización, de manera excepcional, de las siguientes transferencias fi nancieras entre entidades, conforme se detalla a continuación: (…) e) Las que se realicen para el fi nanciamiento y cofi nanciamiento de los proyectos de inversión pública y el mantenimiento de carreteras y de infraestructura de saneamiento, entre los niveles de gobierno subnacional y de éstos al Gobierno Nacional, previa suscripción del convenio respectivo. Las transferencias de recursos que se efectúen en el marco del presente literal sólo se autorizan hasta el segundo trimestre del año 2017, debiéndose emitir el Acuerdo de Consejo Regional o Concejo Municipal, según corresponda, dentro del plazo antes mencionado Que para el efecto, el numeral 15.2 del mismo artículo 15 indica que las transferencias fi nancieras se autorizan, tratándose de los gobiernos regionales, mediante Acuerdo de Consejo Regional, requiriéndose el informe previo favorable de la O fi cina de Presupuesto o la que haga sus veces en la entidad. Dicho Acuerdo del Consejo Regional debe ser publicado en el diario o fi cial El Peruano. Que el numeral 15.3. re fi ere que la entidad que trans fi ere es responsable del monitoreo, seguimiento y cumplimiento de los fi nes y metas para los cuales les fueron entregados los recursos, resaltándose que los recursos públicos, bajo responsabilidad, deben ser destinados solo a los fi nes para los cuales se autorizó la transferencia. A lo anterior cabe agregar que el Reglamento Interno del Consejo Regional, en el numeral 16.24 del artículo 16 establece como una de las atribuciones de este órgano aprobar transferencias fi nancieras, mediante Acuerdo Regional, previo informe la O fi cina de Planeamiento, Presupuesto y Ordenamiento Territorial; Que respecto de la Transferencia Financiera a favor de Municipalidad Distrital de Callalli, mediante el O fi cio N° 067-2017-MDC, la Municipalidad ha comprometido el aporte de una contrapartida por S/. 99 724,26; además con el Informe N° 93-2017-GRA/GRSLP la Gerencia Regional de Supervisión y Liquidación de Proyectos ha dado opinión favorable al proyecto; con el Memorándum N° 41-2017-GRA/ORPPOT la O fi cina Regional de Planeamiento, Presupuesto y Ordenamiento Territorial ha emitido informe favorable de disponibilidad presupuestal señalando que la transferencia fi nanciera será con cargo a la Fuente de Financiamiento Recursos Determinados y/o Recursos Ordinarios y con Informe N° 254-2017-GRA/ORAJ, la O fi cina Regional de Asesoría Jurídica ha efectuado el análisis legal concluyendo en la procedencia de que el Consejo emita la autorización correspondiente adjuntando el proyecto del convenio a suscribir; Que respecto de la Transferencia Financiera a favor de Municipalidad Distrital de Samuel Pastor con el Informe N° 92-2017-GRA/GRSLP la Gerencia Regional de Supervisión y Liquidación de Proyectos ha dado opinión favorable al proyecto; con el Memorándum N° 42-2017-GRA/ORPPOT la O fi cina Regional de Planeamiento, Presupuesto y Ordenamiento Territorial ha emitido informe favorable de disponibilidad presupuestal señalando que la transferencia fi nanciera será con cargo a la Fuente de Financiamiento Recursos Determinados y/o Recursos Ordinarios y con Informe N° 252-2017-GRA/ORAJ, la O fi cina Regional de Asesoría Jurídica ha efectuado el análisis legal concluyendo en la procedencia de que el Consejo emita la autorización correspondiente adjuntando el proyecto del convenio a suscribir; Que respecto de la Transferencia Financiera a favor de Municipalidad Distrital de Chala, mediante el O fi cio N° 028-2017-SGO-MDCH, la Municipalidad ha comprometido el aporte de una contrapartida por S/. 138 332,41; además con el Informe N° 94-2017-GRA/GRSLP la Gerencia Regional de Supervisión y Liquidación de Proyectos ha dado opinión favorable al proyecto; con el Memorándum N° 40-2017-GRA/ORPPOT la O fi cina Regional de Planeamiento, Presupuesto y Ordenamiento Territorial ha emitido informe favorable de disponibilidad presupuestal señalando que la transferencia fi nanciera será con cargo a la Fuente de Financiamiento Recursos Determinados y/o Recursos Ordinarios y con Informe N° 253-2017- GRA/ORAJ, la O fi cina Regional de Asesoría Jurídica ha efectuado el análisis legal concluyendo en la procedencia de que el Consejo emita la autorización correspondiente adjuntando el proyecto del convenio a suscribir; Que, fi nalmente, respecto de la Transferencia Financiera a favor de Municipalidad Distrital de Islay, mediante el O fi cio N° 039-2017-DA/MDI, la Municipalidad ha comprometido el aporte de una contrapartida por S/. 1 523 252,78; además con el Informe N° 96-2017-GRA/GRSLP la Gerencia Regional de Supervisión y Liquidación de Proyectos ha dado opinión favorable al proyecto; con el Memorándum N° 43-2017-GRA/ORPPOT la O fi cina Regional de Planeamiento, Presupuesto y Ordenamiento Territorial ha emitido informe favorable de disponibilidad presupuestal señalando que la transferencia fi nanciera será con cargo a la Fuente de Financiamiento Recursos Determinados y/o Recursos Ordinarios y con Informe N° 255-2017-GRA/ORAJ, la O fi cina Regional de Asesoría Jurídica ha efectuado el análisis legal concluyendo en la procedencia de que el Consejo emita la autorización correspondiente adjuntando el proyecto del convenio a suscribir; Estando a lo expuesto y contándose con las opiniones de las dependencias técnicas involucradas. ACUERDA: Primero.- Autorizar las trasferencias fi nancieras siguientes: