Norma Legal Oficial del día 15 de marzo del año 2017 (15/03/2017)


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TEXTO DE LA PÁGINA 103

El Peruano / Miércoles 15 de marzo de 2017
Código SNIP / Código Proyecto

NORMAS LEGALES
Tipo de financiamiento

103

Entidad a favor de la que se realizará la transferencia

Proyecto de Inversión Pública objeto de la transferencia

Monto a transferir

Municipalidad Mejoramiento de la 206566 Distrital de Infraestructura Vial Samuel Pastor, en el Asentamiento Provincia de Humano Bella Unión Camaná del Distrito e Samuel Pastor, Provincia de Camaná, Arequipa

S/. 500 000,00

Ejecución de Obra Fuente de Financiamiento: Recursos Determinados y/o Recursos Ordinarios Cofinanciamiento de la Municipalidad Distrital de Samuel Pastor por S/. 282 666,46

Municipalidad Mejoramiento de la Distrital de Calidad Educativa Chala, Provincia de la I.E. Hortencia de Caravelí Prado Mancebo del Distrito de Chala, Caravelí, Arequipa

81297

S/. 500 000,00

Ejecución de Obra Segundo desembolso Fuente de Financiamiento: Recursos Determinados y/o Recursos Ordinarios Cofinanciamiento de la Municipalidad Distrital de Chala por S/. 138 332,41

Municipalidad Ampliación y 140336 S/. 1 000 000,00 Distrital de Islay, Construcción Provincia de del Sistema de Islay Almacenamiento de Agua Potable R-4 en el Distrito de Islay, Islay, Arequipa

Ejecución de Obra Fuente de Financiamiento: Recursos Determinados y/o Recursos Ordinarios Cofinanciamiento de la Municipalidad Distrital de Islay por S/. 1 523 252,78

Que conforme con el artículo 75° del TUO de la Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, las trasferencias financieras son traspasos de fondos públicos sin contraprestación para la ejecución de actividades y proyectos de los presupuestos institucionales respectivos de los pliegos de destino; Que el numeral 15.1. del artículo 15 de la Ley N° 30518, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año 2017, establece: Autorízase, en el presente año fiscal, la realización, de manera excepcional, de las siguientes transferencias financieras entre entidades, conforme se detalla a continuación: (...) e) Las que se realicen para el financiamiento y cofinanciamiento de los proyectos de inversión pública y el mantenimiento de carreteras y de infraestructura de saneamiento, entre los niveles de gobierno subnacional y de éstos al Gobierno Nacional, previa suscripción del convenio respectivo. Las transferencias de recursos que se efectúen en el marco del presente literal sólo se autorizan hasta el segundo trimestre del año 2017, debiéndose emitir el Acuerdo de Consejo Regional o Concejo Municipal, según corresponda, dentro del plazo antes mencionado Que para el efecto, el numeral 15.2 del mismo artículo 15 indica que las transferencias financieras se autorizan, tratándose de los gobiernos regionales, mediante Acuerdo de Consejo Regional, requiriéndose el informe previo favorable de la Oficina de Presupuesto o la que haga sus veces en la entidad. Dicho Acuerdo del Consejo Regional debe ser publicado en el diario oficial El Peruano. Que el numeral 15.3. refiere que la entidad que transfiere es responsable del monitoreo, seguimiento y cumplimiento de los fines y metas para los cuales les fueron entregados los recursos, resaltándose que los recursos públicos, bajo responsabilidad, deben ser destinados solo

a los fines para los cuales se autorizó la transferencia. A lo anterior cabe agregar que el Reglamento Interno del Consejo Regional, en el numeral 16.24 del artículo 16 establece como una de las atribuciones de este órgano aprobar transferencias financieras, mediante Acuerdo Regional, previo informe la Oficina de Planeamiento, Presupuesto y Ordenamiento Territorial; Que respecto de la Transferencia Financiera a favor de Municipalidad Distrital de Callalli, mediante el Oficio N° 067-2017-MDC, la Municipalidad ha comprometido el aporte de una contrapartida por S/. 99 724,26; además con el Informe N° 93-2017-GRA/GRSLP la Gerencia Regional de Supervisión y Liquidación de Proyectos ha dado opinión favorable al proyecto; con el Memorándum N° 41-2017-GRA/ORPPOT la Oficina Regional de Planeamiento, Presupuesto y Ordenamiento Territorial ha emitido informe favorable de disponibilidad presupuestal señalando que la transferencia financiera será con cargo a la Fuente de Financiamiento Recursos Determinados y/o Recursos Ordinarios y con Informe N° 254-2017GRA/ORAJ, la Oficina Regional de Asesoría Jurídica ha efectuado el análisis legal concluyendo en la procedencia de que el Consejo emita la autorización correspondiente adjuntando el proyecto del convenio a suscribir; Que respecto de la Transferencia Financiera a favor de Municipalidad Distrital de Samuel Pastor con el Informe N° 92-2017-GRA/GRSLP la Gerencia Regional de Supervisión y Liquidación de Proyectos ha dado opinión favorable al proyecto; con el Memorándum N° 42-2017-GRA/ORPPOT la Oficina Regional de Planeamiento, Presupuesto y Ordenamiento Territorial ha emitido informe favorable de disponibilidad presupuestal señalando que la transferencia financiera será con cargo a la Fuente de Financiamiento Recursos Determinados y/o Recursos Ordinarios y con Informe N° 252-2017GRA/ORAJ, la Oficina Regional de Asesoría Jurídica ha efectuado el análisis legal concluyendo en la procedencia de que el Consejo emita la autorización correspondiente adjuntando el proyecto del convenio a suscribir; Que respecto de la Transferencia Financiera a favor de Municipalidad Distrital de Chala, mediante el Oficio N° 028-2017-SGO-MDCH, la Municipalidad ha comprometido el aporte de una contrapartida por S/. 138 332,41; además con el Informe N° 94-2017-GRA/GRSLP la Gerencia Regional de Supervisión y Liquidación de Proyectos ha dado opinión favorable al proyecto; con el Memorándum N° 40-2017-GRA/ORPPOT la Oficina Regional de Planeamiento, Presupuesto y Ordenamiento Territorial ha emitido informe favorable de disponibilidad presupuestal señalando que la transferencia financiera será con cargo a la Fuente de Financiamiento Recursos Determinados y/o Recursos Ordinarios y con Informe N° 253-2017GRA/ORAJ, la Oficina Regional de Asesoría Jurídica ha efectuado el análisis legal concluyendo en la procedencia de que el Consejo emita la autorización correspondiente adjuntando el proyecto del convenio a suscribir; Que, finalmente, respecto de la Transferencia Financiera a favor de Municipalidad Distrital de Islay, mediante el Oficio N° 039-2017-DA/MDI, la Municipalidad ha comprometido el aporte de una contrapartida por S/. 1 523 252,78; además con el Informe N° 96-2017-GRA/ GRSLP la Gerencia Regional de Supervisión y Liquidación de Proyectos ha dado opinión favorable al proyecto; con el Memorándum N° 43-2017-GRA/ORPPOT la Oficina Regional de Planeamiento, Presupuesto y Ordenamiento Territorial ha emitido informe favorable de disponibilidad presupuestal señalando que la transferencia financiera será con cargo a la Fuente de Financiamiento Recursos Determinados y/o Recursos Ordinarios y con Informe N° 255-2017-GRA/ORAJ, la Oficina Regional de Asesoría Jurídica ha efectuado el análisis legal concluyendo en la procedencia de que el Consejo emita la autorización correspondiente adjuntando el proyecto del convenio a suscribir; Estando a lo expuesto y contándose con las opiniones de las dependencias técnicas involucradas. ACUERDA: Primero.- Autorizar las trasferencias financieras siguientes:

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