Norma Legal Oficial del día 24 de marzo del año 2017 (24/03/2017)


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TEXTO DE LA PÁGINA 12

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NORMAS LEGALES

Viernes 24 de marzo de 2017 /

El Peruano

Autoridad Regional Forestal y de Fauna Silvestre - ARFFS, de acuerdo a los tipos y modalidades especificadas en el reglamento; Que, asimismo el citado artículo prescribe, que la ARFFS elabora y aprueba los calendarios regionales de caza deportiva, considerando las unidades de gestión forestal y de fauna silvestre dentro de su jurisdicción, de acuerdo a la especie, distribución, abundancia e interés cinegético, fijando las temporadas de caza y las cuotas de extracción totales y por autorización; Que, en el marco de lo anteriormente señalado, el artículo 83 del Reglamento para la Gestión de Fauna Silvestre aprobado por Decreto Supremo N° 019-2015 MINAGRI, precisa que la caza deportiva se practica de acuerdo con lo establecido en los respectivos calendarios regionales de caza deportiva y cotos de caza, según corresponda, respetando en todos los casos los derechos de sus titulares; para tal efecto debe contarse con la licencia y autorización respectiva, documentos que son de uso personal e intransferible; Que, a su vez el artículo 88 del acotado Reglamento, regula el procedimiento para la elaboración de los calendarios regionales de caza deportiva, estableciendo para tal fin el contenido del mismo, y las consideraciones a observar para su aprobación por parte de la ARFFS, de acuerdo con los lineamientos aprobados por el SERFOR; Que, en concordancia con lo expuesto, el artículo 90 de dicho Reglamento señala, que para la caza deportiva solo deben emplearse las armas autorizadas en el calendario regional de caza deportiva, según los lineamientos técnicos aprobados por el SERFOR; Que, mediante los documentos del visto la Dirección General de Política y Competitividad Forestal y de Fauna Silvestre, sustenta la propuesta normativa denominada "Lineamientos para la elaboración del calendario regional de caza deportiva", recomendando para tal propósito se continué con el trámite para su aprobación; Que, la propuesta normativa presentada incorpora definiciones técnicas, el desarrollo del procedimiento y la mecánica operativa que debe observar cada ARFFS para la elaboración del calendario regional de caza deportiva; asimismo contiene los respectivos formatos en anexo que servirán de base a la ARFFS para la formulación de sus propuestas; Que, en ese sentido, con el propósito de recibir comentarios a las disposiciones contenidas en el proyecto normativo que coadyuven a optimizar su aplicación y alcance, resulta conveniente disponer su prepublicación a fin de recabar la opinión y los aportes de las entidades públicas y privadas, organizaciones de la sociedad civil y de la ciudadanía en general y, particularmente, de los usuarios que podrían resultar siendo afectados positivamente con la entrada en vigencia de esta propuesta normativa; Que, conforme a lo previsto en el artículo 14, del Reglamento para la Gestión Forestal aprobado por Decreto Supremo N° 018-2015-MINAGRI, la Dirección Ejecutiva del SERFOR es la máxima autoridad ejecutiva institucional; asimismo, las normas expedidas por el SERFOR, son aprobadas por dicha instancia mediante Resolución de Dirección Ejecutiva; Con el visado del Director de la Dirección de Política y Regulación, del Director General de la Dirección General de Política y Competitividad Forestal y de Fauna Silvestre, y de la Directora General (e) de la Oficina General de Asesoría Jurídica, y; De conformidad con la Ley Nº 29763, Ley Forestal y de Fauna Silvestre, y sus Reglamentos aprobados por Decreto Supremo N° 019-2015-MINAGRI, y Decreto Supremo N° 021-2015-MINAGRI, así como el Reglamento de Organización y Funciones del SERFOR, aprobado mediante Decreto Supremo N° 007-2013-MINAGRI, modificado por Decreto Supremo N° 016-2014-MINAGRI. SE RESUELVE: Artículo 1.- Publicación de proyecto normativo Disponer prepublicación de los "Lineamientos para la elaboración del calendario regional de caza deportiva", que forma parte integrante de la presente Resolución.

Dicha prepublicación se realiza en el Portal Institucional del Servicio Nacional Forestal y de Fauna Silvestre (www.serfor.gob.pe), a fin de recibir los comentarios y/o aportes de los interesados, por un plazo de quince (15) días hábiles, contados a partir del día siguiente de la publicación de la presente Resolución de Dirección Ejecutiva en el Diario Oficial El Peruano. Artículo 2.- Remisión de aportes Los comentarios y/o aportes a los "Lineamientos para la elaboración del calendario regional de caza deportiva", deben remitirse de acuerdo al formato contenido en el Anexo que forma parte de la presente resolución a la Sede Central del SERFOR, ubicada en Avenida 7 N° 229, Rinconada Baja, La Molina, Lima, a sus Administraciones Técnicas Forestales y de Fauna Silvestre, y/o a la dirección electrónica serforpropone@serfor.gob.pe. Artículo 3.- Responsable Encargar a la Dirección General de Política y Competitividad Forestal y de Fauna Silvestre, la recepción, procesamiento y sistematización de los comentarios y/o aportes que se efectúen en el marco de lo dispuesto en el artículo 2 de la presente Resolución. Artículo 4.- Disponer la publicación de la presente Resolución en el Diario Oficial El Peruano, y conjuntamente con el documento mencionado en el artículo 1 y su anexo, en el Portal Institucional del SERFOR (http://www.serfor. gob.pe/somos-serfor/lineamientos-para-consulta-publica) Regístrese, comuníquese y publíquese. JOHN LEIGH VETTER Director Ejecutivo (e) Servicio Nacional Forestal y de Fauna Silvestre 1500248-2

DEFENSA
Autorizan viaje de oficial de la Marina de Guerra del Perú a Argentina, en comisión de servicios
RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 317-2017 DE/MGP Lima, 22 de marzo de 2017 Vista, la Carta G.500-1268 del Secretario del Comandante General de la Marina, de fecha 15 de marzo de 2017; CONSIDERANDO: Que, mediante comunicación de fecha 6 de marzo de 2017, el Jefe del Estado Mayor General de la Armada Argentina, ha cursado invitación al Comandante General de la Marina de Guerra del Perú, para que UN (1) Oficial masculino del grado de Alférez de Fragata, egresado de la Escuela Naval del Perú, participe en el XLVI Viaje de Instrucción a bordo del Buque Escuela Fragata A.R.A. "LIBERTAD" de la Armada Argentina, del 25 de marzo al 7 de octubre de 2017; Que, con Oficio P.200-293 de fecha 7 de marzo de 2017, el Comandante General de Operaciones del Pacífico designa al Alférez de Fragata Sebastián Adrián INDACOCHEA Mesones, para que participe en el referido Viaje de Instrucción, quien de acuerdo con el itinerario previsto, deberá embarcarse en el puerto de Buenos Aires, República Argentina, el 25 de marzo de 2017, con escala en los puertos de Fortaleza, República Federativa del Brasil; Veracruz, Estados Unidos Mexicanos; Charleston y Miami, Estados Unidos de América; Den Helder, Reino de los Países Bajos; Wilhelmshaven y Hamburgo, República Federal de Alemania; Malmö, Reino de Suecia; Boulognesur-Mer, República Francesa; Portsmouth, Reino Unido

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