Norma Legal Oficial del día 24 de marzo del año 2017 (24/03/2017)


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TEXTO DE LA PÁGINA 21

El Peruano / Viernes 24 de marzo de 2017

NORMAS LEGALES

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Oficio N° 079-2017-MIGRACIONES, de fecha 20 de febrero de 2017, de la Superintendencia Nacional de Migraciones ­ MIGRACIONES; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Oficio N° 129-2017-DIGIMIN/DOERUCONI, de fecha 17 de enero de 2017, la Dirección General de Inteligencia del Ministerio del Interior solicita al Superintendente Nacional de Migraciones, se sirva nombrar al representante de la Superintendencia Nacional de Migraciones ­ MIGRACIONES, para que participe en el Subgrupo de Trabajo I: Migración, de la "IV Reunión Técnica del Grupo de Alto Nivel de Seguridad (GANSEG) México ­ Perú", a realizarse en la Ciudad de México ­ Estados Unidos Mexicanos, del 28 al 30 de marzo de 2017; Que, con Oficio N° 079-2017-MIGRACIONES, de fecha 20 de febrero de 2017, el Superintendente Nacional de Migraciones dispone designar al abogado Jhonatan Richard Córdova Salinas, Director General de la Oficina General de Asesoría Jurídica, como representante de la Superintendencia Nacional de Migraciones ­ MIGRACIONES, a fin que participe en el evento indicado en el considerando precedente; Que, mediante Informe N° 124-2017-MIGRACIONESAJ, de fecha 10 de marzo de 2017, la Dirección General de la Oficina General de Asesoría Jurídica de la Superintendencia Nacional de Migraciones ­ MIGRACIONES, estima conveniente que se prosiga con el trámite de la expedición de la Resolución que autorice el viaje al exterior en comisión de servicios, del abogado Jhonatan Richard Córdova Salinas, Director General de la Oficina General de Asesoría Jurídica de la Superintendencia Nacional de Migraciones ­ MIGRACIONES, del 27 al 30 de marzo de 2017, a la Ciudad de México ­ Estados Unidos Mexicanos, pues dicho evento permite el intercambio de conocimientos en materia migratoria y seguridad transnacional, lo cual tiene un efecto multiplicador, de las experiencias técnicas y tácticas adquiridas, frente a los demás colaboradores de la Superintendencia Nacional de Migraciones ­ MIGRACIONES; Que, los conocimientos y experiencias a adquirirse, como resultado de la participación del mencionado personal en el evento indicado, se encuentra en el ámbito de competencia de la Superintendencia Nacional de Migraciones ­ MIGRACIONES, resultando por ello de interés institucional la realización del viaje al exterior antes referido, debiendo señalarse que los gastos que irroga dicha participación por concepto de pasajes aéreos (ida y retorno), incluida la tarifa única de uso de aeropuerto, y viáticos, son asumidos por la Unidad Ejecutora 001: Superintendencia Nacional de Migraciones ­ MIGRACIONES, del Pliego 073, Superintendencia Nacional de Migraciones; Que, conforme al numeral 10.1 del artículo 10º de la Ley Nº 30518, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2017, la autorización para viajes al exterior de los servidores o funcionarios públicos y representantes del Estado con cargo a recursos públicos deben realizarse en categoría económica y se aprueba conforme a lo establecido en la Ley N° 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, y sus normas reglamentarias; Que, de acuerdo a lo establecido en el artículo 2º del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, que aprueba las normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, la resolución de autorización de viajes al exterior de la República estrictamente necesarios, es debidamente sustentada en el interés nacional o en el interés específico de la institución y debe indicar expresamente el motivo del viaje, el número de días de duración del viaje, el monto de los gastos de desplazamiento, viáticos y el impuesto por tarifa única de uso de aeropuerto; Que, asimismo, el artículo 1° del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM modificado por el artículo 1° del Decreto Supremo N° 005-2006-PCM, establece que la autorización de viajes al exterior de las personas que viajen en representación del Poder Ejecutivo irrogando gasto al Tesoro Público, se otorga mediante Resolución

Ministerial del Sector correspondiente, siempre que se sustenten en el interés nacional o en el interés específico de la institución, debiendo publicarse en el Diario Oficial "El Peruano"; Con el visado de la Superintendencia Nacional de Migraciones ­ MIGRACIONES y de la Oficina General de Asesoría Jurídica del Ministerio del Interior; De conformidad con la Ley Nº 27619, Ley que Regula la Autorización de Viajes al Exterior de Servidores y Funcionarios Públicos; el Decreto Supremo N° 0472002-PCM, mediante el cual se aprobaron las normas reglamentarias sobre la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos; la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley N° 30518, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2017; el Decreto Legislativo Nº 1266, Ley de Organización y Funciones del Ministerio del Interior; el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio del Interior, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 004-2017-IN; el Decreto Legislativo N° 1130, que crea la Superintendencia Nacional de Migraciones ­ MIGRACIONES; y, el Reglamento de Organización y Funciones de la Superintendencia Nacional de Migraciones ­ MIGRACIONES, aprobado por Decreto Supremo N° 005-2013-IN y su modificatoria por Decreto Supremo N° 008-2014-IN. SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el viaje al exterior, en comisión de servicios, del abogado Jhonatan Richard Córdova Salinas, Director General de la Oficina General de Asesoría Jurídica de la Superintendencia Nacional de Migraciones ­ MIGRACIONES, del 27 al 30 de marzo de 2017, a la Ciudad de México ­ Estados Unidos Mexicanos, para los fines expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución. Artículo 2º.- Los gastos por concepto de pasajes aéreos, incluyendo la tarifa única de uso de aeropuerto, y viáticos que ocasione el viaje a que se hace referencia en el artículo 1° precedente, son efectuados con cargo a la Unidad Ejecutora 001: Superintendencia Nacional de Migraciones ­ MIGRACIONES, del Pliego 073, Superintendencia Nacional de Migraciones, de acuerdo al siguiente detalle:
Importe Viáticos Pasajes aéreos US$ 440.00 US$ 942.04 Días 4 X X Pers 1 = 1 = Total US$ US$ 1,760.00 US$ 942.04 -----------2,702.04

Artículo 3º.- Dentro de los quince (15) días calendario de efectuado el viaje, el servidor a que se refiere el artículo 1º de la presente Resolución debe presentar ante el Titular de la Entidad un informe detallado, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado, así como la rendición de cuentas debidamente documentada por los viáticos asignados. Artículo 4º.- La presente Resolución Ministerial no da derecho a exoneración o liberación del pago de impuestos o derechos aduaneros, cualquiera sea su clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese. CARLOS BASOMBRIO IGLESIAS Ministro del Interior 1501065-1 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 177-2017-IN Lima, 23 de marzo de 2017 VISTOS; el Documento MPC/OEA N° 0211-16, de fecha 2 de noviembre de 2016, del Presidente de la Comisión de Asuntos Migratorios de la

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