Norma Legal Oficial del día 24 de mayo del año 2017 (24/05/2017)


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TEXTO DE LA PÁGINA 4

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MUNICIPALIDAD DE SAN JUAN DE MIRAFLORES

NORMAS LEGALES

Miércoles 24 de mayo de 2017 /

El Peruano

CONVENIOS INTERNACIONALES
Entrada en vigencia de las Enmiendas al Anexo del Protocolo de 1997 que enmienda el Convenio Internacional para prevenir la contaminación por los buques, 1973, modificado por el Protocolo de 1978 (Enmiendas a la regla 13 del Anexo VI del Convenio MARPOL - Prescripciones de registro para el cumplimiento operacional de las zonas de control de las emisiones de NOx del nivel III) 80 Enmiendas al Anexo del Protocolo de 1997 que enmienda el Convenio Internacional para prevenir la contaminación por los buques, 1973, modificado por el Protocolo de 1978 Enmiendas a la regla 13 del Anexo VI del Convenio MARPOL (Prescripciones de registro para el cumplimiento operacional de las zonas de control de las emisiones de NOx del nivel III) 80

D.A. N° 004-2017/MSJM.- Aprueban el Programa Local de Vigilancia y Monitoreo de la Contaminación Sonora del distrito de San Juan de Miraflores 77

PROVINCIAS
MUNICIPALIDAD DE CARMEN DE LA LEGUA REYNOSO Ordenanza N° 005-2017-MDCLR.- Declaran diversas áreas del distrito como zona rígida para el ejercicio del comercio ambulatorio informal, y establecen giros permitidos 78

PODER EJECUTIVO

PRESIDENCIA DEL CONSEJO DE MINISTROS
Autorizan viaje del Ministro de Cultura a Argentina y encargan su Despacho a la Ministra de Educación
RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 068-2017-PCM Lima, 23 de mayo de 2017 CONSIDERANDO: Que, de conformidad con la Ley N° 29565, Ley de creación del Ministerio de Cultura, éste es un organismo del Poder Ejecutivo con personería jurídica de derecho público que constituye pliego presupuestal del Estado, ejerciendo competencias y funciones sobre las áreas programáticas de acción referidas al patrimonio cultural de la nación, material e inmaterial; la creación cultural contemporánea y artes vivas; la gestión cultural e industrias culturales; y, la pluralidad étnica y cultural de la nación; Que, con documento s/n recibido el 10 de abril de 2017, la Directora del Centro Regional para el Fomento del Libro en América Latina y el Caribe - CERLALC, cursa invitación al señor Salvador Alejandro Jorge Del Solar Labarthe, Ministro de Estado en el Despacho de Cultura, para participar en la 55° reunión ordinaria del Comité Ejecutivo y en la 32° reunión extraordinaria del Consejo del CERLALC; eventos que se llevarán a cabo el 26 de mayo de 2017, en la ciudad de Buenos Aires, República Argentina; Que, el CERLALC es un organismo intergubernamental, bajo los auspicios de la UNESCO, que trabaja en la creación de condiciones para el desarrollo de sociedades lectoras; para ello, orienta sus acciones hacia el fomento de la producción y circulación del libro, la promoción de la lectura y la escritura, la formación de los actores de la cadena del libro y el estímulo y protección de la creación intelectual. En este sentido, da asistencia técnica en la formulación de políticas públicas, genera conocimiento, divulga información especializada, desarrolla e impulsa procesos de formación y promueve espacios de concertación y cooperación; Que, conforme a lo señalado en el mencionado documento, el objetivo fundamental de las reuniones es abrir un espacio de diálogo para conocer con claridad las necesidades de cada uno de los Gobiernos de los países

miembros del CERLALC, a fin que dicha institución pueda aportar valor de manera concreta y efectiva con sus actividades; para cuyo efecto se precisa que la presencia del señor Ministro de Estado en el Despacho de Cultura resulta imprescindible para el buen desarrollo de las mismas; Que, a través del Memorando N° 000051-2017/DLL/ DGIA/VMPCIC/MC, el Director de la Dirección del Libro y la Lectura de la Dirección General de Industrias Culturales y Artes del Ministerio de Cultura, informa que el 27 de mayo de 2017 se llevará a cabo una reunión interinstitucional entre la Directora del CERLALC, el Ministro de Estado en el Despacho de Cultura de la República del Perú y el citado funcionario; Que, asimismo, la Directora del CERLALC precisa que los costos de los pasajes aéreos, así como los de su estadía, serán cubiertos por los organizadores del evento; mientras que, los gastos por concepto de alimentación y movilidad interna serán asumidos con cargo al Pliego 003: Ministerio de Cultura; Que, atendiendo a la temática y objetivos de los eventos en mención, resulta de interés e importancia para el país la participación del señor Ministro de Cultura en los mismos, a fin de fomentar y promover las industrias culturales, propiciando el fortalecimiento de la identidad nacional; Que, en tanto dure la ausencia del señor Ministro de Estado en el Despacho de Cultura, es necesario encargar el citado Despacho; Que, el segundo párrafo del artículo 1 del Decreto Supremo N° 047-2002-PCM que aprueba las normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, y modificatoria; dispone que la autorización de viajes al exterior de Ministros y de los funcionarios con rango de Ministros, se efectuará por Resolución Suprema, refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros; De conformidad con lo dispuesto en el artículo 127 de la Constitución Política del Perú; la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley N° 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos; la Ley Nº 29565, Ley de creación del Ministerio de Cultura; el Decreto Supremo N° 0472002-PCM, que aprueba las normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos; y el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Cultura, aprobado por Decreto Supremo N° 005-2013-MC; SE RESUELVE: Artículo 1.- Autorizar el viaje en misión oficial, del señor Salvador Alejandro Jorge Del Solar Labarthe, Ministro de Estado en el Despacho de Cultura, a la ciudad de Buenos Aires, República Argentina, del 25 al 28 de mayo de 2017, para los fines expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución Suprema.

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