Norma Legal Oficial del día 24 de mayo del año 2017 (24/05/2017)


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TEXTO DE LA PÁGINA 15

El Peruano / Miércoles 24 de mayo de 2017

NORMAS LEGALES

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De ser el caso, en el año fiscal 2017 resulta de aplicación lo previsto en la reglamentación efectuada por el Reglamento de la Ley Nº 30099, Ley de Fortalecimiento de la Responsabilidad y Transparencia Fiscal, aprobado mediante el Decreto Supremo Nº 104-2014-EF, respecto del párrafo 13.2 del artículo 13 de la referida Ley Nº 30099. Segunda. Aplicación de las normas reglamentarias El Reglamento de la Ley Nº 30099, Ley de Fortalecimiento de la Responsabilidad y Transparencia Fiscal, aprobado mediante el Decreto Supremo Nº 104-2014-EF y modificatorias, en concordancia con lo dispuesto en la Primera Disposición Complementaria Final del decreto legislativo, es de aplicación en lo que no se oponga a lo aprobado en el presente decreto supremo hasta el 31 de diciembre de 2017. DISPOSICIÓN COMPLEMENTARIA MODIFICATORIA Única. Modificación de los artículos 1 y 9 del Decreto Supremo Nº 287-2015-EF Modifícanse los artículos 1 y 9 del Decreto Supremo Nº 287-2015-EF en los siguientes términos: "Artículo 1.- Objeto del Consejo Fiscal 1.1 El Consejo Fiscal es una comisión autónoma, dependiente administrativamente del Ministerio de Economía y Finanzas, creada por la Ley Nº 30099, Ley de Fortalecimiento de la Responsabilidad y Transparencia Fiscal, en adelante la Ley, cuyo objeto es contribuir con el análisis técnico independiente de la política macro fiscal y, así, fortalecer la transparencia e institucionalidad del manejo de las finanzas públicas. 1.2 El Ministerio de Economía y Finanzas garantiza la autonomía e independencia del Consejo Fiscal en el cumplimiento de su objeto. Artículo 9.- Funciones de la Secretaría Técnica Las funciones de la Secretaría Técnica son, entre otras, las siguientes: a) Ejecutar los acuerdos adoptados por el Consejo Fiscal. b) Elaborar propuestas en materia de lo señalado en el artículo 2 de la presente norma y ponerlos a consideración del Consejo Fiscal. c) Publicar en el portal institucional los resultados del trabajo realizado. d) Citar a las sesiones del Consejo Fiscal y llevar la agenda de dichas sesiones. e) Llevar y conservar los libros de actas y acuerdos del Consejo Fiscal. f) Publicar los libros de actas y acuerdos del Consejo Fiscal en el portal institucional. g) Llevar la gestión administrativa del Consejo Fiscal y de la Unidad Ejecutora. h) Otras que le asigne el Presidente del Consejo Fiscal o que se establezca en el Reglamento Interno." DISPOSICIÓN COMPLEMENTARIA DEROGATORIA Única. Derogación de normas Derógase el Decreto Supremo Nº 104-2014-EF, Decreto Supremo que aprueba el Reglamento de la Ley Nº 30099, Ley de Fortalecimiento de la Responsabilidad y Transparencia Fiscal, y sus modificatorias, a partir de la entrada en vigencia del presente decreto supremo señalada en su Primera Disposición Complementaria Final, según lo que corresponda. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los veintitrés días del mes de mayo del año dos mil diecisiete. PEDRO PABLO KUCZYNSKI GODARD Presidente de la República ALFREDO THORNE VETTER Ministro de Economía y Finanzas

REGLAMENTO DEL DECRETO LEGISLATIVO Nº 1276, DECRETO LEGISLATIVO QUE APRUEBA EL MARCO DE LA RESPONSABILIDAD Y TRANSPARENCIA FISCAL DEL SECTOR PÚBLICO NO FINANCIERO ÍNDICE GENERAL CAPÍTULO I DISPOSICIONES GENERALES (Art. 1 ­ 4) CAPÍTULO II DE LA RESPONSABILIDAD FISCAL (Art. 5 ­ 15) CAPÍTULO III MARCO MACROECONÓMICO MULTIANUAL Y OTRAS MEDIDAS (Art. 16 ­ Art. 20) CAPÍTULO IV FONDO DE ESTABILIZACIÓN FISCAL (Art. 21 ­ Art. 32) ÚNICA DISPOSICIÓN COMPLEMENTARIA FINAL Estrategia de Gestión Global de Activos y Pasivos del Tesoro Público ÚNICA DISPOSICIÓN COMPLEMENTARIA TRANSITORIA Metodología para el Cálculo del Resultado Fiscal Estructural ANEXO 1 DEFINICIONES (1 ­ 14) ANEXO 2 INSTRUCTIVO DEL CÁLCULO DE LAS REGLAS MACROFISCALES REGLAMENTO DEL DECRETO LEGISLATIVO Nº 1276, DECRETO LEGISLATIVO QUE APRUEBA EL MARCO DE LA RESPONSABILIDAD Y TRANSPARENCIA FISCAL DEL SECTOR PÚBLICO NO FINANCIERO CAPÍTULO I DISPOSICIONES GENERALES Artículo 1. Objeto La presente norma reglamenta lo establecido en el Decreto Legislativo Nº 1276, Decreto Legislativo que aprueba el Marco de la Responsabilidad y Transparencia Fiscal del Sector Público No Financiero, en adelante "el Decreto Legislativo". Artículo 2. Principio General El Decreto Legislativo y el presente Reglamento se rigen por el Principio General establecido en el artículo 2 del Decreto Legislativo. En caso existan dudas de interpretación de estas normas, prevalece aquella interpretación que más se aproxime al cumplimiento de dicho principio. Artículo 3. Definiciones Para efecto de la aplicación del Decreto Legislativo y del presente Reglamento se tienen en cuenta tanto las definiciones contenidas en el artículo 3 del Decreto Legislativo así como las contenidas en el Anexo 1 del presente Reglamento. Artículo 4. Ámbito de aplicación El presente Reglamento es de aplicación a todas las entidades pertenecientes al Sector Público No Financiero, de conformidad con los artículos 3 y 4 del Decreto Legislativo. CAPÍTULO II DE LA RESPONSABILIDAD FISCAL Artículo 5. Sujeción a las reglas macrofiscales 5.1 Todas las fases del proceso presupuestario y el presupuesto del Sector Público son concordantes con

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