Norma Legal Oficial del día 25 de mayo del año 2017 (25/05/2017)


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TEXTO DE LA PÁGINA 7

El Peruano / Jueves 25 de mayo de 2017

NORMAS LEGALES

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Artículo 2.- Disponer la publicación de la presente resolución en el Diario Oficial El Peruano. La referida Resolución y los lineamientos serán publicados en el Portal Institucional del Servicio Nacional Forestal y de Fauna Silvestre (www.serfor.gob.pe). Regístrese, comuníquese y publíquese. JOHN LEIGH VETTER Director Ejecutivo (e) Servicio Nacional Forestal y de Fauna Silvestre 1524490-1

Aprueban los "Modelos de contratos entre comunidades nativas o campesinas con terceros para el aprovechamiento de recursos forestales"
RESOLUCIÓN DE DIRECCIÓN EJECUTIVA Nº 134-2017-SERFOR/DE Lima, 24 de mayo de 2017 VISTOS: El Informe Técnico N° 151-2016-SERFOR-DGPCFFSDPR de fecha 26 de septiembre de 2016 y el Informe Técnico N° 031-2017-SERFOR-DGPCFFS-DPR de fecha 28 de marzo de 2016, emitidos por la Dirección de Política y Regulación de la Dirección General de Política y Competitividad Forestal y de Fauna Silvestre; y el Informe Legal N° 88-2017-SERFOR-OGAJ de fecha 19 de mayo de 2017 de la Oficina General de Asesoría Jurídica, y; CONSIDERANDO: Que, el artículo 13 de la Ley Nº 29763, Ley Forestal y de Fauna Silvestre, creó el Servicio Nacional Forestal y de Fauna Silvestre - SERFOR, como organismo público técnico especializado, con personería jurídica de derecho público interno, como pliego presupuestal adscrito al Ministerio de Agricultura y Riego; Que, el artículo 14 de la referida Ley Nº 29763, establece que una de las funciones del SERFOR, es la de emitir y proponer normas y lineamientos de aplicación nacional, relacionados con la gestión, administración y uso sostenible de los recursos forestales y de fauna silvestre; Que, el artículo 77 de la Ley, establece que es obligación del Estado para con los pueblos indígenas, de manera directa o a través de sus organizaciones representativas promover el fortalecimiento de sus capacidades de negociación con terceros; Que, el artículo 83 de la cita Ley, señala que a solicitud de la comunidad, el Estado, a través de la autoridad regional forestal y de fauna silvestre, asiste a la comunidad en la negociación de contratos con terceros; Que, en ese sentido el artículo 96 del Reglamento para la Gestión Forestal y de Fauna Silvestre en Comunidades Nativas y Comunidades Campesinas, aprobado por Decreto Supremo N° 021-2015-MINAGRI, establece que el SERFOR, en coordinación con la Autoridad Regional Forestal y de Fauna Silvestre - ARFFS, Ministerio de Cultura y las organizaciones representativas, aprueba modelos de contrato que contengan condiciones mínimas, los cuales pueden ser considerados en el proceso de contratación entre comunidades y terceros; Que, por otro lado, mediante Resolución de Dirección Ejecutiva N° 227-2016-SERFOR/DE de fecha 07 de octubre de 2016, se dispuso la prepublicación de la propuesta de "Modelos de contratos entre comunidades nativas o campesinas con terceros para el aprovechamiento de recurso forestales", con el propósito de recibir comentarios y/o aportes a las disposiciones contenidas en dicho proyecto normativo por un plazo de quince (15) días hábiles; y que ello coadyuve a optimizar su aplicación y alcance;

Que, en ese sentido y mediante los documentos de Vistos, el Director de Políticas y Regulación de la Dirección General de Políticas y Competitividad Forestal y de Fauna Silvestre, sustenta la propuesta normativa denominada "Modelos de contratos entre comunidades nativas o campesinas con terceros para el aprovechamiento de recurso forestales", que recoge los comentarios y/o aportes considerados pertinentes como consecuencia del proceso de participación ciudadana dispuesto mediante Resolución de Dirección Ejecutiva N° 227-2016-SERFOR/DE, recomendando su aprobación, la cual cuenta con la opinión favorable de la Oficina General de Asesoría Jurídica - OGAJ; Que, conforme a lo dispuesto en el artículo 14 del Reglamento para la Gestión Forestal aprobado por Decreto Supremo N° 018-2015-MINAGRI, la Dirección Ejecutiva del SERFOR es la máxima autoridad ejecutiva institucional; y las normas expedidas por dicha autoridad son aprobadas mediante Resolución de Dirección Ejecutiva; Con el visado del Director de la Dirección de Política y Regulación de la Dirección General de Política y Competitividad Forestal y de Fauna Silvestre, del Director General de la Dirección General de Política y Competitividad Forestal y de Fauna Silvestre, y de la Directora General (e) de la Oficina General de Asesoría Jurídica, y; De conformidad con la Ley Nº 29763, Ley Forestal y de Fauna Silvestre y sus modificatorias, el Reglamento para la Gestión Forestal, aprobado por Decreto Supremo N° 018-2015-MINAGRI, el Reglamento para la Gestión Forestal y de Fauna Silvestre en Comunidades Nativas y Comunidades Campesinas, aprobado por Decreto Supremo N° 021-2015-MINAGRI, así como el Reglamento de Organización y Funciones del SERFOR, aprobado mediante Decreto Supremo N° 007-2013-MINAGRI, modificado por Decreto Supremo N° 016-2014-MINAGRI. SE RESUELVE: Artículo 1.- Aprobar los "Modelos de contratos entre comunidades nativas o campesinas con terceros para el aprovechamiento de recursos forestales", los cuales podrían ser utilizados por las comunidades nativas o campesinas que como anexo forma parte integrante de la presente Resolución. Artículo 2.- Disponer la publicación de la presente resolución en el Diario Oficial El Peruano. La referida Resolución y los lineamientos serán publicados en el Portal Institucional del Servicio Nacional Forestal y de Fauna Silvestre (www.serfor.gob.pe). Regístrese, comuníquese y publíquese. JOHN LEIGH VETTER Director Ejecutivo (e) Servicio Nacional Forestal y de Fauna Silvestre 1524490-2

AMBIENTE
Modifican el TUPA del Ministerio del Ambiente
RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 133-2017-MINAM Lima, 22 de mayo de 2017 Vistos; el Memorando N° 48-2017-MINAM/SG/OGPP y el Informe N° 014-2017-MINAM/SG/OGPP/OPM, de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto; el Informe N° 046-2017-MINAM/SG-OGAJ, de la Oficina General de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Supremo Nº 007-2010-MINAM se aprueba el Texto Único de Procedimientos Administrativos

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