Norma Legal Oficial del día 27 de mayo del año 2017 (27/05/2017)


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TEXTO DE LA PÁGINA 12

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DANERY ROUSS YÉPEZ ABRILL Pasajes : $ 383.54 Viáticos : $ 1,850.00 Total : $ 2, 233.54

NORMAS LEGALES

Sábado 27 de mayo de 2017 /

El Peruano

Artículo 3.- El cumplimiento de la presente Resolución Ministerial no otorgará derecho a exoneración o liberación del pago de impuestos o derechos aduaneros de ninguna clase o denominación. Artículo 4.- Los comisionados cuyos viajes se autorizan por la presente Resolución, deberán presentar al Titular de la entidad un informe detallado sobre las actividades y resultados de su participación, dentro de los quince (15) días posteriores a sus retornos al país. Regístrese, comuníquese y publíquese. JOSÉ MANUEL HERNÁNDEZ CALDERÓN Ministro de Agricultura y Riego 1525942-1

Aprueban documento "Norma que Promueve la Medición Voluntaria de la Huella Hídrica"
RESOLUCIÓN JEFATURAL N° 126-2017-ANA Lima, 25 de mayo de 2017 VISTO: El Informe Técnico N° 004-2017-OSNIRH/JPMS, de fecha 30 de enero de 2017, de la Oficina del Sistema Nacional de Información de Recursos Hídricos; y, el Informe Legal N° 1015-2017-ANA-OAJ, de fecha 19 de mayo de 2017, de la Oficina de Asesoría Jurídica; CONSIDERANDO: Que, el artículo 14° de la Ley Nº 29338, Ley de Recursos Hídricos, establece que la Autoridad Nacional del Agua es el ente rector y la máxima autoridad técnico-normativa del Sistema Nacional de Gestión de los Recursos Hídricos, encargado de dictar normas y establecer procedimientos para asegurar la gestión integral y sostenible de los recursos hídricos; Que, el literal b) del artículo 8° del Reglamento de la Ley de Recursos Hídricos, aprobado por Decreto Supremo 001-2010-AG, señala que el Sistema Nacional de Gestión de Recursos Hídricos tiene por finalidad, entre otros, promover el aprovechamiento sostenible, el uso eficiente, la conservación, y el incremento de la disponibilidad del agua, así como la protección de la calidad de la misma y de sus bienes asociados; Que, de igual manera, la Política y Estrategia Nacional de Recursos Hídricos, aprobada por Decreto Supremo N° 006-2015-MINAGRI, tiene como objetivo lograr la gestión integrada de los recursos hídricos en el ámbito nacional que permita satisfacer las demandas presentes y futuras así como garantizar la conservación, la calidad y la disponibilidad del recurso hídrico y su aprovechamiento eficiente y sostenible; Que, bajo ese contexto, y teniendo en consideración que es necesario promover el uso de indicadores que permitan identificar el volumen total de agua utilizada para producir bienes y servicios, así como promover el desarrollo de actividades destinadas a reducir el consumo de agua y mejorar la gestión de los recursos hídricos en las cuencas, se emitió la Resolución Jefatural N° 2462015-ANA, a través de la cual se aprobó el documento denominado "Norma que Promueve la Medición Voluntaria de la Huella Hídrica", el cual fue modificado a través de la Resolución Jefatural N° 051-2016-ANA; Que, a fin de impulsar la medición voluntaria de la Huella Hídrica, la Oficina del Sistema Nacional de Información de Recursos Hídricos ha propuesto unificar la información contenida en las normas anteriores, precisando ciertos

aspectos, por lo que resulta conveniente aprobar un nuevo texto normativo que promueva la medición voluntaria de la Huella Hídrica; Que, la implementación del programa de Huella Hídrica contribuirá: i) al aprovechamiento sostenible, conservación, y protección de la calidad del agua, a través de la reducción de consumos de agua en la cadena de producción de bienes y servicios; y, ii) la implementación de acciones de responsabilidad social en el uso del recurso hídrico que generen valor compartido; por lo que resulta de interés institucional su reglamentación; y, Que, estando a lo anterior, y con los vistos de la Dirección de Conservación y Planeamiento de Recursos Hídricos, la Dirección de Administración de Recursos Hídricos, la Dirección de Gestión de Calidad de los Recursos Hídricos, la Dirección de Gestión del Conocimiento y Coordinación Interinstitucional, la Oficina del Sistema Nacional de Información de Recursos Hídricos, la Oficina de Asesoría Jurídica, y la Secretaría General; y en uso de las facultades conferidas por el artículo 11° del Reglamento de Organización y Funciones de la Autoridad Nacional del Agua, aprobado por Decreto Supremo N° 006-2010AG y sus modificatorias; SE RESUELVE: Artículo 1°.- Aprobar el documento denominado: "Norma que Promueve la Medición Voluntaria de la Huella Hídrica" que consta de siete (07) títulos, dos (02) capítulos, dieciocho (18) artículos y dos (02) disposiciones complementarias transitorias. Artículo 2°.- Disponer la publicación del documento que se aprueba por la presente Resolución en la página web de la Autoridad Nacional del Agua. Artículo 3°.- Derogar la Resolución Jefatural N° 2462015-ANA y la Resolución Jefatural N° 051-2016-ANA. Regístrese, comuníquese y publíquese. ABELARDO DE LA TORRE VILLANUEVA Jefe Autoridad Nacional del Agua 1525772-1

DEFENSA
Autorizan viaje de cadetes de la Escuela Militar de Chorrillos "Coronel Francisco Bolognesi" a Ecuador, en misión de estudios
RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 666-2017 DE/EP Jesús María, 25 de mayo de 2017 VISTA: La Hoja Informativa N° 182/DRIE/DPTO RESOL del 19 de mayo de 2017, del General de Ejército Comandante General del Ejército. CONSIDERANDO: Que, mediante Acta de la IV Reunión Bilateral de Estados Mayores de Perú y Ecuador del 03 de junio de 2015, los Jefes de Estados Mayores de Perú y Ecuador suscriben el Acuerdo Primero, donde se acordó continuar con el intercambio anual de Cadetes de las Escuelas de Formación para los años 2016 y 2017, con una duración de hasta cinco (05) días, siendo el país anfitrión quien asumirá los costos de alojamiento y alimentación; Que, mediante Oficio N° 2017-056-AMP-1 del 14 de febrero de 2017, el Coronel de EMC Agregado de Defensa Militar de la Embajada de Ecuador en Perú, solicita la aceptación o declinación de las fechas propuestas para el

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