Norma Legal Oficial del día 27 de mayo del año 2017 (27/05/2017)


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TEXTO DE LA PÁGINA 23

El Peruano / Sábado 27 de mayo de 2017

NORMAS LEGALES

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modificatoria, aprobada mediante Decreto Supremo Nº 056-2013-PCM; y en la Directiva N° 002-2015-EF/43.01 ­ Disposiciones y procedimientos para la autorización de viajes por comisión de servicios al exterior y en el territorio nacional y su respectiva rendición de cuentas del personal del Ministerio de Economía y Finanzas, aprobada con Resolución Ministerial N° 069-2015-EF/43 y sus modificatorias; SE RESUELVE: Artículo 1.- Autorizar el viaje, en comisión de servicios, del señor José Andrés Olivares Canchari, Director de la Dirección de Gestión de Mercados Financieros de la Dirección General de Endeudamiento y Tesoro Público del Ministerio de Economía y Finanzas, a la ciudad de Toronto, Canadá, y a la ciudad de Nueva York, Estados Unidos de América, del 28 de mayo al 01 de junio de 2017, para los fines expuestos en la parte considerativa de la presente resolución. Artículo 2.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente resolución, serán con cargo a la Unidad Ejecutora 001 ­ Administración General del Pliego Ministerio de Economía y Finanzas, de acuerdo al siguiente detalle: Pasajes aéreos Viáticos (3 + 1 día) : : US $ US $ 3 141,06 1 760,00

Artículo 3.- Dentro de los quince (15) días calendario siguientes de efectuado el viaje, el citado funcionario deberá presentar ante el Titular de la Entidad, un informe detallado, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos. En el mismo plazo presentará las rendiciones de cuentas por los viáticos entregados. Artículo 4.- La presente norma no da derecho a exoneración o liberación de impuestos de aduana de cualquier clase o denominación a favor del funcionario cuyo viaje se autoriza. Regístrese, comuníquese y publíquese. ALFREDO THORNE VETTER Ministro de Economía y Finanzas 1525948-1

se hará cargo de la defensa del Estado peruano en las controversias internacionales de inversión; Que, en atención a las facultades otorgadas mediante la Ley N° 28933, la citada Comisión Especial solicita la contratación de una defensa legal para que represente al Estado peruano en la controversia iniciada por las empresas Lidercon S.L. y Lidercon Perú S.A.C. en contra de la República del Perú, bajo el Acuerdo para la Promoción y la Protección Recíproca de Inversiones, habiendo seleccionado para dicho efecto al Estudio de Abogados Sidley Austin LLP para que ejerza la defensa y representación del Estado peruano en la mencionada controversia; Que, la Oficina de Abastecimiento de la Oficina General de Administración a través del Informe N° 214-2017EF/43.03, señala que se cuenta con la certificación del crédito presupuestario para atender la contratación del citado Estudio de Abogados, según las Notas de Certificación de Crédito Presupuestario N° 000000941 y N° 000000942, emitidas por la Oficina de Finanzas de la Oficina General de Administración; y que se han previsto recursos en la programación y formulación del presupuesto para los años fiscales 2018, 2019 y 2020 para tal fin; Que, la Oficina General de Asesoría Jurídica, mediante el Informe N° 675-2017-EF/42.01 ha opinado favorablemente sobre el proyecto de contrato a ser suscrito entre el Ministerio de Economía y Finanzas y el Estudio de Abogados Sidley Austin LLP; y, De conformidad con la Ley N° 28933, Ley que establece el Sistema de Coordinación y Respuesta del Estado en Controversias Internacionales de Inversión; y con el Decreto Supremo N° 002-2009-EF que aprueba el "Procedimiento para la Contratación de Servicios de Abogados, Estudios de Abogados y Otros Profesionales necesarios para la participación del Estado en Controversias Internacionales de Inversión en el marco de la Ley N° 28933"; SE RESUELVE: Artículo 1.- Aprobar la contratación del Estudio de Abogados Sidley Austin LLP, seleccionado por la Comisión Especial en el marco de la Ley N° 28933, Ley que establece el Sistema de Coordinación y Respuesta del Estado en Controversias Internacionales de Inversión, de acuerdo con lo expuesto en la parte considerativa de la presente resolución. Artículo 2.- Autorizar a la Directora General de la Oficina General de Administración para que, en representación del Ministerio de Economía y Finanzas, suscriba el contrato de prestación de servicios de asesoría jurídica con el Estudio de Abogados Sidley Austin LLP. Regístrese, comuníquese y publíquese. ALFREDO THORNE VETTER Ministro de Economía y Finanzas 1525948-2

Aprueban contratación de Estudio de Abogados seleccionado por la Comisión Especial en el marco de la Ley N° 28933, Ley que establece el Sistema de Coordinación y Respuesta del Estado en Controversias Internacionales de Inversión
RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 193-2017-EF/43 Lima, 26 de mayo de 2017 CONSIDERANDO: Que, la Ley N° 28933, Ley que establece el Sistema de Coordinación y Respuesta del Estado en Controversias Internacionales de Inversión, crea una Comisión Especial para que represente al Estado peruano en las controversias internacionales de inversión, estando a cargo de ésta la selección de los servicios de abogados y otros profesionales que se requieran, mientras que la contratación será realizada por el Ministerio de Economía y Finanzas; Que, mediante Decreto Supremo N° 002-2009-EF, se aprobó el "Procedimiento para la Contratación de Servicios de Abogados, Estudios de Abogados y Otros Profesionales necesarios para la participación del Estado en Controversias Internacionales de Inversión en el marco de la Ley N° 28933"; Que, el artículo 4 del citado Procedimiento establece los lineamientos que la mencionada Comisión Especial debe seguir para seleccionar al estudio de abogados que

EDUCACION
Autorizan viaje de funcionaria a Chile, en comisión de servicios
RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 314-2017-MINEDU Lima, 26 de mayo de 2017 CONSIDERANDO: Que, mediante OF.RE (DAC-RED) N° 2-8-E/108, el Director General para Asuntos Culturales del Ministerio de Relaciones Exteriores, comunica la realización de la "IV Comisión Mixta Cultural Perú ­ Chile", que se llevará a cabo el 31 de mayo de 2017 en la ciudad de Santiago de Chile, República de Chile; Que, la referida Comisión Mixta se implementó en virtud del "Convenio de Intercambio Cultural entre el

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