Norma Legal Oficial del día 27 de mayo del año 2017 (27/05/2017)


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TEXTO DE LA PÁGINA 25

El Peruano / Sábado 27 de mayo de 2017

NORMAS LEGALES

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favor de las empresas concesionarias de distribución eléctrica vinculadas al ámbito del FONAFE y a la empresa ADINELSA, con la finalidad de brindar un servicio de calidad, confiable y sostenible en las zonas rurales, localidades aisladas, localidades de frontera y de preferente interés social del país; Que, el literal a) del artículo 3 y el artículo 4 del Decreto Supremo Nº 033-2015-EM señalan que las transferencias financieras a las que se refiere dicho Decreto Supremo están destinadas a financiar proyectos referidos a nuevos sistemas eléctricos de distribución rurales, los que deben corresponder a la ampliación de la frontera eléctrica en las zonas rurales, localidades aisladas, localidades de frontera o de preferente interés social del país, para lo cual las empresas concesionarias de distribución eléctrica vinculadas al ámbito de FONAFE y la empresa ADINELSA deberán presentar la solicitud respectiva a la Dirección General de Electrificación Rural adjuntando, entre otros, el expediente técnico del proyecto aprobado por el solicitante y el cronograma de ejecución respectivo; Que, de conformidad con lo establecido en el artículo 5 del citado Decreto Supremo, la Dirección General de Electrificación Rural emite opinión favorable acerca de la transferencia de recursos previa evaluación técnica, presupuestal y legal de las áreas correspondientes; Que, mediante Oficio Nº G-461-2017 la Empresa Regional de Servicio Público de Electricidad Electro Sur Este Sociedad Anónima Abierta solicita a la Dirección General de Electrificación Rural del Ministerio de Energía y Minas el financiamiento para la ejecución del Proyecto "Instalación del Sistema de Electrificación Rural de 8 Localidades, distrito de Chamaca ­ Chumbivilcas Cusco"; Que, en el marco de lo señalado en el Informe Nº 016-2017-MEM/DGER-JAL-ROJ, Memorándum Nº 1122017-MEM/DGER-JPEI, Memorándum Nº 177-2017-MEM/ DGER-JEST y el Informe Nº 108-2017-MEM/DGER-JEST, la Dirección General de Electrificación Rural emite opinión favorable y recomienda la transferencia de recursos a favor de la Empresa Regional de Servicio Público de Electricidad Electro Sur Este Sociedad Anónima Abierta por el monto de S/ 3 733 683,38 (Tres millones setecientos treinta y tres mil seiscientos ochenta y tres y 38/100 Soles) para la "Instalación del Sistema de Electrificación Rural de 8 Localidades, distrito de Chamaca ­ Chumbivilcas - Cusco"; Que, de acuerdo a la Certificación de Crédito Presupuestario para Licitaciones Públicas, Concursos Públicos y Adjudicaciones Nº 00445-2017-MEM-DGER/ JAF, la transferencia se realiza con cargo a los recursos de la Fuente de Financiamiento 118 de la Unidad Ejecutora Nº 005 ­ Dirección General de Electrificación Rural del Pliego 016 ­Ministerio de Energía y Minas; Que, el Ministerio de Energía y Minas y la Empresa Regional de Servicio Público de Electricidad Electro Sur Este Sociedad Anónima Abierta suscriben el Convenio Nº 003-2017-MEM, Convenio de Transferencia de Recursos a favor de la citada empresa, de acuerdo con lo establecido en el artículo 9 de la Ley Nº 28749 y el artículo 5 del Decreto Supremo Nº 033-2015-EM; Que, corresponde emitir la Resolución Ministerial que autorice la transferencia financiera a favor de la Empresa Regional de Servicio Público de Electricidad Electro Sur Este Sociedad Anónima Abierta; De conformidad con lo indicado en el Texto Único Ordenado de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado por Decreto Supremo Nº 304-2012-EF; la Ley Nº 28749, Ley General de Electrificación Rural, y su Reglamento, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 025-2007-EM, y sus modificatorias; y, el Decreto Supremo Nº 0332015-EM, Decreto Supremo que establece los criterios y procedimientos para el financiamiento de la ejecución de proyectos de electrificación rural de las empresas en el ámbito de FONAFE y ADINELSA; SE RESUELVE: Artículo 1.- Autorizar la transferencia financiera hasta por la suma ascendente a S/ 3 733 683,38 (Tres millones setecientos treinta y tres mil seiscientos ochenta y tres y 38/100 Soles) correspondientes a la Fuente de

Financiamiento 118 Recursos Determinados, con cargo al Presupuesto de la Unidad Ejecutora Nº 005 ­ Dirección General de Electrificación Rural del Ministerio de Energía y Minas para el año Fiscal 2017, a favor de Empresa Regional de Servicio Público de Electricidad Electro Sur Este Sociedad Anónima Abierta para la ejecución del proyecto de electrificación descrito en el Anexo que forma parte integrante de la presente Resolución Ministerial. Artículo 2.- La transferencia antes citada es efectuada de conformidad al siguiente detalle:
PROGRAMA PRESUPUESTAL: 0046 Acceso y Uso de la Electrificación Rural PRODUCTO: ACTIVIDAD: Fuente de Financiamiento: GASTOS DE CAPITAL: GENÉRICA DE GASTO: Acciones Comunes Transferencia a Entidades para Proyectos de electrificación Recursos Determinados 6 2.4 Donaciones y Transferencias TOTAL S/ 3 733 683,38 S/ 3 733 683,38

Artículo 3.- Los recursos a ser transferidos son destinados exclusivamente para los fines indicados en el artículo 1 de la presente Resolución Ministerial, encontrándose prohibido bajo responsabilidad destinarlos a fines distintos para los cuales son transferidos. Artículo 4.- Los términos y obligaciones de la transferencia financiera materia de la presente Resolución Ministerial se encuentran previstos en el Convenio de Transferencia de Recursos celebrado entre el Ministerio de Energía y Minas y la Empresa Regional de Servicio Público de Electricidad Electro Sur Este Sociedad Anónima Abierta. Artículo 5.- La Empresa Regional de Servicio Público de Electricidad Electro Sur Este Sociedad Anónima Abierta debe informar a la Dirección General de Electrificación Rural del Ministerio de Energía y Minas, durante los primeros diez (10) días hábiles de cada mes, los avances físicos y financieros de la ejecución de los recursos transferidos conforme a su cronograma de ejecución y en el marco de las disposiciones contenidas en el Convenio referido en el artículo precedente, de conformidad a lo dispuesto en el artículo 7 del Decreto Supremo Nº 0332015-EM. Regístrese, comuníquese y publíquese. GONZALO TAMAYO FLORES Ministro de Energía y Minas
Anexo a la R.M. Nº 204-2017-MEM/DM CARTERA DE INTERVENCIONES DE LA EMPRESA ELECTRO SUR ESTE S.A.A., PARA SISTEMA ELECTRICO DE DISTRIBUCIÓN RURAL Nº NOMBRE DEL PROYECTO DEPARTAMENTO INVERSION S/. CUSCO S/ 3,733 683,38 S/ 3,733 683,38

"Instalación del Sistema de Electrificación Rural de 8 1 Localidades, distrito de Chamaca ­ Chumbivilcas - Cusco" TOTAL SUR ESTE S.A.

1524923-1

Autorizan transferencia financiera a favor de Empresa Regional de Servicio Público de Electricidad Electro Sur Este Sociedad Anónima Abierta para ejecución de proyecto de electrificación
RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 205-2017-MEM/DM Lima, 24 de mayo de 2017

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