Norma Legal Oficial del día 27 de mayo del año 2017 (27/05/2017)


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TEXTO DE LA PÁGINA 19

El Peruano / Sábado 27 de mayo de 2017

NORMAS LEGALES

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ECONOMIA Y FINANZAS
Autorizan Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2017 para culminar el levantamiento y verificación de información que servirá para establecer la Línea de Base sobre el abastecimiento de agua y saneamiento en el ámbito rural
DECRETO SUPREMO Nº 156-2017-EF EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO: Que, la Ley Nº 30156, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, establece que dicho Ministerio tiene por finalidad normar y promover el ordenamiento, mejoramiento, protección e integración de los centros poblados, urbanos y rurales, como sistema sostenible en el territorio nacional; señalando que tiene competencia en materia de vivienda, construcción, saneamiento, urbanismo, desarrollo urbano, bienes estatales y propiedad urbana; ejerciendo competencias compartidas con los gobiernos regionales y locales en dichas materias; Que, la Décimo Sétima Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 30518, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2017, autoriza al Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento a realizar modificaciones presupuestarias en el nivel institucional hasta por la suma de DOCE MILLONES CUATROCIENTOS TRECE MIL QUINCE Y 00/100 SOLES (S/ 12 413 015,00), en la fuente de financiamiento Recursos Ordinarios, a favor de los gobiernos regionales, para culminar el levantamiento de información, que servirá para establecer la Línea de Base sobre el abastecimiento de agua y saneamiento en el ámbito rural, mediante la aplicación del "Cuestionario Sobre Abastecimiento de Agua y Saneamiento en el Ámbito Rural"; asimismo, establece que dichas modificaciones presupuestarias se aprueban mediante Decreto Supremo refrendado por el Ministro de Economía y Finanzas y el Ministro de Vivienda, Construcción y Saneamiento, a propuesta de este último; señalando que para efectos de lo establecido en el referido artículo, se exceptúa al Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento de las limitaciones establecidas en el literal c) del numeral 41.1 del artículo 41 y del artículo 80 del Texto Único Ordenado de la Ley N° 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado mediante Decreto Supremo N° 304-2012-EF y sus modificatorias; Que, mediante el Memorando Nº 445-2017/ VIVIENDA/VMCS/PNSR/DE, el Programa Nacional de Saneamiento Rural, sustentado en el Informe N° 015-2017-VIVIENDA-VMCS-PNSR/UTPS de la Unidad Técnica para la Mejora de la Prestación de los Servicios y en el Informe N° 163-2017/VIVIENDA/VMCS/PNSR/ UPP de la Unidad de Planeamiento y Presupuesto del referido Programa, solicita gestionar el dispositivo legal que autorice una transferencia de partidas a favor de diversos pliegos Gobiernos Regionales hasta por la suma de CINCO MILLONES CIENTO CINCUENTA Y TRES MIL CIENTO OCHO Y 00/100 SOLES (S/ 5 153 108,00), para financiar la culminación del levantamiento y verificación de la información que servirá para establecer la Línea de Base sobre el abastecimiento de agua y saneamiento en el ámbito rural; Que, mediante Memorando Nº 736-2017/VIVIENDAOGPP, la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, hace suyo el Informe Nº 153-2017/VIVIENDA-OGPPOP de la Oficina de Presupuesto, por el cual se emite opinión favorable en materia presupuestal sobre la transferencia de recursos referida en el considerando

precedente, señalando que se cuenta con la disponibilidad presupuestal hasta por la suma de CINCO MILLONES CIENTO CINCUENTA Y TRES MIL CIENTO OCHO Y 00/100 SOLES (S/ 5 153 108,00) con cargo a la fuente de financiamiento Recursos Ordinarios del presupuesto institucional del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, a través de la Unidad Ejecutora 005: Programa Nacional de Saneamiento Rural, Programa Presupuestal 0083: Programa Nacional de Saneamiento Rural, para culminar con el levantamiento y verificación de la información que servirá para establecer la Línea de Base sobre el abastecimiento de agua y saneamiento en el ámbito rural en veinticuatro (24) Gobiernos Regionales; en mérito de lo cual, a través del Oficio N° 1815-2017/ VIVIENDA-SG, el Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento solicita dar trámite a la citada transferencia de recursos; Que, en consecuencia resulta necesario autorizar una Transferencia de Partidas hasta por la suma de CINCO MILLONES CIENTO CINCUENTA Y TRES MIL CIENTO OCHO Y 00/100 SOLES (S/ 5 153 108,00) del pliego 037: Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento a favor de veinticuatro (24) Gobiernos Regionales para financiar la culminación del levantamiento y verificación de la información que servirá para establecer la Línea de Base sobre el abastecimiento de agua y saneamiento en el ámbito rural, con cargo a la fuente de financiamiento Recursos Ordinarios; De conformidad con lo establecido en la Décimo Sétima Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 30518, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2017; DECRETA: Artículo 1.- Objeto 1.1 Autorízase una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2017 hasta por la suma de CINCO MILLONES CIENTO CINCUENTA Y TRES MIL CIENTO OCHO Y 00/100 SOLES (S/ 5 153 108,00) del pliego 037: Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento a favor de veinticuatro (24) Gobiernos Regionales para financiar la culminación y verificación del levantamiento de información que servirá para establecer la Línea de Base sobre el abastecimiento de agua y saneamiento en el ámbito rural, conforme a lo indicado en la parte considerativa de la presente norma, de acuerdo al siguiente detalle:
DE LA: SECCIÓN PRIMERA PLIEGO UNIDAD EJECUTORA PROGRAMA PRESUPUESTAL PRODUCTO ACTIVIDAD En Soles : Gobierno Central 037 : Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento 005 : Programa Nacional de Saneamiento Rural 0083 : Programa Nacional de Saneamiento Rural 3000001 : Acciones Comunes 5001778 : Transferencia de Recursos para Agua y Saneamiento Rural

FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios GASTO DE CAPITAL 2.4. Donaciones y Transferencias 5 153 108,00 ========== TOTAL EGRESOS 5 153 108,00 ========== A LA: SECCIÓN SEGUNDA PLIEGOS PROGRAMA PRESUPUESTAL PRODUCTO En Soles : Instancias Descentralizadas : Gobiernos Regionales 0083 : Programa Nacional de Saneamiento Rural 3000627 : Servicio de Agua Potable y Saneamiento para Hogares Rurales

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