Norma Legal Oficial del día 27 de mayo del año 2017 (27/05/2017)


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TEXTO DE LA PÁGINA 16

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NORMAS LEGALES

Sábado 27 de mayo de 2017 /

El Peruano

Viajes al Exterior de Servidores y Funcionarios Públicos y su Reglamento, aprobado con el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, de fecha 5 de junio de 2002 y su modificatoria aprobada con el Decreto Supremo Nº 056-2013-PCM, de fecha 18 de mayo de 2013, el Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/SG, de fecha 26 de enero de 2004 y sus modificatorias, que reglamentan los Viajes al Exterior del Personal Militar y Civil del Sector Defensa; el Decreto Supremo Nº 262-2014EF, de fecha 11 de setiembre de 2014, que establece disposiciones respecto a montos por Compensación Extraordinaria por Servicios en el Extranjero, en Misión Diplomática, Comisión de Servicios y Tratamiento Médico Altamente Especializado de personal militar y civil del Sector Defensa e Interior; concordado con la Resolución Ministerial Nº 1500-2016-DE/SG, de fecha 22 de diciembre de 2016, que prorroga la vigencia de la Resolución Ministerial Nº 1017-2015-DE/SG, de fecha 6 de noviembre de 2015, referente al reajuste del monto de la Unidad de Compensación Extraordinaria para el Año Fiscal 2017; Estando a lo propuesto por el Comandante General de la Marina; SE RESUELVE: Artículo 1.- Autorizar el viaje al exterior en Comisión de Servicio del Técnico 2º Aba. José Martín VALLUMBROSIO Chávez, CIP. 03853901, DNI. 25779711, para que se desempeñe como Técnico Logístico (Shore Supply Support), durante el despliegue submarino del Programa de Iniciativa Submarina de Diésel Eléctrico (DESI) del Ejercicio Binacional SUBDIEX 2017, a realizarse en la ciudad de San Diego, Estado de California, Estados Unidos de América, del 1 de junio al 31 de octubre de 2017; así como, autorizar su salida del país el 31 de mayo y su retorno el 1 de noviembre de 2017. Artículo 2.- El Ministerio de Defensa - Marina de Guerra del Perú, efectuará los pagos que correspondan, de acuerdo a los conceptos siguientes: Pasajes Aéreos: Lima - San Diego (Estados Unidos de América) - Lima US$. 2,017.48 US$. 2,017.48 Compensación Extraordinaria por Servicio en el Extranjero: US$. 4,582.34 x 5 meses (junio - octubre 2017) US$. 22,911.70 TOTAL A PAGAR: US$. 24,929.18

Artículo 7.- El mencionado Técnico, revistará en la Dirección General del Personal de la Marina, por el período que dure la Comisión de Servicio. Artículo 8.- El citado Técnico, está impedido de solicitar su pase a la Situación Militar de Disponibilidad o Retiro, hasta después de haber servido en su respectiva Institución Armada en tiempo mínimo, más el tiempo compensatorio dispuesto en la Ley de la materia. Artículo 9.- La presente Resolución Ministerial, no dará derecho a exoneración ni liberación de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese. JORGE NIETO MONTESINOS Ministro de Defensa 1525429-1

Autorizan viaje de personal militar de la Escuela Militar de Chorrillos "Coronel Francisco Bolognesi" a Argentina, en comisión de servicios
RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 670-2017 DE/EP Jesús María, 25 de mayo de 2017 VISTA: La Hoja Informativa N° 177/DRIE/DPTO RESOL del 19 de mayo de 2017, del Señor General de Ejército Comandante General del Ejército. CONSIDERANDO: Que, mediante Carta del 10 de abril de 2017, el Jefe del Estado Mayor General del Ejército Argentino, hace extensiva la invitación al General de Ejército Comandante General del Ejército, a participar entre los días 26 y 29 de mayo de 2017, a la Ceremonia Conmemorativa del 207° Aniversario de la creación del Ejército Argentino, que se realizará en el Colegio Militar de la Nación, con una (01) Sección de Desfile de doce (12) hombres con abanderado y escolta; Que, mediante Memorándum N° 878/17- (Div. Ext) del 27 de abril de 2017, el Secretario General del Ejército Argentino comunica al Agregado Militar a la Embajada del Perú en la República Argentina, concurrente en la República Oriental del Uruguay, que, con motivo de la Ceremonia Conmemorativa del 207° Aniversario de la creación del Ejército Argentino, los gastos de transporte local, alojamiento y alimentación serán cubiertos por el Ejército Argentino; y, los gastos del transporte internacional serán asumidos por el Ejército del Perú; Que, mediante Fax N° 067-2017/AGREMIL PERUARGENTINA/W-c.3.2 del 02 de mayo de 2017, el Agregado Militar a la Embajada del Perú en la República Argentina, concurrente en la República Oriental del Uruguay, comunica al Director de Relaciones Internacionales del Ejército, sobre las condiciones en las que viajará, entre otros, una sección de desfile (12 hombres), abanderado y 02 escoltas a la Ciudad de Buenos Aires, República Argentina, para participar de la Ceremonia Conmemorativa del 207° Aniversario de la creación del Ejército Argentino, a realizarse el día 29 de mayo de 2017, en el Colegio Militar de la Nación; Que, mediante Oficio N° 70/ORI/EMCH "CFB" del 11 de mayo de 2017, el Director de la Escuela Militar de Chorrillos "Coronel Francisco Bolognesi" comunica a la Dirección de Relaciones Internacionales del Ejército, la designación de un (01) Oficial Abanderado y cinco (05) Cadetes de la Escuela Militar de Chorrillos "Coronel Francisco Bolognesi", para participar de la Ceremonia Conmemorativa del 207° Aniversario de la creación del

Artículo 3.- El otorgamiento de la Compensación Extraordinaria Mensual por Servicio en el Extranjero, se hará por días reales y efectivos de servicios en el exterior, conforme a lo dispuesto en el Reglamento de Viajes al Exterior del Personal Militar y Civil del Sector Defensa, aprobado por el Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/ SG, de fecha 26 de enero de 2004 y de acuerdo a las disposiciones establecidas en el Decreto Supremo Nº 262-2014-EF del 11 de setiembre de 2014, con cargo al respectivo Presupuesto Institucional del Año Fiscal correspondiente. Artículo 4.- El monto de la Compensación Extraordinaria mensual será reducido, por la Marina de Guerra del Perú, en la misma cantidad que la bonificación otorgada de conformidad con los literales a), b) o c) del artículo 8 del Decreto Legislativo Nº 1132, en cumplimiento al segundo párrafo del numeral 2.1 del artículo 2 del Decreto Supremo Nº 262-2014-EF. Artículo 5.- El Comandante General de la Marina queda facultado para variar la fecha de inicio y término de la autorización a que se refiere el artículo 1, sin exceder el total de días autorizados y sin variar la actividad para la cual se autoriza el viaje, ni el nombre del participante. Artículo 6.- El Técnico comisionado, deberá cumplir con presentar un informe detallado ante el Titular de la Entidad, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado, dentro de los QUINCE (15) días calendario contados a partir de la fecha de retorno al país.

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