Norma Legal Oficial del día 04 de noviembre del año 2017 (04/11/2017)


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NORMAS LEGALES

Sábado 4 de noviembre de 2017 /

El Peruano

de Uso Público (OSITRAN) para participar en la "9ª Reunión de la Red de Reguladores Económicos", en la "17ª Reunión del Comité de Política Regulatoria", y en el Taller sobre "Enforcement and Inspections"; eventos auspiciados por la Organización para la Cooperación y Desarrollo Económicos (OCDE), que se desarrollarán del 06 al 09 de noviembre de 2017, en la ciudad de París, República Francesa; Que, la "9ª Reunión de la Red de Reguladores Económicos", se realizará el 06 de noviembre de 2017 y otorgará la oportunidad de discutir acerca de la planificación estratégica, la medición del desempeño y la gobernanza institucional, aprovechando la experiencia de la Comisión para la Regulación de la Energía de Irlanda, así como de otros reguladores de los países miembros de la OCDE; Que, la "17ª Reunión del Comité de Política Regulatoria", que se realizará los días 07 y 08 de noviembre de 2017, se enfocará en el control de las cargas regulatorias, el desarrollo de mejores prácticas en materia de aplicación e inspección de las regulaciones y la evaluación de los impactos de la regulación, entre otros; Que, el Taller sobre "Enforcement and Inspections", se realizará el 09 de noviembre de 2017, y abordará los aspectos relacionados con las estrategias implementadas para promover el cumplimiento de las regulaciones mediante el uso de nuevos enfoques. Asimismo, la Secretaría de la OCDE presentará un nuevo Instrumental para la Aplicación de la Reglamentación y las Inspecciones, que ofrece a los reguladores una herramienta sencilla para evaluar el nivel de desarrollo de su sistema de inspección y ejecución de las regulaciones; Que, asimismo, las mencionadas reuniones tienen como objetivo ampliar e intercambiar los conocimientos y buenas prácticas con otros Reguladores Económicos de los países miembros de la OCDE, lo cual está relacionado con la implementación de las actividades previstas en el Programa País suscrito con la Organización para la Cooperación y Desarrollo Económicos (OCDE); Que, mediante la Ley N° 26917 - Ley de Supervisión de la Inversión Privada en Infraestructura de Transporte de Uso Público y Promoción de los Servicios de Transporte Aéreo, se creó el Organismo Supervisor de la Inversión en Infraestructura de Transporte de Uso Público (OSITRAN), que conforme a su Reglamento de Organización y Funciones aprobado por el Decreto Supremo N° 012-2015-PCM, se constituye en un Organismo Regulador adscrito a la Presidencia del Consejo de Ministros que realiza actividad supervisora, reguladora, normativa, fiscalizadora y sancionadora, así como la solución de controversias y atención de reclamos de los usuarios, respecto de actividades o servicios que involucran la explotación de la infraestructura de transporte de uso público y su mercado, incluida la prestación del servicio público de trasporte ferroviario de pasajeros en el Metro de Lima y Callao, entre otros; y, tiene por misión regular el cumplimiento de los Contratos de Concesión, cautelando en forma parcial y objetiva los intereses del Estado, de los inversionistas y de los usuarios, a fin de garantizar la eficiencia en la explotación de la infraestructura bajo su ámbito; Que, el artículo 5 de la Ley N° 26917 señala que el OSITRAN tiene por objetivo, entre otros, velar por el cabal cumplimiento de las obligaciones derivadas de los Contratos de Concesión vinculados a la infraestructura pública nacional de transporte; asimismo, su ámbito de competencia comprende la supervisión y regulación económica de infraestructura nacional de transporte de uso público, entre ellas: infraestructura portuaria, infraestructura aeroportuaria, carreteras y ferrocarriles; Que, conforme al artículo 6 de la precitada Ley, el OSITRAN ejerce atribución regulatoria, normativa, supervisora, fiscalizadora y de resolución de controversias y atención de reclamos y dentro de su función normativa se encuentra la potestad exclusiva de dictar, en el ámbito de su competencia, reglamentos autónomos y otras normas referidas a intereses, obligaciones, o derechos de las Entidades Prestadoras o de los usuarios; mientras que la función reguladora permite al OSITRAN regular, fijar, revisar o desregular las tarifas de los servicios y actividades derivadas de la explotación de la Infraestructura, en virtud de un título legal o contractual; así como, los cargos de acceso por la utilización de las Facilidades Esenciales; Que, teniendo en consideración las materias que se abordarán en la "9ª Reunión de la Red de Reguladores

Económicos", en la "17ª Reunión del Comité de Política Regulatoria", y en el Taller sobre "Enforcement and Inspections", los cuales guardan relación directa con las competencias y funciones del OSITRAN; resulta de interés institucional autorizar el viaje del señor Ricardo Quesada Oré, Gerente de Regulación y Estudios Económicos del OSITRAN, a la ciudad de París, República Francesa, para que participe en los eventos señalados; Que, los gastos por concepto de pasajes aéreos y viáticos serán asumidos con cargo al presupuesto institucional del OSITRAN; Que, de conformidad con la Ley N° 29158 - Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley N° 30518 - Ley del Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2017; la Ley Nº 27619 - Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos; el Decreto Supremo N° 047-2002-PCM, que aprueba las normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, y modificatorias; la Ley N° 26917 - Ley de Supervisión de la Inversión Privada en Infraestructura de Transporte de Uso Público y Promoción de los Servicios de Transporte Aéreo; y, el Reglamento de Organización y Funciones de la Presidencia del Consejo de Ministros, aprobado por el Decreto Supremo N° 0222017-PCM; SE RESUELVE: Artículo 1.- Autorizar el viaje del señor Ricardo Quesada Oré, Gerente de Regulación y Estudios Económicos del Organismo Supervisor de la Inversión en Infraestructura de Transporte de Uso Público (OSITRAN), a la ciudad de París, República Francesa, del 04 al 10 de noviembre de 2017; para los fines expuestos en la parte considerativa de la presente resolución ministerial. Artículo 2.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente resolución ministerial se efectuarán con cargo al Presupuesto Institucional del Organismo Supervisor de la Inversión en Infraestructura de Transporte de Uso Público (OSITRAN), de acuerdo a lo siguiente:
Pasajes en US$ 1,780.35 Total Viático por Cantidad viáticos en día en US$ de días US$ 540.00 4+1 2,700.00

Nombres y apellidos Ricardo Quesada Oré

Artículo 3.- Dentro de los quince (15) días calendario siguientes de efectuado el viaje, la persona cuyo viaje se autoriza deberá presentar ante su institución un informe detallado describiendo las acciones realizadas, los resultados obtenidos y la rendición de cuentas por los viáticos entregados. Artículo 4.- El cumplimiento de la presente resolución ministerial no otorga derecho a exoneración o liberación de impuestos o derechos aduaneros de ninguna clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese. MERCEDES ROSALBA ARÁOZ FERNÁNDEZ Presidenta del Consejo de Ministros 1583337-4

Autorizan viaje de comitiva del Despacho Presidencial que acompañará al Presidente de la República durante su viaje a Vietnam
RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 325-2017-PCM Lima, 3 de noviembre de 2017 CONSIDERANDO: Que, mediante la Resolución Legislativa N° 30676 se autoriza al señor Presidente de la República, señor Pedro Pablo Kuczynski Godard, para salir del territorio nacional

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