TEXTO PAGINA: 20
20 NORMAS LEGALES Sábado 4 de noviembre de 2017 / El Peruano en la parte resolutiva de presente Resolución, para que participen en el mencionado curso; lo que permitirá obtener altos niveles de entrenamiento en períodos cortos de tiempo, elevando la autocon fi anza de la tripulación; así como, la actualización de procedimientos de vuelo, en base a las experiencias operativas propias o de terceros; Que, de acuerdo con el documento Nº 201-2017 del Jefe de la O fi cina General de Administración de la Dirección de Administración del Personal de la Marina, ningún organismo internacional cubrirá los costos del viaje; por lo que los gastos por concepto de pasajes aéreos internacionales y viáticos, se efectuarán con cargo al Presupuesto Institucional del Año Fiscal 2017 de la Unidad Ejecutora Nº 004: Marina de Guerra del Perú, conforme a lo establecido en los incisos a) y b) del artículo 7 del Reglamento de Viajes al Exterior del Personal Militar y Civil del Sector Defensa, aprobado con el Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/SG; Que, teniendo en consideración los itinerarios de los vuelos internacionales y con el fi n de prever la participación del personal designado durante la totalidad de la actividad programada, es necesario autorizar su salida del país con DOS (2) días de anticipación; así como, su retorno UN (1) día después del curso, sin que estos días adicionales irroguen gasto alguno al Tesoro Público; De conformidad con el Decreto Legislativo Nº 1134, que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Defensa; la Ley Nº 30518, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2017; la Ley Nº 27619, Ley que regula la Autorización de Viajes al Exterior de Servidores y Funcionarios Públicos y su Reglamento, aprobado con el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM y su modi fi catoria aprobada con el Decreto Supremo Nº 056-2013-PCM; el Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/SG y sus modi fi catorias, que reglamentan los Viajes al Exterior del Personal Militar y Civil del Sector Defensa; Estando a lo propuesto por el Comandante General de la Marina; SE RESUELVE:Artículo 1.- Autorizar el viaje al exterior en Misión de Estudios del Personal Naval que se indica a continuación, para que participen en el Curso de Entrenamiento Recurrente en Simulador de Vuelo de la Aeronave SH-3D, a realizarse en el Centro de Capacitación de la empresa CAE SimuFlite Inc., ciudad de Estocolmo, Reino de Suecia, del 13 al 18 de noviembre de 2017; así como, autorizar su salida del país el 11 y su retorno el 19 de noviembre de 2017: N° Grado Nombres y Apellidos CIP. DNI. 1 Capitán de Navío David Horacio MURPHY Cafferata 00818550 15601239 2 Capitán de Navío Pedro Manuel FARFÁN Matellini 01814862 43318449 3 Capitán de Corbeta Miguel Ángel RAVELLO Asalde 00921981 40726746 4 Teniente Primero José Manuel QUESADA Andrade 00928896 43423348 5 Teniente Primero Oscar Daniel RONCAL Vergel 01023111 41578830 6 Teniente Primero Antonio GONZALES Finseth 00098243 43313760 Artículo 2.- El Ministerio de Defensa - Marina de Guerra del Perú, efectuará los pagos que correspondan, de acuerdo a los conceptos siguientes: Pasajes Aéreos: Lima - Estocolmo (Reino de Suecia) - Lima US$. 6,900.00 x 6 personas US$. 41,400.00Viáticos:US$. 540.00 x 6 personas x 6 días US$. 19,440.00 ----------------------TOTAL A PAGAR: US$. 60,840.00 Artículo 3.- El Comandante General de la Marina queda facultado para variar la fecha de inicio y término de la autorización a que se re fi ere el artículo 1, sin exceder el total de días autorizados; y sin variar la actividad para la cual se autoriza el viaje, ni el nombre de los participantes.Artículo 4.- El O fi cial Superior designado más antiguo, deberá cumplir con presentar un informe detallado ante el Titular de la Entidad, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado, dentro de los QUINCE (15) días calendario contados a partir de la fecha de retorno al país. Asimismo, dentro del mismo plazo el Personal Naval comisionado deberá efectuar la sustentación de viáticos, conforme a lo indicado en el artículo 6 del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM y su modi fi catoria. Artículo 5.- La presente Resolución Ministerial, no dará derecho a exoneración ni liberación de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese.JORGE NIETO MONTESINOS Ministro de Defensa 1583162-3 Autorizan viaje de oficiales de la Marina de Guerra del Perú a Argentina, en comisión de servicios RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 1804-2017-DE/MGP Lima, 31 de octubre de 2017Vista, la Carta G.500-5337 del Secretario del Comandante General de la Marina, de fecha 24 de octubre de 2017; CONSIDERANDO:Que, mediante Carta S/N de fecha mayo de 2017, el Director General de Comunicaciones e Informática de la Armada Argentina, ha cursado invitación a los Directores y/o Jefes de Comunicaciones de los países miembros de la Red Interamericana de Telecomunicaciones Navales, para que participen en la XI Conferencia Naval Interamericana Especializada de Telecomunicaciones Navales, a realizarse en la ciudad Autónoma de Buenos Aires, República Argentina, del 6 al 10 de noviembre de 2017; Que, en ese sentido, de acuerdo a lo recomendado en el O fi cio P.200-1097 del Director de Telemática de la Marina, de fecha 26 de julio de 2017, se ha visto por conveniente la participación del Contralmirante Mario Julio HOYOS Pacheco y de la Capitán de Fragata ING. Patricia Noemí ALCA Clares, para que participen en la mencionada conferencia, lo que permitirá intercambiar experiencias, adquirir conocimientos; así como, recomendar la posibilidad de implementar un medio secundario seguro de comunicaciones no satélite para su empleo tanto en tiempo de paz como en tiempo de emergencia continental, entre los países miembros de la Red Interamericana de Telecomunicaciones Navales; Que, conforme a lo indicado en el párrafo 2 de la Carta mencionada en el primer considerando, los gastos por concepto de hospedaje y alimentación, serán cubiertos por la Armada Argentina; por lo que debe otorgarse viáticos diarios hasta un VEINTE POR CIENTO (20%) del que corresponde a la zona geográ fi ca, de acuerdo a lo establecido en la Resolución Ministerial Nº 696-2013-DE/SG, la cual aprueba los porcentajes máximos de viáticos en función de la escala detallada en el artículo 1 del Decreto Supremo Nº 056-2013-PCM, para el caso de invitaciones que incluyan fi nanciamiento parcial de viajes al exterior del Personal Militar y Civil del Sector Defensa; Que, de acuerdo con el documento Nº 175-2017 del Jefe de la O fi cina General de Administración de la Dirección de Administración de Personal de la Marina, los gastos por concepto de pasajes aéreos internacionales y viáticos, se efectuarán con cargo al Presupuesto Institucional del Año Fiscal 2017 de la Unidad Ejecutora Nº 004: Marina de Guerra del Perú, conforme a lo establecido en los incisos a) y b) del artículo 10 del Reglamento de Viajes al Exterior del Personal Militar y Civil del Sector Defensa, aprobado con el Decreto Supremo N° 002-2004-DE/SG;