Norma Legal Oficial del día 04 de noviembre del año 2017 (04/11/2017)


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TEXTO DE LA PÁGINA 16

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NORMAS LEGALES

Sábado 4 de noviembre de 2017 /

El Peruano

que regula la autorización de viajes al exterior de los servidores y funcionarios públicos y sus modificatorias, el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, que aprueba las normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, modificado por el Decreto Supremo Nº 056-2013-PCM y el Decreto Supremo Nº 013-2013-MINCETUR, que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones de PROMPERÚ. SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el viaje a las ciudades de San Pablo, Curitiba y Gramado, República Federativa de Brasil, de la señora Fanny Soledad Thivierge Bernuy, del 05 al 12 de noviembre de 2017, para que en representación de PROMPERÚ, lleve a cabo diversas acciones previas y durante el desarrollo de las actividad que se señalan en la parte considerativa de la presente Resolución, para la promoción del turismo receptivo. Artículo 2º.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente Resolución se efectuarán con cargo al Pliego Presupuestal 008 Comisión de Promoción del Perú para la Exportación y el Turismo ­ PROMPERÚ, de acuerdo al siguiente detalle:
Pasajes aéreos Clase Económica US$ 1 934,47 Total Viáticos US$ 2 590,00

Nombre y apellidos Fanny Soledad Thivierge Bernuy

Continente América del Sur

Viáticos día US$ 370,00

Nro. días 7

Artículo 3º.- Dentro de los quince (15) días calendario siguientes a su retorno al país, la señora Fanny Soledad Thivierge Bernuy, presentará a la Titular del Pliego Presupuestal de PROMPERÚ, un informe detallado sobre las acciones realizadas y los logros obtenidos durante las actividades que realizará; asimismo, deberá presentar la rendición de cuentas respectiva, de acuerdo a Ley. Artículo 4º.- La presente Resolución no libera ni exonera del pago de impuestos o de derechos aduaneros, cualquiera sea su clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese. EDUARDO FERREYROS KÜPPERS Ministro de Comercio Exterior y Turismo 1582498-1

Colombia", a realizarse en la ciudad de Bogotá, República de Colombia, del 06 al 10 de noviembre de 2017, con el objetivo que las empresas peruanas participantes puedan visitar empresas colombianas que les permitan conocer nuevas tecnologías para mejorar su oferta a la demanda colombiana; Que, es importante la realización de esta misión porque permitirá a las empresas peruanas alinear la oferta a la demanda internacional, mediante el aprendizaje de nuevos procesos y la adquisición de tecnología apropiada, para tal efecto se visitará al Servicio Nacional de Aprendizaje de Colombia (SENA), institución de vanguardia en la transformación y aprovechamiento de la madera; Que, por tal razón, la Secretaría General de PROMPERÚ ha solicitado que se autorice el viaje al exterior del señor Freddy Martín Pinedo Manzur, Especialista en Región, del Departamento de Desarrollo Regional, de la Subdirección de Desarrollo Exportador, de la Dirección de Promoción de las Exportaciones, para que en representación de PROMPERÚ, realice acciones de promoción de las exportaciones en la misión antes señalada; Que, la Ley Nº 30518, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2017, establece que los viajes al exterior de servidores, funcionarios o representantes del Estado con cargo a recursos públicos, deben realizarse en categoría económica y ser autorizados conforme lo establece la Ley Nº 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de los servidores y funcionarios públicos y sus normas reglamentarias; De conformidad con la Ley Nº 27790, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo - MINCETUR, la Ley Nº 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de los servidores y funcionarios públicos y sus modificatorias, el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, que aprueba las normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, modificado por el Decreto Supremo Nº 056-2013-PCM y el Decreto Supremo Nº 013-2013-MINCETUR, que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones de PROMPERÚ. SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el viaje a la ciudad de Bogotá, República de Colombia, del señor Freddy Martín Pinedo Manzur, del 05 al 11 de noviembre de 2017, para que en representación de PROMPERÚ, realice diversas acciones previas y durante la misión tecnológica comercial a que se refiere la parte considerativa de la presente Resolución. Artículo 2º.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente Resolución se efectuarán con cargo al Pliego Presupuestal 008 Comisión de Promoción del Perú para la Exportación y el Turismo ­ PROMPERÚ, de acuerdo al siguiente detalle:
Pasajes aéreos Clase Económica US$ 469,26 Total Viáticos US$ 2 220,00

Autorizan viaje de representante de PROMPERÚ a Colombia, en comisión de servicios
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 424-2017-MINCETUR Lima, 31 de octubre de 2017 Visto el Oficio Nº 519-2017-PROMPERÚ/SG, de la Secretaría General de la Comisión de Promoción del Perú para la Exportación y el Turismo - PROMPERÚ. CONSIDERANDO: Que, la Comisión de Promoción del Perú para la Exportación y el Turismo ­ PROMPERÚ, es un organismo público técnico especializado adscrito al Ministerio de Comercio Exterior y Turismo, competente para proponer y ejecutar los planes y estrategias de promoción de bienes y servicios exportables, así como de turismo interno y receptivo, promoviendo y difundiendo la imagen del Perú en materia turística y de exportaciones; Que, en cumplimiento de las actividades programadas por la Subdirección de Desarrollo Exportador de PROMPERÚ, se ha organizado conjuntamente con empresarios fabricantes de muebles de madera y exportadores de café, de la Macro Región Oriente, la "Misión Tecnológica de madera y café a

Nombres y apellidos Freddy Martín Pinedo Manzur

Continente América del Sur

Viáticos Número día US$ de días 370,00 6

Artículo 3º.- Dentro de los quince (15) días calendario siguientes a su retorno al país, el señor Freddy Martín Pinedo Manzur, presentará a la Titular del Pliego Presupuestal de PROMPERÚ un informe detallado sobre las acciones realizadas y los logros obtenidos durante la misión a la que asistirá; asimismo, deberá presentar la rendición de cuentas respectiva, de acuerdo a Ley. Artículo 4º.- La presente Resolución no libera ni exonera del pago de impuestos o de derechos aduaneros, cualquiera sea su clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese. EDUARDO FERREYROS KÜPPERS Ministro de Comercio Exterior y Turismo 1582498-2

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