Norma Legal Oficial del día 10 de noviembre del año 2017 (10/11/2017)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 4

4

NORMAS LEGALES

Viernes 10 de noviembre de 2017 /

El Peruano

Acuerdo Nº 1415-2017/GRP-CR.- Aceptan donación dineraria efectuada por UNICEF destinada a la prevención del deterioro nutricional y riesgo de morbimortalidad de menores de 59 meses, así como a la detección temprana de casos de desnutrición 108

MUNICIPALIDAD DE SAN JUAN DE LURIGANCHO Ordenanza Nº 365.- Aprueban Reglamento para el manejo adecuado de los residuos sólidos reciclables del distrito de San Juan de Lurigancho 111 MUNICIPALIDAD DE SANTA ANITA D.A. Nº 000010-2017/MDSA.- Modifican Directiva para la ejecución y control del Programa de Sorteos "Vecino Santanitense Puntual" 112

GOBIERNOS LOCALES
MUNICIPALIDAD DE INDEPENDENCIA D.A. Nº 000012-2017-MDI.- Convocan a proceso de elección de representantes de la sociedad civil ante el Concejo de Coordinación Local Distrital y aprueban cronograma 109 MUNICIPALIDAD DE SAN BORJA R.A. Nº 160-2017-MSB-A.Designan funcionario responsable del Libro de Reclamaciones de la Municipalidad y de lo dispuesto en el D.S. N° 042-2011-PCM 110

PROVINCIAS
MUNICIPALIDAD DE CARMEN DE LA LEGUA REYNOSO Ordenanza Nº 013-2017-MDCLR.Ordenanza que previene, prohibe y sanciona el acoso sexual en espacios públicos ejercidos en contra de personas que transiten o se encuentren en el distrito 113

PODER EJECUTIVO

PRESIDENCIA DEL CONSEJO DE MINISTROS
Decreto Supremo que aprueba el Reglamento para la Identificación, Evaluación y Gestión de Riesgos de los Activos Críticos Nacionales (ACN)
DECRETO SUPREMO N° 106-2017-PCM EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO: Que, el artículo 44 de la Constitución Política del Perú establece que es deber primordial del Estado, defender la soberanía nacional, garantizar la plena vigencia de los derechos humanos, proteger a la población de las amenazas contra su seguridad, y promover el bienestar general que se fundamenta en la justicia y en el desarrollo integral y equilibrado de la Nación; Que, el Plan de Desarrollo Nacional denominado Plan Bicentenario: El Perú hacia el 2021, establece como parte del eje estratégico denominado: Estado y gobernabilidad, el aspecto de la Seguridad y Defensa Nacional, el cual considera como uno de sus objetivos específicos, la plena operatividad del sistema de seguridad y defensa nacional orientado a la protección de nuestro territorio y para prevenir y/o enfrentar cualquier amenaza, preocupación y desafío que ponga en peligro la seguridad nacional; Que, la Dirección Nacional de Inteligencia - DINI, ente rector del Sistema de Inteligencia Nacional, forma parte del Sistema de Defensa Nacional y dentro de sus funciones se encuentra el proteger las capacidades nacionales frente a acciones de inteligencia u otras encubiertas provenientes de actores que representan amenazas a la seguridad nacional, encontrándose facultada para dictar normas y establecer procedimientos de alcance nacional para su protección, como parte de sus actividades de contrainteligencia, conforme lo establece el numeral 17.3.1 del Decreto Legislativo Nº 1141, Decreto Legislativo de Fortalecimiento y Modernización del Sistema de Inteligencia Nacional - SINA y de la Dirección Nacional de Inteligencia ­ DINI, modificado recientemente por Ley N° 30535 y Ley N° 30618; Que, el Estado, a través del Sistema de Defensa y Seguridad Nacional, regulado por el Decreto Legislativo

Nº 1129, promueve el desarrollo del país y garantiza la seguridad de la Nación, así como la plena vigencia de los derechos fundamentales, el bienestar de la población y la consolidación del Estado democrático de derecho; lo que contribuye a la paz, el desarrollo integral y la justicia social. Su ámbito de aplicación abarca a todo el territorio de la República, comprende entre sus componentes a los organismos públicos, personas naturales y jurídicas de nacionalidad peruana, además de las personas naturales y jurídicas extranjeras domiciliadas en el país, quienes están obligadas a participar en la Defensa Nacional; Que, asimismo, el artículo 7 numeral 7.3 del Decreto Legislativo N° 1141, Decreto Legislativo de Fortalecimiento y Modernización del Sistema de Inteligencia Nacional - SINA y de la Dirección Nacional de Inteligencia ­ DINI, modificado por Ley N° 30535, establece que el Sistema de Inteligencia Nacional ­ SINA forma parte del Sistema de Defensa Nacional y mantiene relaciones técnicas de coordinación con la instancia responsable de la gestión del Sistema de Defensa Nacional dentro del Ministerio de Defensa, siendo la Dirección Nacional de Inteligencia ­ DINI, en su calidad de ente rector del Sistema de Inteligencia Nacional ­ SINA, el responsable de formular y presentar el Plan de Inteligencia Nacional ­ PIN, ante el Consejo de Seguridad y Defensa Nacional ­ COSEDENA, las Capacidades Nacionales y los Activos Críticos Nacionales ­ ACN, que se constituyen como instrumentos que orientan el desarrollo de actividades de inteligencia, contrainteligencia y seguridad digital, para su aprobación, en el marco de las competencias del Consejo de Seguridad y Defensa Nacional ­ COSEDENA; Que, el Consejo de Seguridad y Defensa Nacional ­ COSEDENA, en su calidad de ente rector del Sistema de Defensa Nacional, encargado de la coordinación estratégica en materia de Seguridad y Defensa Nacional, el pasado 06 de julio del 2017, aprobó el Plan de Inteligencia Nacional ­ PIN 2018 en el que se determinan las amenazas que podrían afectar a las capacidades nacionales, así como la Política de Seguridad y Defensa Nacional, en los cuales se establecen los lineamientos generales para estructurar, coordinar y armonizar los esfuerzos del Estado para hacer frente a las amenazas, preocupaciones y desafíos a la Seguridad Nacional; Que, los Activos Críticos Nacionales ­ ACN son aquellos recursos, infraestructuras y sistemas que son esenciales e imprescindibles para mantener y desarrollar las capacidades nacionales; Que, la afectación, perturbación o destrucción de los Activos Críticos Nacionales ­ ACN no permite soluciones alternativas inmediatas, generando grave perjuicio a la Nación. Por dicha razón, es necesario establecer, mediante normativa especial, los criterios que deben observar a nivel nacional, los sectores responsables,

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.