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47 NORMAS LEGALES Miércoles 15 de noviembre de 2017 El Peruano / apoyo de la Secretaría de Imagen Institucional para la difusión respectiva, de la Gerencia de Tecnologías de la Información para los respectivos procesos en el Sistema RECATRIB; así como de las demás áreas de la Municipalidad en lo que fuera pertinente. Sexta.- La presente Ordenanza entrará en vigencia al día siguiente de su publicación en el Diario O fi cial El Peruano. POR TANTO:Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase.OSCAR BENAVIDES MAJINO Alcalde 1586632-1 MUNICIPALIDAD DE JESÚS MARÍA Aprueban la realización del Sorteo para los Vecinos Puntuales y Exclusivos Diciembre 2017 y su Reglamento DECRETO DE ALCALDÍA Nº 025-2017-MDJM Jesús María, 30 de octubre de 2017EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE JESÚS MARÍA VISTOS: El Informe Nº 409-2017-MDJM/GATR/ SRT de la Subgerencia de Registro Tributario, el Informe Nº 058-2017-MDJM-GATR de la Gerencia de Administración Tributaria y Rentas, el Informe Nº 635-2017-MDJM-GAJyRC de la Gerencia de Asesoría Jurídica y Registro Civil, Proveído Nº 1114-2017-MDJM.GM de la Gerencia Municipal; y, CONSIDERANDO:Que, el artículo 194º de la Constitución Política del Perú establece que las municipalidades provinciales y distritales son órganos de gobierno local y tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; la misma que, según el artículo II del Título Preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972, radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración con sujeción al ordenamiento jurídico; Que, conforme a lo señalado en el artículo 7º de la Ordenanza Nº 511-MDJM que aprueba el Cronograma de Vencimientos, Monto Mínimo del Impuesto Predial 2017 y El Programa de Bene fi cios para el Vecino Puntual y Exclusivo de Jesús María, publicada el 1 de enero del 2017, se estableció como política de la Administración Municipal, desarrollar acciones que creen conciencia tributaria, promuevan y premien el cumplimiento del pago de las obligaciones, cuyo efecto consolide las políticas de gestión tributaria, reduciendo el índice de morosidad por parte de los vecinos del distrito, se establece una serie de bene fi cios, entre ellos la participación por parte de los vecinos puntuales en sorteos; Que, la Ordenanza Nº 521-MDJM que regula el Programa de Bene fi cios para Vecinos Puntuales y Exclusivos, establece en su artículo 6º que los vecinos puntuales y exclusivos, en función del cumplimiento de sus obligaciones tributarias, accederán a sorteos de bienes y servicios diversos. Mediante Decreto de Alcaldía se establecerán los premios y la reglamentación correspondiente para cada sorteo; Que, en este orden de ideas, resulta necesario aprobar la realización del Sorteo para los Vecinos Puntuales y Exclusivos Diciembre – 2017, dirigido a los contribuyentes que cumplan de manera voluntaria y oportuna con sus obligaciones tributarias durante el presente ejercicio; así como establecer las disposiciones que regulen el mismo; Estando a lo expuesto, a lo informado por la Gerencia de Administración Tributaria y Rentas, con la opinión favorable de la Gerencia de Asesoría Jurídica y Registro Civil y en uso de las facultades conferidas por el numeral 6 del artículo 20º y artículo 42º de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972;DECRETA: Artículo Primero.- APROBAR la realización del Sorteo para los Vecinos Puntuales y Exclusivos Diciembre 2017, dirigido a los contribuyentes que cumplan de manera oportuna con sus obligaciones tributarias durante el presente ejercicio. Artículo Segundo.- APROBAR el Reglamento del Sorteo para los Vecinos Puntuales y Exclusivos Diciembre 2017, el mismo que consta de once (11) acápites, el cual como Anexo forma parte del presente Decreto de Alcaldía. Artículo Tercero.- ENCARGAR el cumplimiento del presente Decreto de Alcaldía a la Gerencia de Administración Tributaria y Rentas y demás unidades orgánicas que resulten competentes; a la Secretaría General, su publicación en el Diario O fi cial El Peruano y a la Subgerencia de Tecnología de la Información y Comunicación la publicación del mismo, incluyendo el Anexo, en el Portal Institucional de la Municipalidad Distrital de Jesús María: www.munijesusmaria.gob.pe y en el Portal de Servicios al Ciudadano y Empresas – PSCE: www.serviciosalciudadano.gob.pe, de conformidad a lo establecido en el artículo 4º del Decreto Supremo Nº 004-2008-PCM Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase. CARLOS ALBERTO BRINGAS CLAEYSSEN Alcalde 1585959-1 MUNICIPALIDAD DE MIRAFLORES Autorizan viaje de representante de la Municipalidad a Italia, en comisión de servicios ACUERDO DE CONCEJO Nº 074-2017/MM Mira fl ores, 9 de noviembre de 2017 EL ALCALDE DE MIRAFLORES; POR CUANTO; El Concejo Distrital de Mira fl ores en Sesión Ordinaria de la fecha; CONSIDERANDO: Que, se ha invitado al Gerente de Desarrollo Humano de la Municipalidad de Mira fl ores a participar en el “Congreso Internacional del Proyecto la Ciudad de las Niñas y de los Niños”, a realizarse el 20 noviembre de 2017, en la sede central del Concejo Nacional de Investigaciones (CNR) de la ciudad de Roma, Italia, así como en otras encuentros y actividades, del 20 al 24 de noviembre del presente año, con autoridades y funcionarios municipales de ciudades italianas sobre temas de Consejos de Niños; Que, el evento en mención lo desarrollará el Instituto de Ciencias y Tecnologías de la Cognición del Concejo Nacional de Investigaciones (CNR), con el apoyo de la Región Lazio, siendo el objetivo del congreso en mención y demás actividades conexas intercambiar y valorar las iniciativas sobre la participación de los niños en el gobierno de una ciudad, que se despliega en los distintos ámbitos y escenarios donde se desarrolla el proyecto “La Ciudad de los Niños y de las Niñas” alrededor del mundo; Que, como es de conocimiento, mediante la Ordenanza Nº 346/MM se aprobó la constitución del Consejo Consultivo de Niñas, Niños y Adolescentes en el distrito de Mira fl ores, como un espacio de participación genuina donde los actores mencionados expresan sus propuestas, ideas o soluciones orientadoras en la gestión local de la ciudad de Mira fl ores, además de ser la municipalidad pionera en el país donde se viene ejecutando el tema; experiencia que ha sido considerada como parte del programa del congreso referido, a ser expuesta por el Gerente de Desarrollo Humano, Carlos Enrique Contreras Ríos, por ser responsable del desarrollo del mismo; Que, el objetivo y demás actividades que se esperanzan alcanzar con el desarrollo del “Congreso Internacional del Proyecto la Ciudad de las Niñas y de los Niños”, se condicen con los fi nes institucionales de la gestión