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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 15 DE NOVIEMBRE DEL AÑO 2017 (15/11/2017)

CANTIDAD DE PAGINAS: 52

TEXTO PAGINA: 50

2 NORMAS LEGALES Miércoles 15 de noviembre de 2017 / El Peruano destrucción de viviendas, vías de comunicación, áreas de cultivo, así como la afectación de la integridad física y la salud de la población; Que, adicionalmente, se señala en el citado Informe Técnico que las zonas afectadas en el departamento de Huancavelica fueron consideradas en el Estado de Emergencia declarado mediante el Decreto Supremo Nº 080-2017-PCM. Asimismo, se precisa que se ha identi fi cado la necesidad de continuar con la intervención del Gobierno Nacional para culminar con las acciones de excepción inmediatas y necesarias complementarias a reducir el Muy Alto Riesgo en los distritos del departamento de Huancavelica, en coordinación con las entidades competentes; Que, para la elaboración del Informe Técnico Nº 00015-2017-INDECI/11.0, y sus conclusiones, el Instituto Nacional de Defensa Civil (INDECI) ha tenido en consideración los siguientes documentos: (i) Informe Nº 619-2017/GOB.REG.HCVA/GR-ORDNSCGRDyDS de fecha 18 de octubre de 2017, emitido por la O fi cina Regional de Defensa Nacional, Seguridad Ciudadana, Gestión del Riesgo de Desastres y Desarrollo Sostenible del Gobierno Regional de Huancavelica; (ii) Informe Nº 183-2017/GOB.REG.HCVA/GR-ORDNSCGRDyDS/JGM de fecha 17 de agosto de 2017 emitido por la O fi cina Regional de Defensa Nacional, Seguridad Ciudadana, Gestión del Riesgo de Desastres y Desarrollo Sostenible del Gobierno Regional de Huancavelica; (iii) Informe Nº 199-2017/GOB.REG.HCVA/GGR-GRPPyAT de fecha 21 de setiembre de 2017 emitido por la Subgerencia de Gestión Presupuestaria y Tributación del Gobierno Regional de Huancavelica; (iv) Informe N° 423-2017-EF/63.04 del 18 de setiembre de 2017, emitido por la Dirección General de Inversión Pública del Ministerio de Economía y Finanzas; (v) Informe N° 218-2017-INDECI-DDI-HVCA/FCC de fecha 15 de setiembre de 2017, emitido por la Dirección Desconcentrada INDECI - Huancavelica; (vi) Informe N° 587-2017/GOB.REG.HVCA/GR-ORDNSCGRDyDS de fecha 29 de setiembre de 2017, de la O fi cina Regional de Defensa Nacional, Seguridad Ciudadana, Gestión del Riesgo de Desastres y Desarrollo Sostenible del Gobierno Regional de Huancavelica; (vii) Informe Técnico N° A6762 - Informe Preliminar de la Inspección Técnica Geológica en el Cerro Hatun Rumi, de julio 2017, emitido por el INGEMMET; y, (viii) Informe de Evaluación de Riesgo por movimientos de masas del Cerro Hatun Rumi del Anexo Empedrado del Distrito de Acostambo, provincia de Tayacaja y Región Huancavelica, de abril de 2017, emitido por la O fi cina Regional de Defensa Nacional Seguridad Ciudadana, Gestión del Riesgo de Desastres y Desarrollo Sostenible del Gobierno Regional de Huancavelica; Que, asimismo, considerando que existe un Muy Alto Riesgo de afectación si se produjera un deslizamiento en la zona del cerro Hatun Rumi, y habiendo sobrepasado la capacidad de respuesta del Gobierno Regional de Huancavelica, así como siendo necesario que se continúe con la intervención sectorial del Gobierno Nacional; en el Informe Técnico Nº 00015-2017-INDECI/11.0, el Instituto Nacional de Defensa Civil (INDECI) opina que es procedente declarar el Estado de Emergencia solicitado por el Gobierno Regional de Huancavelica, por el plazo de sesenta (60) días calendario, en el distrito de Acostambo, provincia de Tayacaja y en el distrito de Izcuchaca, provincia de Huancavelica, del departamento de Huancavelica, por peligro inminente ante movimiento de masas que se presenta en la zona del cerro Hatun Rumi; para la ejecución de acciones complementarias orientadas a reducir el Muy Alto Riesgo existente por parte de las entidades involucradas en el marco de sus competencias, en salvaguarda de la vida e integridad de las personas y el patrimonio público y privado; Que, la magnitud de la situación descrita demanda la continuación de las medidas de excepción urgentes que permitan al Gobierno Regional de Huancavelica, a las Municipalidades Provinciales de Tayacaja y Huancavelica, a las Municipalidades Distritales de Acostambo e Izcuchaca, con la coordinación técnica y seguimiento del Instituto Nacional de Defensa Civil (INDECI), y la participación del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, del Ministerio de Cultura, y demás instituciones públicas y privadas involucradas, en cuanto les corresponda; ejecutar las acciones complementarias destinadas a la reducción del Muy Alto Riesgo existente. Para dicho efecto se cuenta con la opinión favorable del Viceministerio de Gobernanza Territorial de la Presidencia del Consejo de Ministros; Que, de acuerdo a lo establecido en el artículo 21 de la “Norma Complementaria sobre la Declaratoria de Estado de Emergencia por Desastre o Peligro Inminente, en el marco de la Ley N° 29664, del Sistema Nacional de Gestión del Riesgo de Desastre (SINAGERD)”, aprobada mediante el Decreto Supremo N° 074-2014-PCM; el Instituto Nacional de Defensa Civil (INDECI) debe efectuar las acciones de coordinación y seguimiento a las recomendaciones y acciones inmediatas y necesarias que se requieran o hayan sido adoptadas por el Gobierno Regional y los sectores involucrados, en el marco de la declaratoria del Estado de Emergencia aprobada, dentro del plazo establecido, debiendo remitir a la Presidencia del Consejo de Ministros el Informe de los respectivos resultados así como de la ejecución de las acciones inmediatas y necesarias durante la vigencia de la misma; De conformidad con el inciso 1 del artículo 137 de la Constitución Política del Perú; la Ley N° 29158 - Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley N° 29664 - Ley que crea el Sistema Nacional de Gestión del Riesgo de Desastres (SINAGERD); el Reglamento de la Ley N° 29664 que crea el Sistema Nacional de Gestión del Riesgo de Desastres (SINAGERD), aprobado mediante el Decreto Supremo N° 048-2011-PCM; y, la “Norma Complementaria sobre la Declaratoria de Estado de Emergencia por Desastre o Peligro Inminente, en el marco de la Ley N° 29664, del Sistema Nacional de Gestión de Riesgo de Desastres (SINAGERD)”, aprobada mediante el Decreto Supremo N° 074-2014-PCM; Con el voto aprobatorio del Consejo de Ministros, y con cargo a dar cuenta al Congreso de la República; DECRETA:Artículo 1.- Declaratoria del Estado de Emergencia Declárese el Estado de Emergencia en el distrito de Acostambo, de la provincia de Tayacaja, y en el distrito de Izcuchaca, de la provincia de Huancavelica, del departamento de Huancavelica, por el plazo de sesenta (60) días calendario, por peligro inminente generado por movimiento de masas que se presenta en la zona del cerro Hatun Rumi; para la ejecución de acciones de reducción del Muy Alto Riesgo existente en dichas zonas. Artículo 2.- Acciones a ejecutar El Gobierno Regional de Huancavelica, las Municipalidades Provinciales de Tayacaja y Huancavelica, las Municipalidades Distritales de Acostambo e Izcuchaca, con la coordinación técnica y seguimiento del Instituto Nacional de Defensa Civil (INDECI), y la participación del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, del Ministerio de Cultura, y demás instituciones públicas y privadas involucradas en cuanto les corresponda; ejecutarán las acciones necesarias destinadas a la reducción del Muy Alto Riesgo existente, las que pueden ser modi fi cadas de acuerdo a las necesidades y elementos de seguridad que se vayan presentando durante su ejecución, sustentadas en los estudios técnicos de las entidades competentes. Artículo 3.- Financiamiento La implementación de las acciones previstas en el presente decreto supremo se fi nancia con cargo al presupuesto institucional de los pliegos involucrados, de conformidad con la normatividad vigente. Artículo 4.- Refrendo El presente decreto supremo es refrendado por la Presidenta del Consejo de Ministros, el Ministro de