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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 24 DE NOVIEMBRE DEL AÑO 2017 (24/11/2017)

CANTIDAD DE PAGINAS: 96

TEXTO PAGINA: 95

95 NORMAS LEGALES Viernes 24 de noviembre de 2017 El Peruano / sus autoridades municipales en el marco de la Ley Nº 28440. DISPOSICION COMPLEMENTARIA Primera.- Si la Municipalidad del Centro Poblado Luz del Sol, se viera imposibilitada de poder cumplir con las funciones especí fi cas y responsabilidades que se le delega por cualquier causal, la Municipalidad Provincial de Ascope se AVOCARA a ellas por un plazo prudencial, de persistir la causal se REVOCARA la delegación de funciones. DISPOSICIONES TRANSITORIAS Primera.- Las transferencias de los recursos del tesoro público a la Municipalidad de Centro Poblado Luz del Sol, se dará de acuerdo a las competencias y funciones delegadas y en el marco de lo señalado por la Ley. Segunda.- Otórguese un plazo de 30 días para que la Municipalidad Distrital de Chicama y la Municipalidad Provincial de Ascope cumplan con transferir mensualmente un porcentaje de su presupuesto a partir de ser proclamado el alcalde del Centro Poblado de Luz del Sol. DISPOSICIONES FINALES Primero.- Comuníquese a la Gerencia Municipal, Sub Gerencia de Presupuesto y Planeamiento, Sub Gerencia de Contabilidad, Sub Gerencia de Tesorería, Sub Gerencia de Asesoría Jurídica y demás o fi cinas correspondientes de esta entidad edil para conocimiento y fi nes pertinentes. Segundo.- Deróguese toda norma municipal que se oponga a la presente ordenanza, la misma entrará en vigencia al día siguiente de su publicación. Tercero.- Comuníquese a los representantes del Centro Poblado “LUZ DEL SOL” para los fi nes correspondientes. Cuarto.- Disponer, la publicación de la presente Ordenanza Municipal en el Diario O fi cial “El Peruano. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase.SAMUEL A. LEIVA LÓPEZ Alcalde 1589107-1 CONVENIOS INTERNACIONALES Acuerdo por canje de notas entre la República del Perú y la República Popular China referido al Proyecto de Mantenimiento del Pabellón de Cuidados Intensivos, Banco de Sangre, Esterilización y Cocina del Hospital Loayza N.O. No. 2/2017 Lima, 12 de setiembre de 2017 Al Excelentísimo señor Ricardo Luna MendozaMinistro de Relaciones Exteriores de la República del Perú Ciudad.-Señor Ministro,Tengo el honor de con fi rmar, en representación del Gobierno de la República Popular China que, a través de consultas amistosas, los dos países han llegado al siguiente acuerdo: 1.- A solicitud del Gobierno de la República del Perú, el Gobierno de la República Popular China conviene en implementar el “Proyecto de Mantenimiento del Pabellón de Cuidados Intensivos, Banco de Sangre, Esterilización y Cocina del Hospital Loayza” (en adelante, el Proyecto), consistente en: (a) Realizar urgentes obras de reparación a la edifi cación, materiales y equipos donados anteriormente por el Gobierno chino para el proyecto “Ampliación del Hospital Nacional Arzobispo Loayza”; y, (b) El mantenimiento a mediano plazo de los mismos. 2.- Para implementar el Proyecto, la Parte china designará a una entidad china que estará a cargo de la ejecución; mientras que, por la Parte peruana, la entidad bene fi ciaria del Proyecto será el Hospital Nacional Arzobispo Loayza (en adelante, “el Hospital”). La entidad china y el Hospital suscribirán un acuerdo de ejecución, donde se establecerán los detalles necesarios para implementar el Proyecto. 3.- Para llevar a cabo la urgente reparación y el subsecuente mantenimiento, la Parte china proporcionará las maquinarias, equipos y materiales de construcción necesarios; los repuestos de los equipos previamente donados por la Parte china; así como enviará personal técnico de ingeniería al Perú. 4.- Dentro de los primeros 32 meses de iniciado el Proyecto, la Parte china enviará 6 técnicos chinos al Perú a realizar: (i) Las urgentes obras de reparación a la edi fi cación, materiales y equipos donados anteriormente por el Gobierno chino; (ii) El mantenimiento a mediano plazo de los mismos, incluyendo el suministro de un lote de piezas de repuesto, y, (iii) Capacitar a los técnicos peruanos sobre el uso y mantenimiento de tales equipos. 5.- Culminado el periodo de 32 meses, la Parte china enviará al Perú, cada 6 meses durante 2 años adicionales, 3 técnicos chinos para que realicen la inspección y el mantenimiento rutinario de las obras ejecutadas en el marco del Proyecto y de los materiales y equipos donados por la Parte china (incluyendo sus repuestos). Dichos técnicos permanecerán hasta 4 semanas en el Perú y suministrarán los repuestos necesarios. 6.- El costo del Proyecto asciende a veinte millones (20,000,000.00) de Yuanes de Renminbi, que será fi nanciado por el Gobierno chino, con cargo a la donación acordada en el Convenio de Cooperación Económica y Técnica entre el Gobierno chino y el Gobierno peruano, suscrito el 12 de noviembre de 2014. Para tal efecto, la entidad china emitirá cuatro ejemplares de la factura correspondiente, la cual se liquidará sólo una vez por medio del Banco de Desarrollo de China y el Banco de la Nación del Perú. 7.- El Gobierno de la República del Perú, de conformidad con su legislación nacional y el Convenio Básico de Cooperación Cientí fi ca y Técnica suscrito el 27 de enero de 1988, otorgará las facilidades y exenciones tributarias que requiera el Proyecto. 8.- La Parte peruana, a través del Hospital, se encargará de desocupar la edi fi cación donada anteriormente por el Gobierno chino y el terreno colindante para posibilitar las urgentes obras de reparación del Proyecto. Asimismo, será responsable de: (i) realizar los trámites de desaduanaje, retiro, transporte y almacenaje de las maquinarias, equipos y materiales enviados; y, (ii) sufragar, de ser el caso, los gastos correspondientes que de ellos se deriven. 9.- Después de la fi nalización de las urgentes obras de reparación, de acuerdo a lo dispuesto en el contrato de ejecución, la entidad china y el Hospital suscribirán un acta técnica de conformidad del Proyecto. De igual forma, al fi nalizar el Proyecto, ambas partes realizarán la veri fi cación técnica y suscribirán el acta de entrega- recepción. Si Vuestra excelencia tiene a bien con fi rmar lo arriba expuesto en una Nota de respuesta en representación del Gobierno de la República del Perú, esta Nota y la Nota de respuesta de Vuestra Excelencia constituirán un acuerdo entre nuestros dos Gobiernos. Este acuerdo se mantendrá vigente hasta la fecha en que ambas Partes hayan cumplido con todas las obligaciones establecidas en el mismo.