Norma Legal Oficial del día 24 de noviembre del año 2017 (24/11/2017)


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TEXTO DE LA PÁGINA 82

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NORMAS LEGALES

Viernes 24 de noviembre de 2017 /

El Peruano

DR. ROGER VENERO GIBAJA, MGT. TEÓFILO JORDÁN PALOMINO y MGT. JORGE LUIS DÍAZ UGARTE, cada uno: - Pasajes aéreos Cusco-Lima-Cali-Lima-Cusco. - Viáticos Internacionales por tres (03) días en el importe de US$. 200.00 dólares americanos día, al cambio del día en moneda nacional. Tercero.- EL EGRESO se atenderá con cargo a: Categoría Presupuestal: Programa Presupuestal: Producto/ Proyecto: Actividad/Acción: Sec. Func. Monto S/ 23.21.11 Pasajes y Cusco-Lima-Cali-LimaGastos de Transporte Cusco Cadena de Gasto: 23.21.12 Viáticos y Asignaciones por Comisión de Servicio Por 03 días

9002 Asignaciones Asignaciones Presupuestarias Presupuestarias que no Resultan que no Resultan en Productos en Productos

3999999 Sin Producto

5.000894 Investigación Científica y Desarrollo Tecnológico

0034

23.27.11.99 Servicios Publicación en el Diario Diversos Oficial El Peruano Fuente de Financiamiento: Recursos Determinados - Periodo de Vigencia: 15 días Cuarto.- DISPONER, que la Unidad de Logística de la Dirección General de Administración, proceda a la publicación de la presente Resolución en el Diario Oficial El Peruano, de conformidad con lo establecido en el Art. 3º de la Ley 27619. Quinto.- DEJAR ESTABLECIDA la obligación de los beneficiarios de presentar ante la Dirección General de Administración, el informe documentado de gastos, en el término de quince (15) días calendarios, computados desde el día siguiente de retorno a la ciudad del Cusco, perdiendo el derecho luego del citado periodo, de conformidad a lo establecido en la Resolución Nro. CU348-2016-UNSAAC y Art. 10 del D.S. Nº 047-2002-PCM, Para cuyo efecto presentará los Formatos Nros. 01, 02, 03 y 04 aprobados por dicha Resolución y que como anexo forma parte de la presente Resolución, solo para los beneficiarios, asimismo deberán presentar ante el Área de Escalafón y Pensiones el certificado del evento, asimismo informe ante el Vicerrectorado de Investigación y Despacho Rectoral, respectivamente, La Dirección General de Administración y la Unidad de Logística, adoptarán las medidas complementarias del caso, para el cumplimiento de la presente resolución. Regístrese, comuníquese y archívese. BALTAZAR NICOLÁS CÁCERES HUAMBO Rector LINO PRISCILIANO FLORES PACHECO Secretario General 1589183-1 el artículo 23° del Texto Ordenado del Reglamento del Registro de Organizaciones Políticas, aprobado mediante Resolución N° 049-2017-JNE, siendo éstos: I) Acta de Fundación: La cual contiene el ideario de la organización política, su denominación, así como, la relación de directivos, la cual queda finalmente conformada de la siguiente manera: Presidente: Carlos Vicente Villacorta Díaz Secretario: Carlos Javier Talavera Álvarez Tesorera: Patricia Biviana Soto Castillo Vocal: Jorge Luis Gómez Abad Vocal: José Luis Tejeda Chávez Personero Legal Titular: Jorge Javier Gaitán Pajares Personero Legal Alterno: Jaime Luis Sandoval Polocena Personero Técnico Titular: Jorge Luis Gómez Abad Personero Técnico Alterno: Oscar Luis Castillo Amando Representante Legal: Carlos Vicente Villacorta Díaz Apoderado: Carlos Javier Talavera Álvarez II) La organización política ha presentado una cantidad de adherentes en un número no menor del 5% de los ciudadanos que sufragaron en las últimas elecciones de carácter nacional dentro de la circunscripción en la que la organización política desarrollará sus actividades y pretenda presentar candidatos. De conformidad con la Resolución N° 1042-2016-JNE, en el distrito de La Molina, provincia y departamento de Tacna, el número válido de firmas establecidas es de 6,414 firmas válidas. En el caso en particular, el Registro Nacional de Identificación y Estado Civil - RENIEC, luego de verificar el número de firmas presentadas por la organización

JURADO NACIONAL DE ELECCIONES
Disponen la inscripción de la Organización Política Local Distrital "Viva La Molina" en el Registro de Organizaciones Políticas del JNE
Dirección Nacional de Registro de Organizaciones Políticas RESOLUCIÓN Nº 342-2017-DNROP/JNE Lima, 22 de noviembre de 2017 VISTA, la solicitud de inscripción de la Organización Política Local Distrital "Viva La Molina" del distrito de La Molina, provincia y departamento de Lima, presentada el 27 de setiembre de 2017 por el ciudadano Jaime Luis Sandoval Polocena, Personero Legal Alterno de la citada organización política. CONSIDERANDOS: Con fecha 27 de setiembre de 2017, el ciudadano Jaime Luis Sandoval Polocena, Personero Legal Alterno de la Organización Política Local Distrital "Viva La Molina", del distrito de La Molina, provincia y departamento de Lima, solicitó la inscripción de ésta ante la Dirección Nacional de Registro de Organizaciones Políticas del Jurado Nacional de Elecciones. Revisada la solicitud y sus anexos, se advirtió que la organización política cumplió con los requisitos establecidos en el artículo 17° de la Ley de Organizaciones Políticas, Ley N° 28094 (en adelante, LOP), así como,

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