Norma Legal Oficial del día 24 de noviembre del año 2017 (24/11/2017)


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TEXTO DE LA PÁGINA 85

El Peruano / Viernes 24 de noviembre de 2017

NORMAS LEGALES

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Documentos Normativos del RENIEC", Sexta Versión, aprobada mediante Resolución Secretarial N° 0000552017-SGEN/RENIEC (28AGO2017), previo a la aprobación del documento normativo propuesto por la Gerencia de Registro Electoral, resulta necesario dejar sin efecto las resoluciones indicadas en el considerando precedente; Que en ese contexto, la Gerencia de Asesoría Jurídica, mediante el documento de vistos, señala que el proyecto de Reglamento RE-218-GRE/006 "Publicación de las Listas de Padrón Inicial" - Primera Versión, presenta la consistencia legal pertinente; correspondiendo que sea aprobado por Resolución Jefatural, para lo cual señala, que previamente deberá dejarse sin efecto, por acto administrativo pertinente, la Resolución Jefatural N° 001072-2010/JNAC/RENIEC (21DIC2010) que aprobó la Guía de Procedimientos GP-308-GOR/012 "Recojo de Actas de Defunción Duplicadas o de Reserva en las Oficinas de Registros del Estado Civil durante la actividad de Publicación de las Listas de Padrón Inicial" - Segunda Versión; Que, la Gerencia de Asesoría Jurídica ha recomendado adicionalmente que por Resolución Secretarial se deje sin efecto la Resolución Secretarial N° 000082-2013/SGEN/RENIEC (19NOV2013), que aprobó la Guía de Procedimientos GP-362GRE/002 "Recojo de Actas de Defunción Duplicadas o de Reserva en las Oficinas de Registros del Estado Civil durante la actividad de Publicación de las Listas de Padrón Inicial" - Primera Versión, así como la Resolución Secretarial N° 000066-2015/ SGEN/RENIEC (07AGO2015), que aprobó la Guía de Procedimientos GP-386-GRE/005 "Publicación de las Listas del Padrón Inicial y de la Actualización del Padrón Electoral" - Primera Versión; Que en atención a lo señalado por la Gerencia de Asesoría Jurídica, mediante la Resolución Secretarial Nº 79-2017/SGEN/RENIEC (22NOV2017), se dejó sin efecto las resoluciones mencionadas en el considerando precedente; Que se hace necesario difundir la presente resolución a la ciudadanía, a través de la correspondiente publicación; Estando a las facultades conferidas por la Ley N° 26497, Ley Orgánica del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil; el inciso j) del artículo 15° del Reglamento de Organización y Funciones del RENIEC, aprobado con Resolución Jefatural N° 073-2016/JNAC/ RENIEC (31MAY2016) y lo dispuesto en el Decreto Supremo N° 001-2009-JUS (15ENE2009); SE RESUELVE: Artículo Primero.- Dejar sin efecto la Resolución Jefatural N° 001072-2010/JNAC/RENIEC (21DIC2010) que aprobó la Guía de Procedimientos GP-308-GOR/012 "Recojo de Actas de Defunción Duplicadas o de Reserva en las Oficinas de Registros del Estado Civil durante la actividad de Publicación de las Listas de Padrón Inicial" Segunda Versión. Artículo Segundo.- Aprobar el Reglamento RE-218GRE/006 "Publicación de las Listas de Padrón Inicial" Primera Versión, propuesta por la Gerencia de Registro Electoral. Artículo Tercero.- Encargar a las Gerencias de Registro Electoral, de Registros de Identificación, de Tecnología de la Información y de Registros Civiles la implementación de acciones necesarias para el cumplimiento de la presente Resolución Jefatural. Artículo Cuarto.- Disponer la publicación de la presente Resolución Jefatural en el diario Oficial El Peruano y en el portal institucional www.reniec.gob.pe. Regístrese, publíquese y cúmplase. JORGE LUIS YRIVARREN LAZO Jefe Nacional 1589945-1

SUPERINTENDENCIA DE BANCA, SEGUROS Y ADMINISTRADORAS PRIVADAS DE FONDOS DE PENSIONES
Autorizan a la Caja Municipal de Ahorro y Crédito de Huancayo S.A. la apertura de oficina en la modalidad de agencia en el departamento de Cusco
RESOLUCIÓN SBS N° 4350-2017 Lima, 9 de noviembre de 2017 EL INTENDENTE GENERAL DE MICROFINANZAS VISTA: La solicitud presentada por la Caja Municipal de Ahorros y Crédito de Huancayo S.A. para que esta Superintendencia autorice la apertura de una oficina, en la modalidad de agencia, ubicada en el departamento de Cusco; CONSIDERANDO: Que, en sesión de Directorio de fecha 12.10.2017 se aprobó la apertura de la agencia ubicada en el departamento de Cusco; Que, la empresa ha cumplido con presentar la documentación requerida por el procedimiento N° 11 del Texto Único de Procedimientos Administrativos de esta Superintendencia, aprobado mediante Resolución SBS N° 3082-2011; Estando a lo informado por el Departamento de Supervisión Microfinanciera "D"; De conformidad con lo dispuesto por el artículo 30° de la Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros ­ Ley N° 26702; el Reglamento de apertura, conversión, traslado o cierre de oficinas y uso de locales compartidos, aprobado mediante Resolución SBS N° 4797-2015; y en uso de las facultades delegadas mediante Resolución SBS N°12883-2009; RESUELVE: Artículo Único.- Autorizar a la Caja Municipal de Ahorro y Crédito de Huancayo S.A., la apertura de la oficina, en la modalidad de agencia, ubicada en Jr. Jaquijahuana N° 508 - Izcuchaca, distrito y provincia de Anta, departamento de Cusco. Regístrese, comuníquese y publíquese. LUIS MARTÍN AUQUI CÁCERES Intendente General de Microfinanzas 1589165-1

Autorizan viaje de funcionarios a Uruguay, en comisión de servicios
RESOLUCIÓN SBS N° 4520-2017 Lima, 22 de noviembre de 2017 LA SUPERINTENDENTA DE BANCA, SEGUROS Y ADMINISTRADORAS PRIVADAS DE FONDOS DE PENSIONES VISTAS: La invitación cursada por la Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones del Ministerio de Economía, Industria

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