Norma Legal Oficial del día 24 de noviembre del año 2017 (24/11/2017)


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TEXTO DE LA PÁGINA 86

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NORMAS LEGALES

Viernes 24 de noviembre de 2017 /

El Peruano

y Competitividad de España a la Superintendencia de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones (SBS), con el fin de participar en el Colegio Internacional de Supervisores del Grupo MAPFRE, que se llevará a cabo los días 27 y 28 de noviembre de 2017 en la ciudad de Montevideo, República Oriental del Uruguay; La invitación cursada por la Asociación de Supervisores de Seguros de América Latina (ASSAL) a la Superintendencia de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones (SBS), con el fin de participar en el Seminario Regional y Capacitación para Supervisores de Seguros de Latinoamérica ASSAL-IAIS, organizado conjuntamente por la ASSAL, la International Association of Insurance Supervisors (IAIS) y la Superintendencia de Servicios Financieros de Uruguay, que se llevará a cabo del 29 de noviembre al 01 de diciembre de 2017 en la ciudad de Montevideo, República Oriental del Uruguay; CONSIDERANDO: Que, el Colegio Internacional de Supervisores del Grupo MAPFRE, evento anual dirigido a los supervisores de seguros de aquellos países en los cuales el Grupo MAPFRE de España tiene presencia, tiene como objetivo continuar e incrementar el intercambio de información con relación a las principales áreas de riesgo de las entidades pertenecientes al Grupo; Que, la Superintendencia de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones (SBS) es miembro de la Asociación de Supervisores de Seguros de América Latina (ASSAL) y de la International Association of Insurance Supervisors (IAIS), su participación en las actividades organizadas por las citadas entidades le brindará la oportunidad de tomar conocimiento y contribuir con la adopción de acuerdos entre los países miembros destinados a mejorar la regulación y la supervisión del sistema de seguros en la región; Que, el Seminario Regional y Capacitación para Supervisores de Seguros de Latinoamérica ASSAL-IAIS, que agrupa a las máximas autoridades de Latinoamérica en materia de seguros, quienes buscan la promoción de actividades de cooperación, el intercambio de conocimiento y la actualización profesional, incluye en su programa temas relevantes como modelos de supervisión basada en riesgo, gestión de riesgo empresarial para efectos de solvencia (ERM), gestión de riesgos y control interno, reaseguros y otras formas de transferencia de riesgos, supervisión de gobierno corporativo, adecuación del capital, solvencia de las compañías de seguros y de los fondos de pensiones, conducta de mercado, intermediarios, entre otros; Que, en atención a las invitaciones cursadas, y en tanto los temas que se desarrollarán redundarán en beneficio del ejercicio de las funciones de supervisión y regulación de la SBS, se ha considerado conveniente designar al señor José Corrales Céspedes, Supervisor Principal de Seguros del Departamento de Supervisión de Seguros "B" de la Superintendencia Adjunta de Seguros, para que participe en los citados eventos. Asimismo, se ha considerado conveniente designar a la señorita Yesenia Mercedes Canessa Poma, Inspector de Seguros del Departamento de Supervisión Actuarial de la Superintendencia Adjunta de Seguros, para que participe en el Seminario Regional y Capacitación para Supervisores de Seguros de Latinoamérica ASSAL-IAIS; Que, la Superintendencia de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones, mediante Directiva SBS N° SBS-DIR-ADM-085-20, ha dictado una serie de Medidas Complementarias de Austeridad en el Gasto para el Ejercicio 2017, estableciéndose en el Numeral 4.4.1 que, se restringen los viajes al exterior y únicamente se autorizarán aquellos viajes para eventos que requieran la representación sobre temas vinculados con negociaciones bilaterales, multilaterales, foros o misiones oficiales que comprometan la presencia de los trabajadores, así como aquellos necesarios para el ejercicio de sus funciones, capacitaciones o eventos de sumo interés para la Superintendencia, como el presente caso; Que, en consecuencia, es necesario autorizar el viaje de los citados funcionarios para participar en los eventos indicados, cuyos gastos por concepto de pasajes aéreos y viáticos serán cubiertos por esta Superintendencia con cargo al Presupuesto correspondiente al ejercicio 2017; y,

En uso de las facultades que le confiere la Ley N° 26702 "Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros", de conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 27619 y en virtud a la Directiva SBS N° SBS-DIR-ADM-085-20 sobre Medidas Complementarias de Austeridad en el Gasto para el Ejercicio 2017, que incorpora lo dispuesto en el Decreto Supremo N° 0472002-PCM y el Decreto Supremo N° 056-2013-PCM; RESUELVE: Artículo Primero.- Autorizar el viaje del señor José Corrales Céspedes, Supervisor Principal de Seguros del Departamento de Supervisión de Seguros "B" de la Superintendencia Adjunta de Seguros de la SBS, del 25 de noviembre al 02 de diciembre de 2017, y de la señorita Yesenia Mercedes Canessa Poma, Inspector de Seguros del Departamento de Supervisión Actuarial de la Superintendencia Adjunta de Seguros de la SBS, del 27 de noviembre al 02 de diciembre de 2017, a la ciudad de Montevideo, República Oriental del Uruguay, para los fines expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución. Artículo Segundo.- Los citados funcionarios, dentro de los 10 (diez) días hábiles siguientes a su reincorporación, deberán presentar un informe detallado describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado. Artículo Tercero.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente autorización por concepto de pasajes aéreos y viáticos serán cubiertos por esta Superintendencia con cargo al Presupuesto correspondiente al ejercicio 2017, de acuerdo al siguiente detalle: José Corrales Céspedes Pasaje aéreo US$ 765,36 Viáticos US$ 2 220,00 Yesenia Mercedes Canessa Poma Pasaje aéreo US$ 897,52 Viáticos US$ 1 480,00 Artículo Cuarto.- La presente Resolución no otorga derecho a exoneración o liberación de impuestos de Aduana de cualquier clase o denominación a favor de los funcionarios cuyo viaje se autoriza. Regístrese, comuníquese y publíquese. SOCORRO HEYSEN ZEGARRA Superintendenta de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones 1589750-1

GOBIERNOS REGIONALES

GOBIERNO REGIONAL DE LAMBAYEQUE
Disponen publicar relación de concesiones mineras cuyos títulos fueron aprobados durante el mes de agosto de 2017
GERENCIA EJECUTIVA DE ENERGÍA Y MINAS RESOLUCIÓN GERENCIAL EJECUTIVA Nº 083-2017-GR.LAMB/GEEM Chiclayo, 12 de setiembre de 2017 VISTO; La relación de Títulos Mineros otorgados por la Gerencia Ejecutiva de Energía y Minas del Gobierno Regional Lambayeque, durante el mes de agosto del 2017; CONSIDERANDO: Que, la Ley Nº 27867 ­ Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, dispone que los Gobiernos Regionales

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