Norma Legal Oficial del día 24 de noviembre del año 2017 (24/11/2017)


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TEXTO DE LA PÁGINA 84

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SE RESUELVE:

NORMAS LEGALES

Viernes 24 de noviembre de 2017 /

El Peruano

Artículo Primero.- Autorizar el viaje en comisión de servicios al señor Edmundo Pedro Calderón Cruz, Fiscal Superior de la Segunda Fiscalía Superior Nacional Especializada contra la Criminalidad Organizada, a la ciudad de Estrasburgo, República Francesa, del 25 al 30 de noviembre de 2017, para los fines expuestos en la parte considerativa de la presente resolución. Artículo Segundo.- Disponer que la Gerencia General, a través de las Gerencias Centrales de Logística y Finanzas, procedan a la adquisición del seguro de viaje por el monto de US$ 60,00 y la asignación de viáticos por 6 días por el monto de US$ 1 872,00. Artículo Tercero.- Encargar el despacho de la Segunda Fiscalía Superior Nacional Especializada contra la Criminalidad Organizada al señor Carlos Matamoros Curipaco, Fiscal Adjunto Superior del mencionado despacho, durante la ausencia del titular. Artículo Cuarto.- Disponer que dentro de los diez (10) días calendario siguientes de efectuado el viaje, el fiscal comisionado en el artículo primero, presente al Despacho de la Fiscalía de la Nación un informe de las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante su participación en las actividades materia de la resolución. Artículo Quinto.- Hacer de conocimiento la presente resolución a la Coordinación Nacional de las Fiscalías Especializadas contra la Criminalidad Organizada, Segunda Fiscalía Superior Nacional Especializada contra la Criminalidad Organizada, Gerencia General, Gerencias Centrales de Potencial Humano, Finanzas, y Logística, Oficina de Asesoría Jurídica, Oficina de Proyectos y Cooperación Técnica Internacional, Oficina de Registro y Evaluación de Fiscales, y al fiscal comisionado para los fines pertinentes. Regístrese, comuníquese y publíquese. PABLO SÁNCHEZ VELARDE Fiscal de la Nación 1590076-1

(09NOV2017), emitidos por la Gerencia de Asesoría Jurídica; CONSIDERANDO: Que mediante Ley N° 26497 se creó el Registro Nacional de Identificación y Estado Civil, con arreglo a los artículos 177° y 183° de la Constitución Política del Perú, como organismo autónomo que cuenta con personería jurídica de derecho público interno, goza de atribuciones en materia registral, técnica, administrativa, económica y financiera; Que el artículo 4° de la Ley N° 28716 "Ley de Control Interno de las Entidades del Estado", señala que las entidades del Estado deben incorporar obligatoriamente sistemas de control interno en sus procesos, actividades, recursos, operaciones y actos institucionales; Que atendiendo a lo expresado, se tiene que la dinámica institucional ha llevado a que se efectúen modificaciones a la estructura orgánica y al Reglamento de Organización y Funciones Institucional, por lo cual se hace imperiosa la necesidad de adecuar los documentos normativos, los cuales se consideran que deben ser ajustados acorde a la operatividad y el logro de las metas y objetivos institucionales; Que los diversos órganos y unidades orgánicas del RENIEC, en su constante compromiso de mejoramiento, vienen revisando su normativa a efectos de solicitar la aprobación de nuevos documentos normativos o en otros casos, se dejen sin efecto, con la finalidad de mejorar u optimizar las labores de cada una de ellas; Que mediante los documentos de vistos, la Gerencia de Registro Electoral, en virtud de las funciones establecidas en el Reglamento de Organización y Funciones del RENIEC, aprobado mediante Resolución Jefatural Nº 73-2016/JNAC/RENIEC (31MAY2016), propone el Reglamento RE-218-GRE/006 "Publicación de las Listas de Padrón Inicial" - Primera Versión; Que, el proyecto de Reglamento RE-218-GRE/006 "Publicación de las Listas de Padrón Inicial" - Primera Versión, tiene como objetivo establecer los lineamientos para la publicación de las Listas de Padrón Inicial - LPI en todas sus etapas, así como para asegurar el correcto tratamiento de las solicitudes de eliminación o tachas, y reclamos presentados por los ciudadanos u organizaciones políticas, que se interpongan como consecuencia de la realización de dicha actividad en el marco de un proceso electoral, consulta popular y consulta vecinal con fines de demarcación territorial; Que mediante los documentos de vistos, la Sub Gerencia de Racionalización y Modernización de la Gerencia de Planificación y Presupuesto, determina que el proyecto de Reglamento RE-218-GRE/006 "Publicación de las Listas de Padrón Inicial" - Primera Versión, se ajusta a los lineamientos dispuestos en la Directiva DI200-GPP/001 "Lineamientos para la Formulación de los Documentos Normativos del RENIEC", Sexta Versión, aprobada por Resolución Secretarial N° 055-2017/SGEN/ RENIEC (28AGO2017); Que, asimismo la Sub Gerencia de Racionalización y Modernización de la Gerencia de Planificación y Presupuesto recomienda que se deje sin efecto la Resolución Jefatural N° 001072-2010/JNAC/RENIEC (21DIC2010) que aprobó la Guía de Procedimientos GP308-GOR/012 "Recojo de Actas de Defunción Duplicadas o de Reserva en las Oficinas de Registros del Estado Civil durante la actividad de Publicación de las Listas de Padrón Inicial", Segunda Versión; la Resolución Secretarial N° 000082-2013/SGEN/RENIEC (19NOV2013), que aprobó la Guía de Procedimientos GP-362-GRE/002 "Recojo de Actas de Defunción Duplicadas o de Reserva en las Oficinas de Registros del Estado Civil durante la actividad de Publicación de las Listas de Padrón Inicial", Primera Versión; y, la Resolución Secretarial N° 000066-2015/ SGEN/RENIEC (07AGO2015), que aprobó la Guía de Procedimientos GP-386-GRE/005 "Publicación de las Listas del Padrón Inicial y de la Actualización del Padrón Electoral", Primera Versión; Que conforme lo establecido en la Directiva DI200-GPP/001 "Lineamientos para la Formulación de

REGISTRO NACIONAL DE IDENTIFICACION Y ESTADO CIVIL
Aprueban el Reglamento RE-218-GRE/006 "Publicación de las Listas de Padrón Inicial" - Primera Versión
RESOLUCIÓN JEFATURAL Nº 163-2017-JNAC/RENIEC Lima, 23 de noviembre de 2017 VISTOS: Los Memorandos N° 000927-2017/GRE/RENIEC (17OCT2017) y N° 000993-2017/GRE/RENIEC (07NOV2017) emitidos por la Gerencia de Registro Electoral; los Informes N° 000203-2017/GRE/SGVDP/ RENIEC (17OCT2017) y N° 000216-2017/GRE/SGVDP/ RENIEC (07NOV2017), emitidos por la Sub Gerencia de Verificación Domiciliaria y Procesamiento de la Gerencia de Registro Electoral; el Memorando N° 004298-2017/ GPP/RENIEC (27OCT2017) emitido por la Gerencia de Planificación y Presupuesto; el Informe N° 0003362017/GPP/SGRM/RENIEC (27OCT2017) emitido por la Sub Gerencia de Racionalización y Modernización de la Gerencia de Planificación y Presupuesto; el Informe N° 000377-2017/GAJ/SGAJR/RENIEC (06NOV2017) y el Informe N° 000383-2017/GAJ/SGAJR/RENIEC (09NOV2017) emitidos por la Sub Gerencia de Asesoría Jurídica Registral de la Gerencia de Asesoría Jurídica, el Memorando N° 002909-2017/GAJ/RENIEC (06NOV2017) y la Hoja de Elevación N° 000621-2017/GAJ/RENIEC

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