Norma Legal Oficial del día 26 de noviembre del año 2017 (26/11/2017)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 11

El Peruano / Domingo 26 de noviembre de 2017

NORMAS LEGALES

11

predio afectado, contenida en el Informe N° 1231-2017MTC/20.4; Que, con Informes Nos. 1021 y 1216-2017-MTC/20.3, la Oficina de Asesoría Legal de PROVIAS NACIONAL concluye que de conformidad con lo dispuesto en la Ley y en merito a lo opinado por la Unidad Gerencial de Derecho de Vía, resulta legalmente viable la aprobación de la ejecución de expropiación del área del inmueble afectado y su respectivo valor de tasación; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legislativo N° 1192 y sus modificatorias, la Quinta Disposición Complementaria Final de la Ley N° 30025 y el Decreto Supremo Nº 021-2007-MTC; SE RESUELVE: Artículo 1.- Aprobación de la Ejecución de la Expropiación del Bien Inmueble y del Valor de la Tasación Aprobar la ejecución de la expropiación del área del inmueble afectado por la ejecución de la Obra: "Autopista del Sol (Trujillo ­ Chiclayo ­ Piura ­Sullana)", y el valor de la Tasación del mismo, conforme se detalla en el Anexo que forma parte integrante de la presente Resolución. Artículo 2.- Consignación del Valor de la Tasación Disponer que el Proyecto Especial de Infraestructura de Transporte Nacional ­ PROVIAS NACIONAL, consigne en el Banco de la Nación, el monto del valor de la Tasación a favor del Sujeto Pasivo de la expropiación, dentro de los diez (10) días hábiles siguientes de emitida la presente Resolución. Artículo 3.- Información Necesaria para Inscribir el Bien Inmueble a Favor del Beneficiario y Orden de Levantar toda Carga o Gravamen que contenga la Partida Registral 3.1 Disponer que el Proyecto Especial de Infraestructura de Transporte Nacional ­ PROVIAS NACIONAL, dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes de emitida la presente Resolución y notificada la consignación al Sujeto Pasivo, remita al Registro de Predios de la Oficina Registral correspondiente de la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos (SUNARP), la información señalada

en el artículo 30 del Decreto Legislativo Nº 1192, Decreto Legislativo que aprueba la Ley Marco de Adquisición y Expropiación de Inmuebles, Transferencia de Inmuebles de Propiedad del Estado, Liberación de Interferencias y dicta otras medidas para la Ejecución de Obras de Infraestructura, a efectos de inscribir el área expropiada del bien inmueble afectado a favor del beneficiario. 3.2 Disponer que el Registrador, bajo responsabilidad, proceda a levantar las cargas o gravámenes que existan sobre el bien inmueble; los acreedores pueden cobrar su acreencia con el valor de la Tasación pagado directamente o vía consignación al Sujeto Pasivo. Artículo 4.- Inscripción Registral del Bien Inmueble a Favor del Beneficiario Disponer que la Oficina Registral correspondiente de la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos (SUNARP) inscriba a favor del beneficiario el área expropiada del inmueble afectado, bajo responsabilidad y sanción de destitución. Artículo 5.- Notificación al Sujeto Pasivo Disponer que el Proyecto Especial de Infraestructura de Transporte Nacional ­ PROVIAS NACIONAL, notifique la presente Resolución al Sujeto Pasivo de la expropiación, conforme a lo dispuesto en el Decreto Legislativo Nº 1192, Decreto Legislativo que aprueba la Ley Marco de Adquisición y Expropiación de Inmuebles, Transferencia de Inmuebles de Propiedad del Estado, Liberación de Interferencias y dicta otras medidas para la Ejecución de Obras de Infraestructura, requiriéndole la desocupación y entrega del área expropiada del bien inmueble afectado dentro de un plazo máximo de diez (10) días hábiles siguientes de notificada la presente Resolución, de encontrarse el área del inmueble desocupado, o treinta (30) días hábiles de estar ocupado o en uso, bajo apercibimiento de iniciar el procedimiento de ejecución coactiva para el lanzamiento o toma de posesión del área del bien inmueble materia de expropiación. Regístrese, comuníquese y publíquese BRUNO GIUFFRA MONTEVERDE Ministro de Transportes y Comunicaciones

VALOR DE TASACIÓN CORRESPONDIENTE AL ÁREA DE UN (01) INMUEBLE AFECTADO POR LA EJECUCIÓN DE LA OBRA: "Autopista del Sol (Trujillo ­ Chiclayo ­ Piura ­Sullana)". No. SUJETO ACTIVO / BENEFICIARIO SUJETO PASIVO IDENTIFICACIÓN DEL BIEN INMUEBLE AFECTACIÓN: Parcial del Inmueble VALOR DE LA TASACIÓN (S/)

CÓDIGO: PAS-TC02-CAR-008

AREA AFECTADA: 2,762.69 m2

1

MINISTERIO DE TRANSPORTES Y COMUNICACIONES / PROVIAS NACIONAL

VICTORIA ZAVALETA DE CARRION

LINDEROS Y MEDIDAS COORDENADAS UTM DE VALIDEZ UNIVERSAL DEL PERIMÉTRICAS DEL INMUEBLE ÁREA AFECTADA Por el Norte: Canal Sintuco 22.15 m. WGS84 DISTANCIA VERTICES LADO Por el Sur: Canal 4.99, 15.34 m. (m) ESTE (X) NORTE (Y) Por el Este: Propiedad de terceros A A-B 22.15 699855.6833 9136422.2525 131.78 m. B B-C 131.78 699867.8069 9136440.7940 Por el Oeste: Panamericana Norte 4.87, 53.57, 70.20 m. C C-D 4.99 699977.1904 9136367.2920 D D-E 15.34 699974.3658 9136363.1745 E E-F 4.87 699963.5225 9136352.3267 F F-G 53.57 699959.0037 9136354.1363 G G-A 70.20 699914.7236 9136384.2802 24,864.21 PARTIDA REGISTRAL: N° 04028689 perteneciente a la Oficina Registral de Trujillo, Zona Registral N° V - Sede Trujillo. CERTIFICADO DE BUSQUEDA CATASTRAL: Expedido el 02 de marzo de 2016, por la Zona Registral N° V - Sede Trujillo, Oficina Registral de Trujillo. CERTIFICADO REGISTRAL INMOBILIARIO ­ Expedido el 14 de agosto de 2017 por la Zona Registral N° V - Sede Trujillo, Oficina Registral de Trujillo.

1590799-1

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.