Norma Legal Oficial del día 26 de noviembre del año 2017 (26/11/2017)


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TEXTO DE LA PÁGINA 13

El Peruano / Domingo 26 de noviembre de 2017

NORMAS LEGALES

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SE RESUELVE: Artículo 1.- Aprobación de la Ejecución de la Expropiación del Bien Inmueble y del Valor de la Tasación Aprobar la ejecución de la expropiación del área del inmueble afectado por la ejecución de la Obra: "Culminación de la Construcción de la Autopista Pimentel­ Chiclayo", y el valor de la Tasación del mismo, conforme se detalla en el Anexo que forma parte integrante de la presente Resolución. Artículo 2.- Consignación del Valor de la Tasación Disponer que el Proyecto Especial de Infraestructura de Transporte Nacional ­ PROVIAS NACIONAL, consigne en el Banco de la Nación, el monto del valor de la Tasación a favor del Sujeto Pasivo de la expropiación, dentro de los diez (10) días hábiles siguientes de emitida la presente Resolución. Artículo 3.- Información Necesaria para Inscribir el Bien Inmueble a Favor del Beneficiario y Orden de Levantar toda Carga o Gravamen que contenga la Partida Registral 3.1 Disponer que el Proyecto Especial de Infraestructura de Transporte Nacional ­ PROVIAS NACIONAL, dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes de emitida la presente Resolución y notificada la consignación al Sujeto Pasivo, remita al Registro de Predios de la Oficina Registral correspondiente de la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos (SUNARP), la información señalada en el artículo 30 del Decreto Legislativo Nº 1192, Decreto Legislativo que aprueba la Ley Marco de Adquisición y Expropiación de Inmuebles, Transferencia de Inmuebles de Propiedad del Estado, Liberación de Interferencias y dicta otras medidas para la Ejecución de Obras de Infraestructura, a efectos de inscribir el área expropiada del bien inmueble afectado a favor del beneficiario.

3.2 Disponer que el Registrador, bajo responsabilidad, proceda al levantamiento de toda carga o gravamen que contenga la Partida Registral respecto del área del inmueble afectado. Los acreedores pueden cobrar sus acreencias con el valor de la Tasación pagado directamente o vía consignación al Sujeto Pasivo. Artículo 4.- Inscripción Registral del Bien Inmueble a Favor del Beneficiario Disponer que la Oficina Registral correspondiente de la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos (SUNARP) inscriba a favor del beneficiario el área expropiada del inmueble afectado, bajo responsabilidad y sanción de destitución. Artículo 5.- Notificación al Sujeto Pasivo Disponer que el Proyecto Especial de Infraestructura de Transporte Nacional ­ PROVIAS NACIONAL, notifique la presente Resolución al Sujeto Pasivo de la expropiación, conforme a lo dispuesto en el Decreto Legislativo Nº 1192, Decreto Legislativo que aprueba la Ley Marco de Adquisición y Expropiación de Inmuebles, Transferencia de Inmuebles de Propiedad del Estado, Liberación de Interferencias y dicta otras medidas para la Ejecución de Obras de Infraestructura, requiriéndole la desocupación y entrega del área expropiada del bien inmueble afectado dentro de un plazo máximo de diez (10) días hábiles siguientes de notificada la presente Resolución, de encontrarse el área del inmueble desocupada, o treinta (30) días hábiles de estar ocupada o en uso, bajo apercibimiento de iniciar el procedimiento de ejecución coactiva para el lanzamiento o toma de posesión del área del bien inmueble materia de expropiación. Regístrese, comuníquese y publíquese BRUNO GIUFFRA MONTEVERDE Ministro de Transportes y Comunicaciones

ANEXO VALOR DE LA TASACIÓN DEL ÁREA DEL INMUEBLE AFECTADO POR LA EJECUCION DE LA OBRA: "CULMINACION DE LA CONSTRUCCION DE LA AUTOPISTA PIMENTEL - CHICLAYO" No. SUJETO ACTIVO / BENEFICIARIO SUJETO PASIVO CÓDIGO: PIM-008-S4 IDENTIFICACIÓN DEL BIEN INMUEBLE AREA AFECTADA: 1,023.70 m2 AFECTACIÓN: Parcial del Inmueble VALOR DE LA TASACIÓN (S/)

LINDEROS Y MEDIDAS PERIMÉTRICAS DEL ÁREA AFECTADA: COORDENADAS UTM DE VALIDEZ UNIVERSAL DEL · Por el Norte: Colinda con la Autopista INMUEBLE Pimentel - Chiclayo WGS84 · Por el Sur : Colinda con la P.E. 112118453. VERTICES LADO DISTANCIA (m) ESTE (X) NORTE (Y) · Por el Este: Colinda con la P.E. 02028626 estando de por medio de la Autopista P1 P1-P2 8.41 623872.8224 9249716.4693 Chiclayo - Pimentel. P2 P2-P3 2.36 623864.4353 9249717.0328 · Por el Oeste: Colinda con propiedad P3 P3-P4 10.06 623864.2190 9249714.6803 de terceros estando de por medio de la Carretera Chiclayo - Pimentel en linea P4 P4-P5 18.69 623862.3601 9249704.7975 quebrada recta de 05 tramos de 2.36 ml, MINISTERIO DE P5 P5-P6 37.99 623859.7511 9249686.2912 10.06 ml, 18.69 ml, 37.99 ml y 26.16 ml, TRANSPORTES P6 P6-P7 26.16 623857.2405 9249648.3795 UNIVERSIDAD haciendo una longitud total de 26.16 ml. Y P7 P7-P8 11.53 623855.1982 9249622.2969 SEÑOR DE PARTIDA REGISTRAL: N° 11035782 1 COMUNICAP8 P8-P9 95.00 623866.7135 9249621.6659 CIONES SIPAN S.A.C. perteneciente a la Oficina Registral de PROVIAS chiclayo - Zona Registral N° I Sede Piura. NACIONAL CERTIFICADO DE BÚSQUEDA CATASTRAL: Emitido con fecha 12.01.2017 ( Informe Tecnico N° 001452017-ZR N° II/OC-OR-CHICLAYO-U del 10.01.2017), expedido por la Oficina de Catastro de la Oficina Registral Chiclayo, Zona Registral N° II - Sede Chiclayo. CERTIFICADO REGISTRAL INMOBILIARIO: Emitido con fecha 05.01.2017, expedido por la Oficina de Catastro de la Oficina Registral Chiclayo, Zona Registral N° II - Sede Chiclayo.

651,073.20

1590799-2

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