Norma Legal Oficial del día 26 de noviembre del año 2017 (26/11/2017)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 26

26
Cantidad de muestras a extraer

NORMAS LEGALES

Domingo 26 de noviembre de 2017 /

El Peruano

48 horas después de haber recibido la información o la muestra solicitada. (...) 38. (...) Los informes antes indicados, deben ser emitidos dentro del plazo de 48 horas o de 72 horas en el caso de concentrados de minerales metalíferos, computados desde la recepción del expediente de revisión o ampliación por el funcionario aduanero designado o de la recepción de los resultados del análisis del laboratorio externo, según el caso. En caso se notifique al interesado, solicitando información adicional, el plazo se computa una vez recibida la información requerida. (...)

14. Las muestras de los productos que a continuación se detallan deben extraerse en las siguientes cantidades: Arancel (...) Mercancía

- Concentrados de minerales metalíferos: Muestra representativa y contramuestra, con un peso Capítulo 26 aproximado de 500g de concentrado seco, cada una. - Otros: En polvo o en trozos: 200 g (...) (...) Acta de Extracción/ Recepción de muestras y transcripción de etiquetas 16. (...) En los casos previstos en los párrafos sexto y séptimo del numeral 12 precedente, el funcionario aduanero formula el "Acta de Extracción de Muestras/Recepción y Transcripción de Etiquetas" en presencia del despachador de aduana, dueño o consignante al momento de la entrega de la muestra y de la contramuestra al área que administra el régimen. El despachador de aduana, el dueño, consignatario o consignante, debe especificar en el acta, con carácter de declaración jurada, lo siguiente: Los elementos pagables y penalizables de acuerdo al contrato de compra-venta internacional, considerando solo para fines referenciales la información especificada en el Anexo 7 "Elementos de los concentrados de minerales metalíferos"; excepto en el caso que dicha información se encuentre consignada en la Casilla 7.35 del Formato "A"Salida de mercancías de la Declaración Aduanera de Mercancías, para el caso de concentrados de minerales metalíferos que salen del país. (...) (...) Análisis físico químico 24. (...) Para el caso de muestras remitidas con memorando, el mencionado funcionario administrativo sella y visa el cargo respectivo. En caso que el envío de la muestra no estuviera conforme, se devuelve la muestra o la documentación, según corresponda al área de origen para las subsanaciones correspondientes de la misma manera como fuera remitido y realiza los registros correspondientes en el Módulo de Boletín Químico. (...) 28. Efectuado el análisis, el funcionario aduanero designado registra el informe químico en el Módulo de Boletín Químico, y el jefe lo revisa, dando su conformidad en el mismo módulo, en la opción: visar. De requerirse la impresión del informe químico, este es suscrito por el funcionario que lo emitió, el cual es visado por el jefe. (...) Resultados del análisis físico­químico 30. El plazo para la expedición del boletín químico es de 48 horas a partir de la recepción de la muestra por el Laboratorio Central, con excepción de los casos en que el despacho se encuentra interrumpido por acción de lo previsto en el numeral 2 del presente literal, supuesto en el cual el plazo es de 24 horas; y de 72 horas en el caso de concentrados de minerales metalíferos. En los casos que se haya solicitado literatura técnica, hoja de seguridad o muestra, el plazo para la expedición del boletín es de

Devolución de Muestras al Despachador de Aduana, Dueño o Consignatario 41. El plazo de conservación de la muestra es de cinco días hábiles siguientes al levante, dentro del cual el interesado puede solicitar su devolución, la que se debe realizar dentro de los cinco días hábiles contados a partir del día siguiente de la presentación de la solicitud. En el caso de muestras de concentrados de minerales metalíferos que salen del país, el interesado puede solicitar su devolución en el plazo de cinco días hábiles siguientes de emitido el boletín químico, la que se debe realizar dentro de los cinco días hábiles siguientes a la presentación de la solicitud." Artículo 2. Modificación de anexo al procedimiento específico "Reconocimiento Físico-Extracción y Análisis de Muestras" DESPA-PE.00.03 (versión 3) Modifícase el Anexo 1 "Acta de Extracción de Muestras y Transcripción de Etiquetas" de la sección XII del procedimiento específico "Reconocimiento FísicoExtracción y Análisis de Muestras" DESPA-PE.00.03 (versión 3), aprobado por Resolución de Superintendencia Nacional Adjunta de Aduanas N° 0061-2010/SUNAT/A y modificatorias, el que también es publicado en el portal web de la SUNAT (www.sunat.gob.pe). Artículo 3. Modificación de la Resolución de Intendencia Nacional N° 45-2016/5F0000 Modifícase el inciso b) de la Segunda Disposición Complementaria Final de la Resolución de Intendencia Nacional N° 45-2016/5F0000, modificada por la Resolución de Intendencia Nacional N° 2-2017/5F0000 conforme al siguiente texto: "b) La exigencia que la extracción de muestras sea realizada o supervisada por una entidad acreditada por el INACAL dispuesta en el numeral 12, del literal E, sección VII del procedimiento específico "Reconocimiento FísicoExtracción y Análisis de Muestras" DESPA.PE.00.03 entra en vigencia el 31 de mayo del 2018." Artículo 4. Vigencia La presente resolución entra en vigencia a los treinta días calendario contados a partir del día siguiente de su publicación, con excepción de las modificaciones contenidas en los numerales 12, 14, segundo y tercer párrafo del numeral 16, numeral 30 y tercer párrafo del numeral 38 del literal E, sección VII del procedimiento específico "Reconocimiento Físico- Extracción y Análisis de Muestras" DESPA.PE.00.03, que entran en vigencia el 31 de mayo del 2018 y el artículo 3 que entra en vigencia al día siguiente de su publicación. Regístrese, comuníquese y publíquese. ALFONSO IVAN LUYO CARBAJAL Intendente Nacional (e) Intendencia Nacional de Desarrollo e Innovación Aduanera Superintendencia Nacional Adjunta de Aduanas

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.