Norma Legal Oficial del día 19 de octubre del año 2017 (19/10/2017)


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TEXTO DE LA PÁGINA 44

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Tipo de multa Criterio de aplicación

NORMAS LEGALES
Multa unitaria Tj (UIT) Tipo 1 (T1) Tipo 2 (T2) Tipo 3 (T3) Tipo 4 (T4)

Jueves 19 de octubre de 2017 /

El Peruano

Tope Máximo (**) Fórmula de aplicación Tipo 1 Tipo 2 Tipo 3 Tipo 4

Item A

Tipificación

REGIMEN TARIFARIO YMETAS DE GESTIÓN No efectuar los desembolsos en fondos, reservas o cuentas bancarias dispuestos en la Resolución que aprueba la Estructura Tarifaria, Fórmula Tarifaria y Metas de Gestión o utilizar dichos recursos reservados para fines distintos a lo dispuesto en la referida resolución, salvo caso fortuito o fuerza mayor.

M = Multa unitaria Tj * Por cada S/. por mes hasta su 0.0014 desembolso o restitución 0.0016 0.0017 0.002 Monto de previsiones -----------------------------* 1000 Nro. Meses * F Variable Hasta Hasta Hasta Hasta 50 UIT 100 UIT 250 UIT 500 UIT

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Artículo 5º.- Modificar el artículo 108 del Reglamento de Calidad de la Prestación de los Servicios de Saneamiento, aprobado por Resolución de Consejo Directivo Nº 011-2007-SUNASS-CD, bajo los términos siguientes: "Artículo 108.- Formato Referencial e Información Mínima del Comprobante de Pago (...) Asimismo, el comprobante de pago debe precisar el monto por Mecanismos de Retribución por Servicios Ecosistémicos Hídricos­MRSE Hídricos que corresponde pagar a cada usuario, en función a lo determinado en la resolución tarifaria e informar que los MRSE Hídricos permiten la conservación, restauración o uso sostenible de los ecosistemas que proveen de agua para la prestación de los servicios de saneamiento" Artículo 6º.- Modificar el anverso del Anexo Nº 3 del Reglamento de Calidad de la Prestación de los Servicios de Saneamiento, aprobado por Resolución de Consejo Directivo Nº 011-2007-SUNASS-CD, el cual se presenta como anexo 2 y forma parte integrante de la presente resolución. Artículo 7º.- Disponer la publicación de la presente resolución en el diario oficial El Peruano, la cual entra en vigencia al día siguiente de su publicación. Artículo 8º.- Disponer la difusión de la presente resolución, exposición de motivos, Informe Nº 018-2017-SUNASS-100 y matriz de comentarios en el portal institucional de la SUNASS www.sunass.gob.pe. Regístrese, publíquese y difúndase. IVÁN LUCICH LARRAURI Presidente del Consejo Directivo ANEXO 1 DE LA RCD 045-2017-SUNASS-CD DIRECTIVA SOBRE MECANISMOS DE RETRIBUCIÓN POR SERVICIOS ECOSISTÉMICOS HÍDRICOS­ MRSE HÍDRICOS CAPÍTULO I DISPOSICIONES GENERALES Artículo 1.- OBJETO La presente Directiva tiene como objeto que las Empresas Prestadoras de Servicios de Saneamiento ­ Empresas Prestadoras­ cuenten con el marco normativo necesario para: 1.1. Diseñar Mecanismos de Retribución por Servicios Ecosistémicos Hídricos ­ MRSE Hídricos. 1.2. Incorporar los MRSE Hídricos en los Planes Maestros Optimizados (PMO) de las Empresas Prestadoras y su reconocimiento en la tarifa por los servicios de saneamiento. 1.3. Ejecutar los MRSE Hídricos.

Artículo 2.- ALCANCE La presente normativa es de aplicación obligatoria a todas las Empresas Prestadoras, en su calidad de Retribuyentes, sean públicas de accionariado estatal, públicas de accionariado municipal, privadas o mixtas, que se encuentren o no en el Régimen de Apoyo Transitorio ­ RAT. La presente Directiva no es de alcance a las Empresas Prestadoras que actúan como Contribuyentes, en cuyo caso resulta de aplicación la Ley de Mecanismos de Retribución por Servicios Ecosistémicos ­ Ley Nº 30215 y su Reglamento. Artículo 3.-BASE LEGAL 3.1 Decreto Legislativo Nº 1280 que aprueba la Ley Marco de la Gestión y Prestación de los Servicios de Saneamiento. 3.2 Decreto Supremo Nº 019-2017-VIVIENDA que aprueba el Reglamento de la Ley Marco de la Gestión y Prestación de los Servicios de Saneamiento. 3.3 Ley Nº 30215 que aprueba la Ley de Mecanismos de Retribución por Servicios Ecosistémicos. 3.4 Decreto Supremo Nº 009-2016-MINAM que aprueba el Reglamento de la Ley de Mecanismos de Retribución por Servicios Ecosistémicos. 3.5 Decreto Legislativo Nº 1252 que crea el Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones y deroga la Ley Nº 27293, Ley del Sistema Nacional de Inversión Pública. 3.6 Decreto Supremo Nº 027-2017-EF que aprueba el Reglamento del Decreto Legislativo Nº 1252 que crea el Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones y deroga la Ley Nº 27293, Ley del Sistema Nacional de Inversión Pública. 3.7 Ley Nº 30225 que aprueba la Ley de Contrataciones del Estado. 3.8 Decreto Supremo Nº 350-2015-EF que aprueba el Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado 3.9 Resolución de Consejo Directivo Nº 009-2007-SUNASS-CD que aprueba el Reglamento General de Tarifas y sus modificatorias. 3.10 Resolución de Consejo Directivo Nº 003-2007-SUNASS-CD que aprueba el Reglamento General de Supervisión, Fiscalización y Sanción de las EPS y sus modificatorias. 3.11 Resolución de Consejo Directivo Nº 016-2014-SUNASS-CD que aprueba el Procedimiento para incorporar en el periodo regulatorio vigente proyectos de inversión y mecanismos de retribución por servicios ecosistémicos no incluidos en la fórmula tarifaria y sus modificatorias. 3.12 Directiva Nº 003-2017-EF/63.01 aprobada por Resolución Directoral Nº 005-2017-EF/63.01, que aprueba la Directiva para la ejecución de inversión pública en el marco del Sistema de Programación Multianual y Gestión de Inversiones. Artículo 4.- DEFINICIONES 4.1 Acuerdo de MRSE Hídrico: Es la manifestación de voluntad del Contribuyente y Retribuyente (Empresa

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