Norma Legal Oficial del día 02 de septiembre del año 2017 (02/09/2017)


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TEXTO DE LA PÁGINA 55

El Peruano / Sábado 2 de setiembre de 2017

NORMAS LEGALES

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a los arbitrios municipales; asimismo desean cancelar las multas que le fueron impuestas y que se encuentran en cobranza regular y/o en proceso de cobranza coactiva; Que, estando a lo dispuesto por la Primera Disposición Final de la Ordenanza Municipal Nº 372-A/MDC y las facultades conferidas en el Art. 42º de la Ley Nº 27972 - Ley Orgánica de Municipalidades; y, con el visto bueno de los Gerentes de Administración Tributaria, Asesoría Jurídica, y del Gerente Municipal; SE DECRETA: Artículo Primero.- PRORROGAR hasta el 30 DE SETIEMBRE DE 2017, el beneficio establecido en la Ordenanza Municipal Nº 372-A/MDC. Artículo Segundo.- El presente Decreto de Alcaldía entrará en vigencia al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial El Peruano, siendo obligación de la Gerencia Municipal, Gerencia de Administración Tributaria y de las unidades orgánicas que la conforman dar cumplimiento a la presente, así como de la Sub-Gerencia de Informática. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. RAFAEL MARCELO ALVAREZ ESPINOZA Alcalde 1560748-1

Disposición Transitoria, Complementaria y Final se indica que mediante el Reglamento se podrán incorporar otras vías; Que, mediante Decreto de Alcaldía Nº 008-2017ALC/MSI publicado el 18 de abril de 2017, se aprobó el Reglamento de la Ordenanza Nº 448-MSI que regula el uso y tiempo de los espacios de estacionamientos públicos en el distrito de San Isidro, y se incorporó al ámbito de aplicación de la Ordenanza Nº 448-MSI, secciones de otras vías; Que, mediante los documentos del visto la Gerencia de Seguridad Ciudadana y Gestión de Riesgo de Desastres, conforme a lo indicado por la Subgerencia de Tránsito, propone la modificación del Decreto de Alcaldía Nº 0082017-ALC/MSI a fin de incorporar nuevas vías del distrito al ámbito de aplicación de la Ordenanza Nº 448-MSI, y la modificación del Reglamento de la citada Ordenanza respecto al horario autorizado y el tiempo límite de uso de las vías autorizadas para el estacionamiento público en el distrito de San Isidro; Que, estando a lo opinado por la Gerencia de Asesoría Jurídica mediante Informe Nº 0469-2017-0400-GAJ/MSI; y, En uso de las facultades conferidas por el numeral 6 del artículo 20º y los artículos 39º y 42º de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 27972 y modificatorias; DECRETA: Artículo Primero.- MODIFICAR el Artículo Segundo del Decreto de Alcaldía Nº 008-2017-ALC/MSI, el mismo que quedará redactado de la siguiente manera: "Artículo Segundo.- INCORPORAR al ámbito de aplicación de la Ordenanza Nº 448-MSI y del Reglamento aprobado en el artículo precedente, las siguientes vías conforme al siguiente detalle: Vía Av. Los Conquistadores Altura Av. del Parque Sur Av. República de Colombia Av. Álvarez Calderón Calle Los Petirrojos Calle Las Camelias Vía Auxiliar de Av. República de Panamá Av. Guardia Civil Calle 21 Vía Auxiliar Av. Paseo de La República Vía Auxiliar de Av. Javier Prado Este Calle Paillardelle Calle Manuel Bañon Calle Pancho Fierro Av. Los Incas Av. Camino Real Calle Los Eucaliptos Calle Los Laureles Calle Santa Luisa Av. 2 de Mayo Av. Jorge Basadre Calle Los Nogales Av. Santa Cruz Av. Felipe Pardo y Aliaga Calle Víctor Maurtua Cuadra 3 a la 6 1 1 2 3 2y3 29 a la 36 7 9 30 2 a la 3 1 2 1 1 1, 12 5 a la 6 1 1y2 5, 6, 7, 14 y 15 1 1 5 6 1 Nº de espacios de estacionamiento 63 56 38 38 55 12 368 8 5 13 29 12 16 4 7 25 86 11 17 43 9 10 34 22 6

MUNICIPALIDAD DE SAN ISIDRO
Modifican D.A N° 008-2017-ALC/MSI
DECRETO DE ALCALDÍA Nº 017-2017-ALC/MSI San Isidro, 28 de agosto de 2017 EL ALCALDE DE SAN ISIDRO VISTOS: El Informe Nº 184-2017-14.20-ST-GSCGRD/ MSI de la Subgerencia de Tránsito y el Informe Nº 270-2017-14.0.0.GSCGRD/MSI de la Gerencia de Seguridad Ciudadana y Gestión de Riesgo de Desastres; y, CONSIDERANDO: Que, el artículo 194º de la Constitución Política del Perú indica que las municipalidades provinciales y distritales son los órganos de gobierno local con autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; la misma que, conforme el artículo II del Título Preliminar de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico; Que, los artículos 40º y 42º de la citada Ley Orgánica establecen que las ordenanzas de las municipalidades provinciales y distritales, en la materia de su competencia, son las normas de carácter general de mayor jerarquía en la estructura normativa municipal, por medio de las cuales se aprueba las materias en las que la municipalidad tiene competencia normativa, y que los decretos de alcaldía establecen normas reglamentarias y de aplicación de las ordenanzas; Que, mediante Ordenanza Nº 448-MSI, publicada el 25 de enero de 2017 en el diario oficial "El Peruano", se aprobaron disposiciones para regular el horario y el tiempo para el uso de los espacios de estacionamiento público en determinadas vías del distrito de San Isidro con el fin de racionalizar y optimizar el uso del espacio público por los conductores y/o propietarios de los vehículos; estableciéndose en su Primera Disposición Transitoria, Complementaria y Final, que las ubicaciones, señalización y demás disposiciones complementarias a dicha norma referidas a los horarios y espacios para el uso de estacionamiento en vías públicas del distrito serán determinadas en el Reglamento, así como, en su Octava

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