Norma Legal Oficial del día 02 de septiembre del año 2017 (02/09/2017)


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TEXTO DE LA PÁGINA 51

El Peruano / Sábado 2 de setiembre de 2017

NORMAS LEGALES

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Articulo 6º.- De la Publicación DISPONER la publicación de la presente Ordenanza Regional tanto en el Diario Oficial "El Peruano", como en el Diario de Avisos Judiciales "La República"; en ese sentido, se encarga a la Oficina de Planeamiento y Desarrollo Institucional del Ejecutivo Regional que, una vez publicada en el Diario Oficial, inmediatamente, ésta se publique en la página web institucional, de conformidad con lo regulado en el artículo 9 del Decreto Supremo N° 001-2009-JUS. DISPOSICIÓN TRANSITORIA Primero.- ENCARGAR a la Secretaría Técnica la instalación del Comité Multisectorial en plazo no mayor 15 días hábiles, a partir de la publicación de la presente ordenanza. Comuníquese a la señorita Gobernadora del Gobierno Regional de Arequipa para su promulgación. En Arequipa, a los dieciocho días del mes de julio del 2017. ABELINO I. RONCALLA QUISPE Presidente del Consejo Regional de Arequipa POR TANTO: Mando se publique y cumpla.

En Arequipa, a los ocho días del mes de agosto del 2017. ABELINO I. RONCALLA QUISPE Presidente del Consejo Regional de Arequipa POR TANTO: Mando se publique y cumpla Dada en la Sede Central del Gobierno Regional de Arequipa, a los veintiún días del mes de agosto del dos mil diecisiete. YAMILA OSORIO DELGADO Gobernadora del Gobierno Regional Arequipa 1560363-1

Modifican la Ordenanza N° 361-AREQUIPA mediante la cual se promueve acciones de fiscalización y concientización en rechazo de los delitos aduaneros y piratería en la Región Arequipa
ORDENANZA REGIONAL Nº 379-AREQUIPA El Consejo Regional de Arequipa

Dada en la Sede Central del Gobierno Regional de Arequipa, a los treinta y un días del mes de julio del dos mil diecisiete. YAMILA OSORIO DELGADO Gobernadora del Gobierno Regional Arequipa 1560362-1

Ha aprobado la Ordenanza Regional siguiente: CONSIDERANDO: Estando a las consideraciones desarrolladas en la Exposición de Motivos y en ejercicio de las atribuciones que le confieren la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, Ley N.º 27867, sus modificatorias y el Reglamento Interno del Consejo Regional. Se ha aprobado la siguiente ordenanza: ORDENANZA REGIONAL QUE MODIFICA LOS ARTÍCULOS 1º Y 2º DE LA ORDENANZA REGIONAL N° 361-AREQUIPA, MEDIANTE LA CUAL SE PROMUEVE ACCIONES DE FISCALIZACIÓN Y CONCIENTIZACIÓN EN RECHAZO DE LOS DELITOS ADUANEROS Y PIRATERÍA EN LA REGIÓN AREQUIPA. Articulo 1°.- MODIFÍQUESE los artículos 1º y 2° de la Ordenanza Regional N° 361-AREQUIPA, los cuales quedarán redactados de la siguiente manera: "Articulo 1.-DECLARAR DE INTERES REGIONAL la lucha contra los delitos aduaneros y la piratería, con tal objeto se instituye como política regional la promoción y difusión de spots publicitarios, mensajes y acciones de sensibilización y concientización con contenidos orientados al rechazo de los delitos aduaneros y piratería en las salas de espera de las instituciones públicas y privadas a nivel regional. Para el caso de las instituciones privadas se entenderá que la exigencia de difundir el material al que se refiere el párrafo anterior, deberá efectuarse en terminales terrestres, aeropuertos, salas de cine u otras que podrán ser incorporadas por Decreto Regional. Encárguese a las Gerencias Regionales de Producción, Educación, Transporte y Comunicaciones las acciones de control que correspondan". "Articulo 2.- DISPONER que las Empresas de Transporte Interprovincial de Pasajeros de la Región Arequipa en forma obligatoria difundan los spots publicitarios, mensajes con contenidos orientados al rechazo de los delitos aduaneros y piratería que serán proporcionados por la Secretaria Técnica de la Comisión de Lucha contra los Delitos Aduaneros y la Piratería". Articulo 2°.- ENCARGAR al Órgano Ejecutivo adoptar las medidas necesarias para la implementación de lo dispuesto en la presente Ordenanza Regional.

Derogan la Ordenanza Regional N° 121-AREQUIPA y su modificatoria Ordenanza Regional N° 140-AREQUIPA
ORDENANZA REGIONAL Nº 378-AREQUIPA El Consejo Regional de Arequipa Ha aprobado la Ordenanza Regional siguiente: CONSIDERANDO: Estando a las consideraciones desarrolladas en la Exposición de Motivos y en ejercicio de las atribuciones que le confieren la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, Ley Nº 27867, sus modificatorias y el Reglamento Interno del Consejo Regional. Se ha aprobado la siguiente ordenanza: ORDENANZA REGIONAL QUE DEROGA LA ORDENANZA REGIONAL N° 121-AREQUIPA ASI COMO SU MODIFICATORIA DISPUESTA POR ORDENANZA REGIONAL N° 140-AREQUIPA Articulo 1°.- DEROGAR en su integridad la Ordenanza Regional N° 121-AREQUIPA, así como su modificatoria dispuesta por Ordenanza Regional N° 140-AREQUIPA. Articulo 2°.- PRECISAR que en mérito de tal derogación queda levantada la reserva de Áreas dispuesta por el artículo 2° de la mencionada Ordenanza Regional N° 121-AREQUIPA. Articulo 3°.- ESTABLECER que la presente Ordenanza entrará en vigencia al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial "El Peruano" Comuníquese a la señorita Gobernadora del Gobierno Regional de Arequipa para su promulgación.

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