Norma Legal Oficial del día 02 de septiembre del año 2017 (02/09/2017)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 53

El Peruano / Sábado 2 de setiembre de 2017

NORMAS LEGALES

53

realizadas durante el viaje autorizado dentro de los 15 días calendarios siguientes a su culminación. Cuarto.- NOTIFICAR el presente Acuerdo Regional a la Gobernadora Regional de Arequipa, al Gerente General y al Consejero Regional James Posso Sánchez. POR TANTO: Regístrese y cúmplase. ABELINO I. RONCALLA QUISPE Presidente del Consejo Regional 1560361-1

GOBIERNO REGIONAL DE TUMBES
Aprueban Cuadro para Asignación de Personal CAP Provisional de la Dirección Regional de Educación de Tumbes
ORDENANZA REGIONAL Nº 006-2017-GOB. REG. TUMBES-CR-CD EL CONSEJO REGIONAL TUMBES HA APROBADO LA ORDENANZA REGIONAL SIGUIENTE: POR CUANTO: El Consejo Regional del Gobierno Regional Tumbes de conformidad con lo previsto en la Constitución Política del Perú de 1993, modificado por la Ley de Reforma Constitucional del Capítulo XIV del Título IV, sobre Descentralización Ley Nº 27680, Ley de Bases de Descentralización Ley Nº 27783, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales Ley Nº 27867, sus modificatorias, y demás normas complementarias. CONSIDERANDO: De conformidad con el Artículo 191º de la Constitución Política del Estado, modificada por la Ley de la Reforma Constitucional sobre Descentralización aprobada mediante Ley Nº 30305, establece que : "Las regiones tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia. Coordinan con las municipalidades sin interferir sus funciones y atribuciones"; De conformidad con el Inciso 1 del Art. 192º de la Constitución Política del Perú modificada por Ley de Reforma Constitucional del Capítulo XIV del Título IV sobre Descentralización Ley Nº 27680, que establece, que los gobiernos regionales son competentes para aplicar su organización interna y su presupuesto; De conformidad con la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales en su Art. 15º, incisos a) prescribe que el Consejo Regional tiene la atribución de aprobar, modificar o derogar las normas que regulen o reglamenten los asuntos y materias de competencia y funciones del Gobierno Regional; De conformidad con el literal f) del numeral 4.3 de la Directiva Nº 002-2015-SERVIR/GPGSC sobre "NORMAS PARA LA GESTIÓN DEL PROCESO DE ADMINISTRACIÓN DE PUESTOS, Y ELABORACIÓN Y APROBACIÓN DEL CUADRO DE PUESTOS DE LA ENTIDAD -- CPE" aprobado por Resolución de Presidencia Ejecutiva Nº 304-2015-SERVIR/PE, modificada por Resolución de Presidencia Ejecutiva Nº 057-2016-SERVIR-PE, señala que el Cuadro para Asignación de Personal Provisional, viene a ser un documento de gestión de carácter temporal que contiene los cargos definidos y aprobados de la entidad, sobre la base de su estructura orgánica vigente prevista en su ROF o Manual de Operaciones, según corresponda, cuya finalidad es viabilizar la operación de las entidades públicas durante la etapa de transición del sector público al Régimen del Servicio Civil previsto en la Ley Nº 30057 y en tanto se reemplace el CAP y PAP por el CPE;

Que, acotada Directiva en el numeral 7.5, del Artículo 7º establece en su segundo párrafo, que el CAP Provisional sólo se puede aprobar en tanto la entidad pública no haya aprobado el CPE y se encuentre dentro de los supuestos establecidos en el numeral 1 del Anexo Nº 4 de citada Directiva, del cual en el supuesto 1.2, se prescribe, que las entidades exceptuadas de las prohibiciones de ingreso, nombramiento, designación y contratación previstas en la Ley Anual de Presupuesto del Sector Público u otra norma nacional con rango de ley, podrán hacer ajustes a su CAP, con la aprobación de un CAP Provisional, respetando las limitaciones establecidas en la Ley Anual de Presupuesto del Sector Público. En este contexto de excepción, de igual manera esta entidad podrá hacer ajustes a su CAP Provisional en el año fiscal; Que, en el mismo Anexo Nº 4, numeral 3.1 y 4.1 de la Directiva, establece que antes que una Entidad proceda a aprobarla, previamente el SERVIR debe emitir un informe de aprobación, previo el análisis del procedimiento establecido en la Directiva en cuestión y dentro de las funciones establecidas en sus documentos de gestión institucional; Que, asimismo en el numeral 1.3 del mismo Anexo, se detalla que se podrá ajustar hasta por un máximo del 5% del total de cargos, considerados en condición de PREVISTOS. Que, el Cuadro de Asignación de Personal Provisional se ha formulado una vez aprobado y en vigencia el Reglamento de Organización y Funciones de la entidad, tal es así que mediante la Ordenanza Regional Nº 008-2014-GOB. REG. TUMBES-CR, publicada el 25 de octubre del 2014, se aprobó el Reglamento de Organización y Funciones - ROF del Pliego Gobierno Regional Tumbes; Que, en ese contexto, mediante el Oficio Nº 029-2017-SERVIR/PE, del 17 de enero del 2017, el Presidente Ejecutivo de la Autoridad Nacional del Servicio Civil alcanza al Director Regional de Educación de Tumbes el Informe Nº 007-2017-SERVIR/GDSRH, del 16 de enero del 2017, del Gerente (e) de Desarrollo del Sistema de Recursos Humano del SERVIR con el cual se emite la Opinión Técnica favorable respecto del CAP Provisional de la Dirección Regional de Educación de Tumbes; Que, mediante el Oficio Nº 803-2017/GOB. REG. TUMBES-DRET-OPE-RACII-D, del 23 de mayo del 2017, la Directora Regional de Educación de Tumbes alcanza al Gerente Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial del Gobierno Regional de Tumbes el CAP Provisional de la Dirección Regional de Educación de Tumbes, para que sea remitido al Consejo Regional para su aprobación a través de Ordenanza Regional; Que, en el marco de la normatividad legal vigente y contando con los documentos técnicos y legales respectivos que sustentan la formulación del CAP Provisional de la Dirección Regional de Educación de Tumbes, la Comisión Ordinaria de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial ha formula el Dictamen Nº 004-2017 "Aprobación del Cuadro para Asignación de Personal CAP Provisional de la Dirección Regional de Educación de Tumbes", con el cual recomendó al Pleno del Consejo Regional de Tumbes aprobar el CAP Provisional de la Dirección Regional de Educación de Tumbes, el mismo que cuenta con 58 cargos, entre 55 ocupados y 03 previstos; Que, en Sesión Ordinaria Nº 05, del 09 de junio del 2017, se aprobó con Acuerdo de Consejo Regional, el Dictamen Nº 004-2017 "Aprobación del Cuadro para Asignación de Personal CAP Provisional de la Dirección Regional de Educación de Tumbes"; De conformidad, con la Constitución Política del Estado, en uso de las atribuciones conferidas por la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales Art. 37º inciso a) de la Ley Nº 27867; HA DADO LA ORDENANZA REGIONAL SIGUIENTE: Artículo Primero.- APROBAR el "Cuadro para Asignación de Personal CAP Provisional de la Dirección Regional de Educación de Tumbes", el mismo que cuenta con el siguiente Resumen Cuantitativo:

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.