Norma Legal Oficial del día 22 de septiembre del año 2017 (22/09/2017)


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TEXTO DE LA PÁGINA 33

El Peruano / Viernes 22 de setiembre de 2017

NORMAS LEGALES

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Delegar en el/la Director/a de la Oficina de Abastecimiento de la Oficina General de Administración, respecto de la Unidad Ejecutora 001: Ministerio de Transportes y Comunicaciones, las facultades siguientes: a) Aprobar la subcontratación de prestaciones hasta por el máximo permitido en la normativa de contrataciones del Estado. b) Expedir a los contratistas de bienes, servicios y obras las constancias de prestación que soliciten. c) Representación legal de la entidad para suscribir y resolver contratos de bienes, servicios u obras cuyos montos de contratación sean iguales o inferiores a ocho (8) UIT y suscribir sus respectivas adendas, así como aprobar las ampliaciones de plazo de los mismos. d) Poner en conocimiento del Tribunal de Contrataciones del Estado la existencia de indicios de la comisión de una infracción por parte de los proveedores, participantes, postores, contratistas, expertos independientes y otros, que pudieran dar lugar a la aplicación de sanciones". Artículo 5.- Modificación del artículo 12 de la Resolución Ministerial N° 484-2017 MTC/01. Modificar el artículo 12 de la Resolución Ministerial N° 484-2017 MTC/01, el cual queda redactado de la siguiente manera: "Artículo 12.- Delegación de facultades en el Director/a Ejecutivo/a del Proyecto Especial de Infraestructura de Transporte Nacional - PROVIAS NACIONAL Unidad Ejecutora 007, en el/la Director/a Ejecutivo/a del Proyecto Especial de Infraestructura de Transporte Descentralizado PROVIAS DESCENTRALIZADO Unidad Ejecutora 010, en el/ la Director/a Ejecutivo/a de la Autoridad Autónoma del Sistema Eléctrico de Transporte Masivo de Lima y Callao - AATE Unidad Ejecutora 012, y en el Secretario Técnico del Fondo de Inversión en Telecomunicaciones - FITEL Unidad Ejecutora 11. Delegar en el Director/a Ejecutivo/a del Proyecto Especial de Infraestructura de Transporte Nacional PROVIAS NACIONAL Unidad Ejecutora 007, en el/ la Director/a Ejecutivo/a del Proyecto Especial de Infraestructura de Transporte Descentralizado - PROVIAS DESCENTRALIZADO Unidad Ejecutora 010, y en el/ la Director/a Ejecutivo/a de la Autoridad Autónoma del Sistema Eléctrico de Transporte Masivo de Lima y Callao - AATE Unidad Ejecutora 012, y en el Secretario Técnico del Fondo de Inversión en Telecomunicaciones - FITEL Unidad Ejecutora 11, las facultades siguientes: a) Aprobar los Expedientes de Contratación para la contratación de bienes, servicios (incluidos servicios en general, servicios de consultoría en general y servicios de consultoría de obras) y/u obras, de todos los tipos de procedimientos de selección. b) Designar los Comités de Selección que tendrán a su cargo la conducción de los procedimientos de selección distintos a Licitaciones Públicas y Concursos Públicos. Adicionalmente respecto de la Unidad Ejecutora 007 Provias Nacional en las Licitaciones Públicas y Concursos Públicos cuyos valores referenciales sean menores a S/ 20´000,000.00. c) Aprobar los Documentos del Procedimiento de Selección para la contratación de bienes, servicios (incluidos servicios en general, servicios de consultoría en general y servicios de consultoría de obras) y/u obras. d) Suscribir convenios para realizar un Procedimiento de Selección empleando la figura de la Compra Corporativa Facultativa para la contratación de bienes y servicios general. e) Suscribir convenios para encargar a otra entidad pública, la realización de las actuaciones preparatorias y del Procedimientos de Selección que corresponda, para la contratación de bienes, servicios (incluidos servicios en general, servicios de consultoría en general y servicios de consultoría de obras) y/u obras. f) Cancelar los Procedimientos de Selección para la contratación de bienes, servicios (incluidos servicios en general, servicios de consultoría en general y servicios de consultoría de obras) y/u obras.

g) Aprobar prestaciones adicionales en contratos de bienes y/o servicios (incluidos servicios en general, servicios de consultoría en general y servicios de consultoría de obras). h) Aprobar reducciones de prestaciones en contratos de bienes y/o servicios (incluidos servicios en general, servicios de consultoría en general y servicios de consultoría de obras) y/u obras. i) Suscribir contratos de bienes, servicios (incluidos servicios en general, servicios de consultoría en general y servicios de consultoría de obras) y/u obras. j) Resolver las solicitudes de ampliación de plazo contractual en contratos de bienes, servicios (incluidos servicios en general, servicios de consultoría en general y servicios de consultoría de obras) y/u obras. k) Suspender del plazo de ejecución de contratos de obras. l) Aprobar las contrataciones directas en los supuestos previstos en los literales e), g), j), k), l) y m) del artículo 27 de la Ley de Contrataciones del Estado. m) Designar a los titulares y suplentes del manejo de las cuentas bancarias de sus respectivas Unidades Ejecutoras. n) Aprobar y/o modificar el Plan Anual de Contrataciones. o) Aprobar y suscribir los acuerdos a que se refiere el numeral 5.2 del artículo 5 del Decreto Legislativo N° 1192, Decreto Legislativo que aprueba la Ley Marco de Adquisición y Expropiación de inmuebles, transferencia de inmuebles de propiedad del Estado, liberación de Interferencias y dicta otras medidas para la ejecución de obras de infraestructura p) Aprobar el proceso de estandarización para las contrataciones de bienes/o servicios en general. q) Aprobar la asignación suficiente de recursos en el supuesto que superen el valor referencial, para la contratación de bienes, servicios (incluidos servicios en general y servicios de consultoría en general y servicios de consultoría de obras) y/u obras. r) Autorizar y suscribir las contrataciones complementarias para bienes y servicios acorde con lo establecido en la normativa de contrataciones del Estado. Exclúyase al Fondo de Inversión en Telecomunicaciones - FITEL Unidad Ejecutora 11, de lo señalado en los literales a), b), n) y o) del presente artículo; al Proyecto Especial de Infraestructura de Transporte Nacional - PROVIAS NACIONAL Unidad Ejecutora 007 y a la Autoridad Autónoma del Sistema Eléctrico de Transporte Masivo de Lima y Callao - AATE Unidad Ejecutora 012 de lo señalado en el literal o) del presente artículo. Artículo 6.- Modificación del artículo 13 de la Resolución Ministerial N° 484-2017 MTC/01. Modificar el artículo 13 de la Resolución Ministerial N° 484-2017 MTC/01, el cual queda redactado de la siguiente manera: "Artículo 13.- Delegación de facultades en el Director/a Ejecutivo/a del Proyecto Especial de Infraestructura de Transporte Nacional - PROVIAS NACIONAL Unidad Ejecutora 007. Delegar en el Director/a Ejecutivo/a del Proyecto Especial de Infraestructura de Transporte Nacional PROVIAS NACIONAL Unidad Ejecutora 007 en el ámbito de su competencia, las facultades siguientes: a) Aprobar el valor total de la tasación y el pago, incluyendo el incentivo cuyos montos no superen el S/ 1´000,000.00, para la adquisición de los inmuebles necesarios para la ejecución de las obras de infraestructura, conforme a lo dispuesto en el literal a. del numeral 20.4 del artículo 20 del Decreto Legislativo N° 1192, que aprueba la Ley Marco de Adquisición y Expropiación de Inmuebles, Transferencia de Inmuebles de Propiedad del Estado, Liberación Interferencias y dicta otras medidas para la ejecución de Obras de Infraestructura. b) Aprobar el valor de tasación y el pago, de las mejoras encontradas en el inmueble y los gastos de traslado a los ocupantes o poseedores que no cumplan

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