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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 25 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2017 (25/09/2017)

CANTIDAD DE PAGINAS: 24

TEXTO PAGINA: 2

2 NORMAS LEGALES Lunes 25 de setiembre de 2017 / El Peruano PODER EJECUTIVO PRODUCE Designan Directora General de la Dirección General de Políticas y Análisis Regulatorio del Despacho Viceministerial de MYPE e Industria RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 441-2017-PRODUCE Lima, 22 de setiembre de 2017CONSIDERANDO:Que, se encuentra vacante el cargo de Director/a General de la Dirección General de Políticas y Análisis Regulatorio del Despacho Viceministerial de MYPE e Industria del Ministerio de la Producción, siendo necesario designar a la persona que ejercerá dicho cargo; De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley N° 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos; el Decreto Legislativo N° 1047, Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de la Producción y modi fi catorias; y el Decreto Supremo N° 002-2017-PRODUCE, que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de la Producción y modi fi catoria; SE RESUELVE:Artículo Único.- Designar a la señora Mercedes Govea Requena de Chau en el cargo de Directora General de la Dirección General de Políticas y Análisis Regulatorio del Despacho Viceministerial de MYPE e Industria del Ministerio de la Producción. Regístrese, comuníquese y publíquese.PEDRO C. OLAECHEA ÁLVAREZ-CALDERÓN Ministro de la Producción 1568905-4 TRANSPORTES Y COMUNICACIONES Aprueban Manual de Seguridad Vial RESOLUCIÓN DIRECTORAL N° 05-2017-MTC/14 Lima, 1 de agosto del 2017 CONSIDERANDO: Que, el artículo 16° de la Ley N° 27181-Ley General del Transporte y Tránsito Terrestre establece que el Ministerio de Transportes y Comunicaciones, es el órgano rector a nivel nacional en materia de transporte y tránsito terrestre, teniendo, entre otras, competencias normativas; Que, en el marco de los alcances de dicha ley, por Decreto Supremo Nº 034-2008-MTC se aprobó el Reglamento Nacional de Gestión de Infraestructura Vial, el cual ha señalado en el Numeral 4.1 de su artículo 4°, que el Ministerio de Transportes y Comunicaciones, a través de la Dirección General de Caminos y Ferrocarriles, es la autoridad competente para dictar las normas correspondientes a la gestión de la infraestructura vial, fi scalizar su cumplimiento e interpretar las normas técnicas contenidas en dicho reglamento. Asimismo, el artículo 19°, en concordancia con la Primera Disposición Complementaria Final de la misma norma, señala que este Ministerio, a través de la Dirección General de Caminos y Ferrocarriles, elabora, actualiza y aprueba los manuales para la gestión de la infraestructura vial; Que, además, el Reglamento Nacional de Gestión de Infraestructura Vial, ha establecido en su artículo 18°, que los manuales son documentos de carácter normativo y de cumplimiento obligatorio, que sirven como instrumentos técnicos a las diferentes fases de gestión de la infraestructura vial; Que, en la relación de manuales previstos en el artículo 20º del mencionado reglamento, se encuentra el Manual de Seguridad Vial, el cual, según el artículo 30° del mismo, contiene las normas, guías y procedimientos para la gestión de la infraestructura vial en materia de seguridad vial, e incluye el diseño de los dispositivos y elementos de seguridad vial; Que, de otro lado, de acuerdo con el artículo 60° del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, la Dirección de Normatividad Vial de la Dirección General de Caminos y Ferrocarriles, tiene, entre sus funciones, la de formular y actualizar normas de carácter técnico y/o administrativas relacionadas con la gestión de infraestructura vial (estudios, construcción, rehabilitación, mejoramiento, mantenimiento y uso de caminos); Que, en ejercicio de tales funciones, la Dirección de Normatividad Vial planteó en el año 2015, la formulación del Manual de Seguridad Vial, mediante la contratación de los servicios de una empresa consultora; Que, para tal efecto, el Ministerio de Transportes y Comunicaciones contrató los servicios del Consorcio INTRA (conformado por las empresas: Ingeniería de Tráfi co SL Sucursal del Perú e Ingeniería de Trá fi co SL) a fi n que elabore la citada norma; Que, luego de la formulación del manual y de otorgada la conformidad a los servicios de la mencionada consultora, la Dirección de Normatividad Vial presentó a la Dirección General de Caminos y Ferrocarriles, con Memorándum N° 094-2016-MTC/14.04 de fecha 01 de junio del 2016, el proyecto fi nal de dicha norma. Asimismo, la citada dirección sustentó tal proyecto normativo, con Informe N° 006-2016-MTC/14.04.GTMSV-JMFC/JCFC de fecha 30 de mayo del 2016; Que, de acuerdo con lo previsto por el artículo 14° del Decreto Supremo N° 001-2009-JUS-“Reglamento que establece disposiciones relativas a la publicidad, publicación de proyectos normativos y difusión de normas legales de carácter general”, y la Directiva N° 001-2011-MTC/01 del Ministerio de Transportes y Comunicaciones- Directiva que establece el procedimiento para realizar la publicación de proyectos de normas legales, aprobada por Resolución Ministerial N° 543-2011-MTC/01; la Dirección General de Caminos y Ferrocarriles dispuso, a través de la Resolución Directoral N° 19-2016-MTC/14 de fecha 06 de junio del 2016, la publicación del citado proyecto de manual en la página web del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, con el objeto de recibir las sugerencias y comentarios de la ciudadanía en general, por un plazo de treinta (30) días hábiles; Que, la publicación del proyecto de manual motivó la presentación de diversas observaciones, sugerencias, y aportes por parte de la ciudadanía; Que, en mérito a ello, la Dirección de Normatividad Vial consideró conveniente la conformación de un Grupo de Trabajo, integrado por profesionales de la Dirección General de Caminos y Ferrocarriles y del Proyecto Especial de Infraestructura de Transporte Nacional-PROVIAS NACIONAL, para realizar una revisión fi nal del proyecto del Manual de Seguridad Vial e incorporar los aportes brindados por la ciudadanía. En ese sentido, la Dirección General de Caminos y Ferrocarriles designó tal grupo; Que, luego de haber cumplido con el encargo efectuado, el mencionado Grupo de Trabajo ha presentado el Informe N° 001-2017-MTC/14.04-GT-MSV de fecha 28 de junio del 2017, en el cual detalla la labor realizada y recomienda la aprobación de la versión revisada del manual en mención; Que, la Dirección de Normatividad Vial ha hecho suyo tal documento y, en ese sentido, mediante Informe