NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 25 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2017 (25/09/2017)
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15 NORMAS LEGALES Lunes 25 de setiembre de 2017 El Peruano / en proceso de Modernización en sus diferentes instancias, dependencias, entidades, organizaciones y procedimientos, con la fi nalidad de mejorar la gestión pública y construir un estado democrático, descentralizado y al servicio del ciudadano. Que, en la Única Disposición Complementaria del D.S. Nº 040-2014-PCM, que es el Reglamento de la Ley Nº 30057, Ley del Servicio Civil, derogó el Decreto Supremo N° 043-2004-PCM, que establecía los lineamientos generales que todas las entidades del sector público, sean del gobierno nacional, regional o local, deben seguir para la elaboración y aprobación del Cuadro para Asignación de Personal - CAP, y en su Duodécima Disposición Complementaria Transitoria señala: Que mediante Directiva de SERVIR, establecerá la progresiva implementación de la aprobación de los Cuadros de Puestos de las Entidades. Que, por la Resolución de Presidencia Ejecutiva Nº 304-2015-SERVIR-PE, publicada con fecha 13 de noviembre 2015, modi fi cada por Resolución de Presidencia N° 057-2016-SERVIR/PE de fecha 30 de marzo de 2016, se aprobó la Directiva Nº 002-2015-SERVIR/GDSRH que aprueba: “Normas para la Gestión del Proceso de Administración de Puestos, y Elaboración y Aprobación del Cuadro de Puestos de la Entidad - CPE”, derogando a su vez la Directiva Nº 001-2014-SERVIR/GPGSC, “Reglas de Aplicación progresiva para la aprobación del Cuadro de Puestos de las Entidades”. Que, mediante Informe N° 031-2017-SERVIR/ GDSRH de fecha 10 de febrero de 2017, la Gerencia de Desarrollo del Sistema de Recursos Humanos de la Autoridad Nacional del Servicio Civil - SERVIR, en cumplimiento de los numerales 3.1 y 4.1 de la Directiva Nº 002-2015-SERVIR/GDSRH, aprobada por la Resolución de Presidencia Ejecutiva N° 304-2015-SERVIR-PE, modi fi cada por Resolución de Presidencia N° 057-2016-SERVIR/PE, “Normas para la Gestión del Proceso de Administración de Puestos, y Elaboración y Aprobación del Cuadro de Puestos de la Entidad - CPE”, donde se establece que la aprobación del CAP-Provisional por parte de las Entidades está condicionada al Informe Técnico de aprobación que emita SERVIR, emite el informe técnico respectivo concluyendo que el proyecto de CAP Provisional remitido por la Dirección Regional de Educación Ica y las UGEL de Ica, Pisco, Chincha, Palpa y Nasca, se enmarcan en una de las situaciones contempladas en la Directiva Nº 002-2015-SERVIR/GDSRH, de acuerdo a lo dispuesto en el numeral 1.3 del Anexo 4, de la citada Directiva. En atención a ello, resultó válido evaluar la propuesta en el marco de las competencias de SERVIR en esa materia; que se ha elaborado tomando en cuenta la información sobre cargos estructurales, la clasi fi cación de éstos, sus códigos, y los límites porcentuales dispuestos en los dispositivos normativos vigentes y sus documentos de gestión. Que, considera pertinente la propuesta del CAP provisional planteada por la DRE Ica y sus UGEL, por lo que recomienda proseguir con las acciones administrativas necesarias para la aprobación de su CAP Provisional. Que, con Informe Técnico N° 005-2017-GORE. ICA-RDS-MHHH de fecha 13.JUN.2017, emitido por el Prof. Miguel Hernández Hernández, Técnico Administrativo III de la Gerencia Regional de Desarrollo Social del Gobierno Regional de Ica, concluye emitir opinión favorable a la solicitud de aprobación de los Cuadros de Asignación de Personal Provisional CAP-P 2017 de la Dirección Regional de Educación de Ica y sus Unidades de Gestión Educativa Local - UGEL de: Ica, Pisco, Chincha, Palpa y Nasca; efectuado por la Directora Regional de Educación, a través del O fi cio N° 1186-2017-GORE-ICA/GRDS-DRE-DGI de fecha 04.MAY.2017, motivo por el cual recomienda proseguir con las acciones administrativas para su aprobación. Que, con fecha 06.SET.2017, se reunieron los consejeros regionales integrantes de la Comisión de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial, a efectos de valorar y compulsar el Memorando N° 232-2017-GR de fecha 24.AGO.2017, mediante el cual el Gobernador Regional de Ica, remite la petición de aprobación de los Cuadros de Asignación de Personal Provisional 2017 (CAP-P 2017), de la Dirección Regional de Educación de Ica y sus Unidades de Gestión Educativa Local - UGEL Ica, Pisco, Chincha, Palpa y Nasca, así como los informes técnicos que obran en el expediente, opinando favorablemente por la procedencia de la aprobación solicitada, y sea elevado por ante el Pleno de Consejo Regional. Que, de conformidad a lo aprobado en la Sesión Ordinaria de la fecha, con las atribuciones conferidas por la Ley de la Descentralización - Ley N° 27783, la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales Ley N° 27867 y sus modi fi catorias, Ley N° 27902 y el Reglamento Interno del Consejo Regional de Ica; con dispensa y aprobación del Acta de la fecha. Ha dado la Ordenanza Regional siguiente: ORDENANZA REGIONAL QUE APRUEBA LOS CUADROS DE ASIGNACIÓN DE PERSONAL PROVISIONAL - CAP-P 2017, DE LA DIRECCIÓN REGIONAL DE EDUCACIÓN DE ICA Y SUS UNIDADES DE GESTIÓN EDUCATIVA LOCAL - UGEL DE ICA, PISCO, CHINCHA, PALPA Y NASCA Artículo Primero.- APROBAR los Cuadros de Asignación de Personal Provisional 2017 (CAP-P 2017), de la Dirección Regional de Educación de Ica y sus Unidades de Gestión Educativa Local UGEL: Ica, Pisco, Chincha, Palpa y Nasca del Gobierno Regional de Ica; que tiene un total de 291 cargos o plazas, de los cuales 252 están ocupados, y 39 cargos previstos; según detalle de cada una, en cuadernillo anexo a la presente ordenanza, y que se precisa en el siguiente cuadro: N° INSTITUCIONES PÚBLICAS OCUPADOS PREVISTOS TOTAL 01DIRECCIÓN REGIONAL DE EDUCACIÓN ICA52 03 55 02UNIDAD DE GESTIÓN EDUCATIVA LOCAL DE ICA30 29 59 03UNIDAD DE GESTIÓN EDUCATIVA LOCAL DE CHINCHA56 03 59 04UNIDAD DE GESTIÓN EDUCATIVA LOCAL DE PISCO43 02 45 05UNIDAD DE GESTIÓN EDUCATIVA LOCAL DE NASCA42 02 44 06UNIDAD DE GESTIÓN EDUCATIVA LOCAL DE PALPA 29 00 29 T O T A L 252 39 291 Artículo Segundo.- ENCARGAR a la Gerencia Regional de Administración y Finanzas, y a la Secretaría del Consejo Regional de Ica, la publicación de la presente Ordenanza Regional en el diario “El Peruano”, y en el Portal Electrónico del Gobierno Regional de Ica. Comuníquese al señor Gobernador Regional para su promulgación. VÍCTOR HUGO TUBILLA ANDÍA Consejero DelegadoConsejo Regional de Ica POR TANTO: Regístrese, Comuníquese y Cúmplase.Dado en la Sede del Gobierno Regional de Ica FERNANDO JOSÉ CILLONIZ BENAVIDES Gobernador Regional de Ica 1568524-1