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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 25 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2017 (25/09/2017)

CANTIDAD DE PAGINAS: 24

TEXTO PAGINA: 22

2 NORMAS LEGALES Lunes 25 de setiembre de 2017 / El Peruano entre otros, el presupuesto institucional del pliego 026: Ministerio de Defensa; Que, mediante Ley N° 24053, se denomina “Campaña Militar de 1941”, a los Gloriosos hechos de Armas cumplidos en Zarumilla y en la frontera Nor-Oriente; y declara el 31 de julio día central conmemorativo; Que, mediante Ley N° 30461, se modi fi ca el artículo 10 de la Ley N° 24053; señalando que los bene fi cios de la citada Ley, se harán extensivos a los excombatientes del con fl icto de 1933 que el Comando Conjunto acreditó como defensores cali fi cados. Igual derecho le asiste a los excombatientes de los años 1978, 1981 y 1995, califi cados como Defensores de la Patria por el Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas; Que, mediante los O fi cios N° 988-2017-MINDEF/DM y N° 2129-2017-MINDEF/VRD/DGPP/D/01, el Ministerio de Defensa solicita recursos adicionales, a favor del pliego 026: Ministerio de Defensa, para fi nanciar el pago de la boni fi cación a los Defensores de la Patria 1978, 1981 y 1995 en el presente año 2017, con la fi nalidad de atender la norma antes señalada; Que, en base a lo registrado en el Aplicativo Informático para el Registro Centralizado de Planillas y de Datos de los Recursos Humanos del Sector Público (AIRHSP) y la información remitida por el Ministerio de Defensa, el costo del pago de la boni fi cación del personal califi cado como Defensores de la Patria correspondiente a los meses de setiembre a diciembre 2017, asciende a la suma de VEINTINUEVE MILLONES QUINIENTOS DIECIOCHO MIL OCHOCIENTOS Y 00/100 SOLES (S/ 29 518 800,00); Que, los artículos 44 y 45 del Texto Único Ordenado de la Ley N° 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado mediante Decreto Supremo N° 304-2012-EF, establecen que las Leyes de Presupuesto del Sector Público consideran una Reserva de Contingencia que constituye un crédito presupuestario global dentro del presupuesto del Ministerio de Economía y Finanzas, destinada a fi nanciar los gastos que por su naturaleza y coyuntura no pueden ser previstos en los presupuestos de los pliegos, disponiendo que las transferencias o habilitaciones que se efectúen con cargo a la Reserva de Contingencia se autorizan mediante Decreto Supremo refrendado por el Ministro de Economía y Finanzas; Que, en consecuencia, resulta necesario autorizar una Transferencia de Partidas de la Reserva de Contingencia del pliego Ministerio de Economía y Finanzas hasta por la suma de VEINTINUEVE MILLONES QUINIENTOS DIECIOCHO MIL OCHOCIENTOS Y 00/100 SOLES (S/ 29 518 800,00); a favor del pliego Ministerio de Defensa, para fi nanciar el requerimiento señalado en los considerandos precedentes; teniendo en cuenta que los citados recursos no han sido previstos en el presupuesto institucional del presente año fi scal del referido pliego; De conformidad con lo establecido en el artículo 45 del Texto Único Ordenado de la Ley N° 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado mediante Decreto Supremo N° 304-2012-EF; DECRETA: Artículo 1.- Objeto Autorízase una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2017, hasta por la suma de VEINTINUEVE MILLONES QUINIENTOS DIECIOCHO MIL OCHOCIENTOS Y 00/100 SOLES (S/ 29 518 800,00); a favor del pliego Ministerio de Defensa, destinados a fi nanciar el fi n descrito en la parte considerativa de la presente norma, de acuerdo al siguiente detalle: DE LA: En Soles SECCION PRIMERA : Gobierno Central PLIEGO 009 : Ministerio de Economía y Finanzas UNIDAD EJECUTORA 001 : Administración General ASIGNACIONES PRESUPUESTARIAS QUE NO RESULTAN EN PRODUCTOS ACTIVIDAD 5000415 : Administración del Proceso Presupuestario del Sector PúblicoFUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios GASTOS CORRIENTES 2.0 Reserva de Contingencia 29 518 800,00 ——————— TOTAL EGRESOS 29 518 800,00 ============ A LA: SECCION PRIMERA : Gobierno CentralPLIEGO 026 : Ministerio de DefensaUNIDAD EJECUTORA 009 : O fi cina Previsional de las Fuerzas Armadas FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos OrdinariosGASTOS CORRIENTES 2.2 Pensiones y Otras Prestaciones Sociales 29 518 800,00 ——————— TOTAL PLIEGO 026 29 518 800,00 ============ Artículo 2.- Procedimiento para la Aprobación Institucional 2.1 El Titular del pliego habilitado en la presente Transferencia de Partidas, aprueba, mediante Resolución, la desagregación de los recursos autorizados en el artículo 1 del presente Decreto Supremo, a nivel programático, dentro de los cinco (05) días calendario de la vigencia del presente dispositivo legal. Copia de la Resolución será remitida dentro de los cinco (05) días de aprobada a los organismos señalados en el numeral 23.2 del artículo 23 del Texto Único Ordenado de la Ley N° 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado mediante Decreto Supremo N° 304-2012-EF. 2.2 La O fi cina de Presupuesto o la que haga sus veces en el pliego involucrado, solicitará a la Dirección General de Presupuesto Público las codi fi caciones que se requieran, como consecuencia de la incorporación de nuevas Partidas de Ingresos, Finalidades y Unidades de Medida. 2.3 La O fi cina de Presupuesto o la que haga sus veces en el pliego involucrado, instruirá a las Unidades Ejecutoras para que elaboren las correspondientes “Notas para Modi fi cación Presupuestaria” que se requieran, como consecuencia de lo dispuesto en la presente norma. Artículo 3.- Limitación al uso de los recursos Los recursos de la Transferencia de Partidas a que hace referencia el artículo 1 del presente Decreto Supremo no podrán ser destinados, bajo responsabilidad, a fi nes distintos para los cuales son transferidos. Artículo 4.- Refrendo El presente Decreto Supremo es refrendado por la Ministra de Economía y Finanzas. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los veinticinco días del mes de setiembre del año dos mil diecisiete. PEDRO PABLO KUCZYNSKI GODARD Presidente de la República CLAUDIA MARÍA COOPER FORT Ministra de Economía y Finanzas 1569476-1 Autorizan Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2017 a favor del pliego Gobierno Regional del departamento de Lambayeque DECRETO SUPREMO Nº 278-2017-EF EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO: Que, la Ley Nº 30518, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2017, aprobó, entre otros, el presupuesto institucional del pliego 452: Gobierno Regional del Departamento de Lambayeque;