Norma Legal Oficial del día 01 de abril del año 2018 (01/04/2018)


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TEXTO DE LA PÁGINA 5

El Peruano / Domingo 1 de abril de 2018

NORMAS LEGALES

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004-2017-IN y el Reglamento que establece disposiciones relativas a la publicidad, publicación de Proyectos Normativos y difusión de Normas Legales de Carácter General, aprobado mediante Decreto Supremo N° 0012009-JUS; SE RESUELVE: Artículo 1.- Disponer la prepublicación del proyecto de Reglamento del uso de las cámaras de video vigilancia dispuesto por la Ley N° 30120 y el Decreto Legislativo N° 1218, en el Portal Institucional del Ministerio del Interior (www.mininter.gob.pe). Artículo 2.- Dicha prepublicación será realizada a fin de conocer las sugerencias y recomendaciones de los interesados, por un plazo de quince (15) días hábiles contados a partir de la publicación de la presente Resolución Ministerial en el Diario Oficial El Peruano. Artículo 3.- Las sugerencias y recomendaciones señaladas en el Artículo 2 de la presente resolución deben ser presentadas a través de la dirección de correo electrónico: reglamentocamarasdevideovigilancia@ mininter.gob.pe. Artículo 4.- Encargar al Gabinete de Asesores del Despacho Ministerial la recepción, procesamiento y sistematización de las sugerencias y recomendaciones que se presenten al citado proyecto normativo. Artículo 5.- Disponer que la Oficina General de Tecnologías de la Información y Comunicaciones, en el ámbito de sus competencias, proceda a la implementación de lo dispuesto en la presente Resolución. Regístrese, comuníquese y publíquese. VICENTE ROMERO FERNÁNDEZ Ministro del Interior 1632026-1

Disponen la prepublicación del proyecto de Decreto Supremo que modifica e incorpora disposiciones al Reglamento del Decreto Legislativo N° 1338, que crea el Registro Nacional de Equipos Terminales Móviles para la Seguridad, aprobado por D.S. N° 009-2017-IN, en el portal institucional del Ministerio
RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 486-2018-IN Lima, 28 de marzo de 2018 VISTOS; el Memorando N° 198-2018-IN GA del Gabinete de Asesores, y el Informe N° 001100-2018/IN/ OGAJ de la Oficina General de Asesoría Jurídica; CONSIDERANDO: Que, mediante el Decreto Legislativo N° 1338, y su Reglamento aprobado mediante Decreto Supremo N° 009-2017-IN, se crea y regula el Registro Nacional de Equipos Terminales Móviles para la Seguridad ­ RENTESEG, orientado a la prevención y combate del comercio ilegal de equipos terminales móviles y el fortalecimiento de la seguridad ciudadana, el cual tiene por finalidad prevenir y combatir el hurto, robo y comercio ilegal de equipos terminales móviles, dentro del marco del fortalecimiento de la seguridad ciudadana; garantizando la contratación de los servicios públicos móviles de telecomunicaciones; Que, se ha advertido aspectos que requieren ser complementados para el fortalecimiento de las atribuciones del Ministerio del Interior y del Organismo Supervisor de Inversión Privada en Telecomunicaciones ­ OSIPTEL, así como de las disposiciones relativas al

intercambio seguro del RENTESEG con la finalidad de optimizar su implementación y funcionamiento, y continuar con las estrategias de prevención y combate del hurto, robo y comercio ilegal de equipos terminales móviles en el marco de fortalecimiento de la seguridad ciudadana; Que, asimismo, el artículo 14° del Reglamento que establece disposiciones relativas a la publicidad, publicación de Proyectos Normativos y difusión de Normas Legales de Carácter General, aprobado por Decreto Supremo N° 001-2009-JUS, señala que las entidades públicas dispondrán la publicación en el Diario Oficial El Peruano, en sus Portales Electrónicos o mediante cualquier otro medio, de los proyectos de normas de carácter general que sean de su competencia, en un plazo no menor de treinta (30) días antes de la fecha prevista para su entrada en vigencia, salvo casos excepcionales, permitiendo que las personas interesadas formulen comentarios sobre las medidas propuestas; Que, resulta necesario realizar la prepublicación del proyecto de Decreto Supremo que modifica e incorpora disposiciones al Reglamento del Decreto Legislativo N° 1338, Decreto Legislativo que crea el Registro Nacional de Equipos Terminales Móviles para la Seguridad, orientado a la prevención y combate del comercio ilegal de equipos terminales móviles y al fortalecimiento de la seguridad ciudadana, aprobado por Decreto Supremo N° 009-2017IN, con la finalidad de difundir dicho proyecto y así recibir las correspondientes sugerencias y recomendaciones de la ciudadanía y sectores especializados; De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; Decreto Legislativo Nº 1266, Ley de Organización y Funciones del Ministerio del Interior; el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio del Interior aprobado por Decreto Supremo Nº 004-2017-IN, y el Reglamento que establece disposiciones relativas a la publicidad, publicación de Proyectos Normativos y difusión de Normas Legales de Carácter General, aprobado mediante Decreto Supremo N° 001-2009-JUS; SE RESUELVE: Artículo 1.- Disponer la prepublicación del proyecto de Decreto Supremo que modifica e incorpora disposiciones al Reglamento del Decreto Legislativo N° 1338, Decreto Legislativo que crea el Registro Nacional de Equipos Terminales Móviles para la Seguridad, orientado a la prevención y combate del comercio ilegal de equipos terminales móviles y al fortalecimiento de la seguridad ciudadana, aprobado por Decreto Supremo N° 009-2017IN. Artículo 2.- Dicha prepublicación se realiza en el Portal Institucional del Ministerio del Interior (www.mininter.gob. pe), a fin de conocer las sugerencias y recomendaciones de los interesados, por un plazo de quince (15) días hábiles contados a partir de la publicación de la presente Resolución Ministerial en el Diario Oficial El Peruano. Artículo 3.- Las sugerencias y recomendaciones señaladas en el artículo 2 de la presente Resolución se presentan a través de la dirección de correo electrónico: reglamentorenteseg@mininter.gob.pe. Artículo 4.- Encargar a la Oficina de Planeamiento Estratégico de la Oficina de Planeamiento Estratégico Sectorial la recepción, procesamiento y sistematización de las sugerencias y recomendaciones que se presenten al citado proyecto normativo, a fin de elaborar el texto definitivo correspondiente. Artículo 5.- Disponer que la Oficina General de Tecnologías de la Información y Comunicaciones, en el ámbito de sus competencias, proceda a la implementación de lo dispuesto en la presente Resolución. Regístrese, comuníquese y publíquese. VICENTE ROMERO FERNÁNDEZ Ministro del Interior 1632026-2

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