TEXTO PAGINA: 57
57 NORMAS LEGALES Miércoles 4 de abril de 2018 El Peruano / MUNICIPALIDAD DE SAN JUAN DE MIRAFLORES Aprueban Programa Local de Vigilancia y Monitoreo de la Contaminación Sonora para el distrito del año 2018 DECRETO DE ALCALDÍA N° 004-2018/MSJM San Juan de Mira fl ores, 26 de marzo del 2018 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DE SAN JUAN MIRAFLORES Visto, el Memorándum N° 0360-2018-GM-MDSJM, de la Gerencia Municipal, mediante el cual remite Informe Legal sobre el proyecto de Decreto de Alcaldía que aprueba el Programa Local de Vigilancia y Monitoreo de la Contaminación Sonora para el Distrito de San Juan de de Mira fl ores; CONSIDERANDO: Que, mediante el Informe N° 22-2018-GSCYGA/ MDSJM, de fecha 01 de marzo del 2018, la Gerencia de Servicios a la Ciudadanía y Gestión Ambiental concluye que, de acuerdo a los resultados de las mediciones realizadas en la principales avenidas del distrito, se verifi có que, los límites máximos permisibles de ruido son superados en todos los puntos de medición; por lo que, a fi n de dar cumplimiento a lo establecido en el artículo 13º de la Ordenanza Nº 1965-MML - Ordenanza Metropolitana para la Prevención y Control de la Contaminación Sonora, recomienda realizar una evaluación acústica en las principales avenidas identi fi cadas con mayor nivel de presión sonora, a fi n de obtener un diagnóstico anual de las emisiones de las fuentes móviles en el distrito de San Juan de Mira fl ores; siendo imprescindible, aprobar mediante Decreto de Alcaldía, el Programa Local de Vigilancia y Monitoreo de la Contaminación Sonora para el Distrito de San Juan de Mira fl ores 2018; adjuntando el respectivo proyecto de Decreto de Alcaldía, que aprueba el Programa Local de Vigilancia y Monitoreo de la Contaminación Sonora para el Distrito de San Juan de Mira fl ores, y sus correspondientes anexos; Que, mediante el Memorándum N° 071-2018-GPP/ MDSJM, la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto remite a la Gerencia de Asesoría Jurídica, el Informe Técnico N° 012-2018/EALO/MDSJM, mediante el cual concluye que, de acuerdo a las consideraciones expuestas opina que el presente proyecto de Decreto de Alcaldía que aprueba el Programa Local de Vigilancia y Monitoreo de la Contaminación Sonora para el Distrito de San Juan de Mira fl ores 2018, es viable y procedente, debiendo de continuar con su debida tramitación para su debida aprobación; Que, mediante el Informe Legal N° 080-2018-MDSJM/ GAJ, la Gerencia de Asesoría Jurídica ha emitido su pronunciamiento, concluyendo que estando a los considerandos expuestos en los párrafos precedentes y contando con la opinión favorable de la Gerencia de Servicios a la Ciudadanía y Gestión Ambiental y de la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto, es de la opinión que resulta procedente la emisión del Decreto de Alcaldía que aprueba el Programa Local de Vigilancia y Monitoreo de la Contaminación Sonora para el Distrito de San Juan de Mira fl ores, de acuerdo al numeral 6) del artículo 20° y el artículo 42° de la Ley Orgánica de Municipalidades – Ley N° 27972; Que, el artículo 194° de la Constitución Política del Perú, modi fi cado por el artículo único de la Ley N° 30305, establece que las municipalidades son órganos de gobierno local, con autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, lo cual es concordante con lo dispuesto en el artículo II del Título Preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades - Ley N° 27972; en tal virtud, están facultadas para aprobar su organización interna, su presupuesto, organizar y administrar los servicios públicos locales de su responsabilidad y plani fi car el desarrollo de su jurisdicción entre otros aspectos; Que, el artículo 42° de la Ley N° 27972 - Ley Orgánica de Municipalidades, dispone que los Decretos de Alcaldía establecen normas reglamentarias y de aplicación de las Ordenanzas, sancionan los procedimientos necesarios para la correcta y e fi ciente administración municipal y resuelven o regulan asuntos de orden general y de interés para el vecindario, que no sean de competencia del Concejo Municipal; Que, en el numeral 3.4, del artículo 80° de la Ley Orgánica de Municipalidades – Ley N° 27972, se establece que, las municipalidades distritales, en materia de saneamiento, salubridad y salud, ejercen la función especí fi ca exclusiva de, fi scalizar y realizar labores de control respecto de la emisión de humos, gases, ruidos y demás elementos contaminantes de la atmósfera y el ambiente; Que, el numeral 115.2 del artículo 115º de la Ley Nº 28611 - Ley General del Ambiente, establece que, los Gobiernos Locales son responsables de normar y controlar los ruidos y vibraciones originados por las actividades domésticas y comerciales, así como por las fuentes móviles, debiendo establecer la normativa respectiva sobre la base de los Estándares de Calidad Ambiental (ECA); Que, el artículo 14º del Reglamento de Estándares Nacionales de Calidad Ambiental para Ruido, aprobado mediante el Decreto Supremo Nº 085-2003-PCM, establece que, la vigilancia y monitoreo de la contaminación sonora en el ámbito local es una actividad a cargo de las municipalidades provinciales y distritales de acuerdo a sus competencias; Que, el artículo 13° de la Ordenanza Nº 1965 - Ordenanza Metropolitana para la Prevención y Control de la Contaminación Sonora, establece que, el Programa de Vigilancia y Monitoreo de la Contaminación Sonora, es el instrumento de control en materia de ruido ambiental que las municipalidades distritales utilizan para la prevención de la contaminación sonora. El programa se elabora de forma anual y se aprueba por Decreto de Alcaldía, debiéndose remitir una copia a la Municipalidad Metropolitana de Lima, hasta el 31 de marzo de cada año; Estando a los considerandos glosados precedentemente, a lo establecido en el artículo 42° de la Ley Nº 29792 - Ley Orgánica de Municipalidades y en uso de las atribuciones conferidas en el numeral 6) del artículo 20° de la norma citada; SE DECRETA: Artículo Primero.- APROBAR el Programa Local de Vigilancia y Monitoreo de la Contaminación Sonora para el Distrito de San Juan de Mira fl ores 2018, el mismo que como anexo forma parte integrante del presente dispositivo y cuyo texto íntegro será publicado en la página web de la Municipalidad distrital de San Juan de Mira fl ores www.munisjm.gob.pe. Artículo Segundo.- ENCARGAR a la Gerencia de Servicios a la Ciudadanía y Gestión Ambiental y a la Subgerencia de Fiscalización, Control y Sanciones Administrativas, el cumplimiento de lo establecido en el Programa Local de Vigilancia y Monitoreo de la Contaminación Sonora en el Distrito de San Juan de Mira fl ores 2018. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase.JAVIER ERNESTO ALTAMIRANO COQUIS Alcalde 1632518-1