Norma Legal Oficial del día 12 de abril del año 2018 (12/04/2018)


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TEXTO DE LA PÁGINA 64

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NORMAS LEGALES

Jueves 12 de abril de 2018 /

El Peruano

Que, según lo dispuesto en la Ordenanza Municipal Nº 000040 publicada el 14.08.09 y sus modificatorias, la prestación del servicio de transporte público regular de pasajeros en la Provincia Constitucional del Callao debe ser realizado cumpliendo los requisitos de acceso y permanencia regulados por la citada disposición municipal, por lo que resulta esencial establecer mecanismos que aseguren la identificación en la vía de los vehículos que prestan dicho servicio sin la debida autorización municipal, a través de medios que brinden confiabilidad y precisión en la información y que permitan asegurar la autenticidad de los documentos que se portan a efectos de acreditar el cumplimiento de la normatividad vigente en materia de transporte; Que, mediante Ordenanza Municipal Nº 005-2017 publicada el 13.03.17 se dispone mejorar la calidad en el servicio de transporte conforme a estándares internacionales y en su Artículo 6° incorpora la Tarjeta Electrónica de Operación ­ TEO - como medio técnico y de uso obligatorio y permanente que asegure la identificación en la vía de los vehículos que prestan el servicio de transporte público regular de pasajeros en forma legal, en cumplimiento a lo dispuesto en el Artículo 34 de la Ordenanza Municipal Nº 000040, así como para proteger la vida, salud y seguridad de las personas; Que, mediante Decreto de Alcaldía Nº 13-2017-MPCAL publicado el 25.10.17, se definió la utilización, puesta en funcionamiento y procedimiento y cronograma de instalación de la Tarjeta Electrónica de Operación, en cumplimiento a lo dispuesto en el Art. 6º de la Ordenanza Municipal 005-2017; Que, mediante Resolución Gerencial Nº 822-2017-MPC-GGTU expedida el 25.12.17, se aprueba las Especificaciones Técnicas y de Seguridad que deberá mantener la Tarjeta Electrónica de Operación (TEO), según las especificaciones sobre dimensiones y características, impresión de seguridad, diseño gráfico, contenido de la etiqueta y dispositivo verificador pasivo (RFID), en cumplimiento a lo dispuesto en el Art. 5 del Decreto de Alcaldía Nº 13-2017-MPC-AL; Que, de acuerdo con el artículo 39 del TUO de la Ley N° 27444, los procedimientos administrativos, requisitos y costos se establecen exclusivamente mediante Ordenanza Municipal; Que, para determinar el monto del derecho de tramitación, de acuerdo con el artículo 52 del TUO de la Ley N° 27444, la Gerencia de Transporte y Tránsito, perteneciente a la Gerencia General de Transporte Urbano elaboró la tabla ASME del procedimiento denominado "Instalación y/o Reposición de la TEO para vehículos que prestan el servicio de transporte público regular de pasajeros" y la remitió con el Memorando N° 5820-2017-MPC-GGTU a la Gerencia General de Planeamiento, Presupuesto y Racionalización: Que, mediante Memorando N° 1513-2017-MPC/ GGPPR la Gerencia General de Planeamiento, Presupuesto y Racionalización, remitió el Informe N° 0952017-MPC/GGPPR-GR de la Gerencia de Racionalización con opinión favorable respecto a la Tabla ASME del procedimiento administrativo "Instalación y/o Reposición de la TEO para vehículos que prestan el servicio de transporte público regular de pasajeros". Que, la Gerencia General de Administración con el Memorando N° 48-2018-MPC/GGA remite el Informe N° 007-2018-MPC-GGA-GC de la Gerencia de Contabilidad, donde manifiesta que se ha verificado y cumplido con el costeo referido al mencionado procedimiento administrativo en el Aplicativo Informático Mi Costo, por adecuación a lo establecido en el Decreto Supremo N° 064-2010-PCM y la Resolución de Secretaria de Gestión Pública N° 003-2010-PCMSGP, Metodología de Determinación de Costos de los Procedimientos Administrativos y Servicios Prestados en Exclusividad, comprendidos en los Textos Únicos de Procedimientos Administrativos de las Entidades Públicas; Estando a lo expuesto, de conformidad con lo establecido por la Ley Orgánica de Municipalidades N°

27972, con el voto unánime del Cuerpo de Regidores y con la dispensa de trámite de lectura y aprobación del Acta, el Concejo Municipal Provincial del Callao ha dado la siguiente: ORDENANZA MUNICIPAL QUE CREA EL PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO "INSTALACION Y/O REPOSICION DE LA TARJETA ELECTRONICA DE OPERACIÓN PARA VEHICULOS QUE PRESTAN EL SERVICIO DE TRANSPORTE PUBLICO REGULAR DE PASAJEROS" EN LA PROVINCIA CONSTITUCIONAL DEL CALLAO Artículo 1.- Aprobación del Procedimiento Apruébase el Procedimiento Administrativo "Instalación y/o reposición de la Tarjeta Electrónica de Operación para vehículos que prestan el servicio de transporte público regular de pasajeros", a cargo de la Gerencia General de Transporte Urbano ­ Gerencia de Transporte y Tránsito, así como los requisitos y derecho de tramitación correspondiente, conforme al Anexo Nº 01, el cual forma parte de la presente Ordenanza. Artículo 2.- Modificación del Texto Único de Procedimientos Administrativos Modificase el Texto Único de Procedimientos Administrativos ­ TUPA aprobado mediante Ordenanza Municipal N° 027-2014 y modificatorias, en el rubro Gerencia General de Transporte Urbano ­ Gerencia de Transporte y Tránsito, incorporando el Procedimiento Administrativo Num. 31 "Instalación y/o reposición de la Tarjeta Electrónica de Operación para vehículos que prestan el servicio de transporte público regular de pasajeros", conforme al Anexo 02, el cual forma parte de la presente Ordenanza. Artículo 3.- Difusión de la Ordenanza y el Texto Único de Procedimientos Administrativos De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General el texto de la presente Ordenanza y el Formulario 62MPC, "Solicitud para Instalación y/o Reposición de la Tarjeta Electrónica de Operación" serán publicados en el Diario Oficial "El Peruano" y sus anexos 1 y 2 en su portal institucional y la misma, sus anexos y formulario se publicarán en el Portal de Servicios al Ciudadano y Empresas (www.serviciosalciudadano.gob.pe), así como en el Portal Institucional de la Municipalidad Provincial del Callao (www.municallao.gob.pe). Artículo 4.- Actualización del Texto Único de Procedimientos Administrativos Encárgase a la Gerencia General de Planeamiento Presupuesto y Racionalización efectuar la actualización del Texto Único de Procedimientos Administrativos, incluyendo las modificaciones contenidas en la presente Ordenanza y tramitar su publicación en Portal Institucional de la Municipalidad Provincial del Callao (www.municallao. gob.pe). Artículo 5.- Vigencia La presente Ordenanza entrará en vigencia a partir del día siguiente de la publicación en el Diario Oficial El Peruano y en los portales electrónicos mencionados, en los términos previstos en la Ley Nº 29091 y su Reglamento. Artículo 6.- Derogatoria Derógase toda norma que se oponga a la presente Ordenanza Municipal. POR TANTO: Mando se publique y cumpla. JUAN SOTOMAYOR GARCIA Alcalde

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