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30 NORMAS LEGALES Viernes 13 de abril de 2018 / El Peruano Resolución Ejecutiva Nº 046-2018-ITP/DE ANEXO MODIFICACIÓN DEL “TARIFARIO DE SERVICIOS TECNOLÓGICOS DEL CENTRO DE INNOVACIÓN PRODUCTIVA Y TRANSFERENCIA TECNOLÓGICA FORESTAL PUCALLPA - CITEFORESTAL PUCALLPA”, APROBADO POR LA RESOLUCIÓN EJECUTIVA Nº 066-2017-ITP/DE Nº DENOMINACIÓN DEL SERVICIO RequisitoUnidad de MedidaValor de Venta (soles)% UIT SERVICIOS DE CERTIFICACIÓN DE COMPETENCIAS LABORALES Solicitud dirigida al Director de CITE con carácter de Declaración Jurada y obligatoria según Formulario ITP- 00-FR-001 001Monitoreo de la operación de los sistemas de secado de la madera en hornos /SimuladaServicio 103.70 2.4988 002Monitoreo de la operación de los sistemas de secado de la madera en hornos /RealServicio 88.20 2.1255 003Supervisión del proceso de secado de la madera / SimuladaServicio 95.20 2.2940 004Supervisión del proceso de secado de la madera / RealServicio 79.70 1.9205 005Mantenimiento básico de las herramientas de corte para aserrar madera / SimuladaServicio 125.70 3.0289 006Mantenimiento básico de las herramientas de corte para aserrar madera / RealServicio 84.40 2.0337 007Mantenimiento de corte para aserrar madera / SimuladaServicio 129.60 3.1229 008Mantenimiento de corte para aserrar madera / RealServicio 87.80 2.1157 009Plani fi cación del proceso de instalación de productos maderables / SimuladaServicio 81.50 1.9639 010Plani fi cación del proceso de instalación de productos maderables / RealServicio 77.60 1.8699 011Instalación de pisos y materiales maderables para super fi cies / SimuladaServicio 158.90 3.8289 012Instalación de pisos y materiales maderables para super fi cies / RealServicio 81.00 1.9518 013Instalación de productos maderables complementarios / SimuladaServicio 166.10 4.0024 014Instalación de productos maderables complementarios / RealServicio 79.80 1.9229 (*) El pago se hará en efectivo o en cheque. (**) El valor de venta expresado en porcentaje de la UIT no incluye el Impuesto General a las Ventas (IGV). “El redondeo de los valores de venta expresados en soles (no incluye IGV), para efecto de su facturación y cobro, se establecerá teniendo en cuenta el primer decimal siguiente a los dos decimales de cada valor. Si el primer decimal siguiente es inferior a cinco (5), el valor permanecerá igual; si es igual o superior a cinco (5), el valor será incrementado en un centésimo.” Para los servicios brindados fuera de la provincia no incluye los gastos de transporte, hospedaje y viáticos que serán calculados de acuerdo a los costos de los mismos. 1636376-1 Otorgan subvenciones a favor de personas naturales y jurídicas privadas RESOLUCIÓN DE COORDINACIÓN EJECUTIVA Nº 149-2018-PRODUCE/INNÓVATEPERÚ Lima, 11 de abril de 2018 VISTOS, los Informes Nos. 038-2018-PRODUCE/ INNOVATEPERU/UPEG y 039-2018-PRODUCE/INNOVATEPERU/UPEG de la Unidad de Plani fi cación y Evaluación de la Gestión, y los Memorandos Nos. 044 y 045-2018-PRODUCE/INNÓVATEPERÚ.UM de la Unidad de Monitoreo; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Ley Nº 28939, se creó el Fondo de Investigación y Desarrollo para la Competitividad - FIDECOM, cuya fi nalidad es promover la investigación y desarrollo, especialmente en proyectos de innovación productiva, cuya implementación y medidas para su ejecución económica y fi nanciera fueron dispuestas en la Ley N° 29152 y su reglamento, así como en el Decreto de Urgencia N° 030-2008. Que, la Ley N° 30693, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2018, en su Vigésima Sétima Disposición Complementaria Final, autoriza al Ministerio de la Producción, a través del Programa Nacional de Innovación para la Competitividad y Productividad, a efectuar transferencias fi nancieras a favor de las entidades públicas del Gobierno Nacional, Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales, y otorgar subvenciones a favor de los bene fi ciarios de fi nidos en el marco de las normas que regulan los fondos que administra, con cargo a su presupuesto; disponiendo que las mismas se aprueban mediante resolución del titular del pliego y se publica en el Diario O fi cial El Peruano, regulando asimismo que la facultad para aprobar las subvenciones podrá ser delegada en el funcionario a cargo del Programa Nacional de Innovación para la Competitividad y Productividad. Que, mediante Resolución Ministerial N° 063-2018-PRODUCE, el Titular del Ministerio de la Producción, delega en el Coordinador Ejecutivo del Programa Nacional de Innovación para la Competitividad y Productividad, la facultad para aprobar el otorgamiento de las subvenciones a favor de los bene fi ciarios de fi nidos en el marco de los procedimientos y normas que regulan los fondos que administra y con cargo a su presupuesto. Que, la Unidad de Monitoreo con Memorandos del visto, remite la relación de los proyectos a ser fi nanciados con recursos del Fondo de Investigación y Desarrollo para la Competitividad – FIDECOM, indicando que se han cumplido con las obligaciones, cronogramas y metas establecidas en los convenios suscritos para la ejecución de los proyectos. Que, el jefe de la Unidad de Plani fi cación y Evaluación de la Gestión mediante Informes Nos. 038-2018-PRODUCE/INNOVATEPERU/UPEG y 039-2018-PRODUCE/INNOVATEPERU/UPEG, opina favorablemente en materia presupuestal y solicita se autorice el otorgamiento de las subvenciones a favor de personas naturales y jurídicas privadas, hasta por el monto total de OCHOCIENTOS CINCUENTA MIL QUINIENTOS SETENTA Y UNO Y 08/100 SOLES (S/ 850 571.08); correspondiendo, a las fuentes de fi nanciamiento 5. Recursos Determinados - RD, con la fi nalidad de cofi nanciar los desembolsos que corresponden al Fondo de Investigación y Desarrollo para la Competitividad – FIDECOM, como sigue: i) 07 Proyecto de Innovación para Microempresas – PIMEN, ii) 02 Proyectos de Innovación Productiva en Empresas Individuales - PIPEI, iii) 03 Proyectos Asociativos de Transferencia Tecnológica para Microempresas – PATTEM, iv) 04 Proyectos de Validación y Empaquetamiento de Innovación – PVE, y, v) 30 Proyectos Concurso de Mejora de la Calidad en Empresas Individuales – CMCEI. De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 30693, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2018; el Texto Único Ordenado de la Ley N° 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado por Decreto Supremo N° 304-2012-EF; y, las Resoluciones Ministeriales Nos. 300-2014-PRODUCE; 317-2014-PRODUCE y 063-2018-PRODUCE. SE RESUELVE:Artículo 1.- Otorgamiento de Subvención Otorgar las subvenciones a favor de personas naturales y jurídicas privadas señalas en el Anexo Único que forma parte integrante de la presente Resolución, con cargo al Presupuesto Institucional 2018 de la Unidad Ejecutora 004: Programa Nacional de Innovación para la Competitividad y Productividad, hasta por la suma de OCHOCIENTOS CINCUENTA MIL QUINIENTOS SETENTA Y UNO Y 08/100 SOLES (S/ 850 571.08);