Norma Legal Oficial del día 17 de abril del año 2018 (17/04/2018)


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NORMAS LEGALES

Martes 17 de abril de 2018 /

El Peruano

32. Ahora bien, en cuanto del nombre del movimiento regional que se encuentra en vías de inscripción y que se pretende registrar ante el ROP, es el de Fortaleza Perú, cuyo símbolo de acuerdo a la síntesis publicada está conformado por una circunferencia con bordes de color azul eléctrico, en cuya parte central se aprecia la figura de dos manos entrelazadas, cuyos bordes también son de color azul eléctrico, circundada por la frase: "FORTALEZA PERÚ", con letras de color azul eléctrico. Dicha representación se encuentra dentro de una circunferencia de fondo de color amarillo, tal como se aprecia en el siguiente gráfico:

organización política, en el marco de cualquier proceso electoral, es idéntico al signo registrado por el Indecopi. 34. Ahora bien, el personero legal titular del movimiento regional Fortaleza Perú señala que, "adquirió de parte de la ONPE el kit electoral el 31 de marzo de 2016 y con ello inició formalmente su procedimiento de inscripción, para luego de aproximadamente un año después, un ciudadano aparece registrando el mismo nombre y símbolo del movimiento político ante Indecopi". Así, hace mención a la Resolución Nº 0370-2013-JNE, del 30 de abril de 2013, en la que se señala que el inicio material de la inscripción de una organización política comienza con la adquisición del kit electoral. Agrega que la solicitud de inscripción fue presentada ante el ROP data del 11 de octubre de 2017. 35. Al respecto, es importante señalar que en el presente caso no está en discusión la fecha de adquisición del kit electoral o si este da inicio o no al procedimiento de inscripción de una organización política, sino establecer si el nombre o símbolo del movimiento regional en vías de inscripción Fortaleza Perú infringe lo establecido en el artículo 6 de la LOP. 36. Sin embargo, teniendo en cuenta los argumentos expuestos por la organización política tachada, es importante mencionar que la adquisición del kit electoral, tal como se advierte de la consulta efectuada en el portal electrónico de ONPE (https://www.web.onpe.gob.pe/ modVenta-Kits/mov-regional/mov-regional-2016.pdf), data del 5 de abril de 2016.

33. De esta manera, a criterio de este órgano colegiado, el símbolo del movimiento regional Fortaleza Perú, susceptible de ser usado para identificar a la

37. De otro lado, el movimiento regional en vías de inscripción a través de su personero legal titular manifiesta que para solicitar la adquisición del kit electoral ante ONPE se le requirió que presente documentación relacionada con la búsqueda de antecedentes registrales

en la Oficina de Signos Distintivos del Indecopi. Ante ello, adjuntó el certificado de denominación en el registro de personas jurídicas expedidos por la Sunarp. 38. Es importante recordar que, para la adquisición del kit electoral, se debe presentar la solicitud en formulario

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