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3 NORMAS LEGALES Miércoles 1 de agosto de 2018 El Peruano / PODER EJECUTIVO PRESIDENCIA DEL CONSEJO DE MINISTROS Modifican el Plan Integral de la Reconstrucción con Cambios RESOLUCIÓN DE DIRECCIÓN EJECUTIVA Nº 061-2018-RCC/DE Lima, 01 de agosto de 2018VISTO: El Acuerdo Nº 01 de la Trigésimo Sexta Sesión de Directorio de la Autoridad para la Reconstrucción con Cambios, el Informe Nº 298-2018-RCC/PE, el Informe Nº 274-2018-RCC/GL, el Informe Nº 304-2018-RCC/PE y el Informe Nº 278-2018-RCC/GL; CONSIDERANDO:Que, la Ley Nº 30556 aprueba disposiciones de carácter extraordinario para las intervenciones del Gobierno Nacional frente a desastres y dispone la creación de la Autoridad para la Reconstrucción con Cambios (en adelante la Autoridad), como una entidad adscrita a la Presidencia del Consejo de Ministros, de carácter excepcional y temporal, encargada de liderar e implementar el Plan Integral para la Reconstrucción con Cambios (en adelante El Plan); Que, mediante Decreto Legislativo Nº 1354, al amparo de la Ley Nº 30776, se modi fi ca la Ley Nº 30556, declarando prioritaria, de interés nacional y de necesidad pública la implementación del Plan, con enfoque de gestión del riesgo de desastres, para la reconstrucción y construcción de la infraestructura pública y viviendas afectadas por desastres naturales con un nivel de emergencia 4 y 5, así como para la implementación de soluciones integrales de prevención; Que, el numeral 2.2 del artículo 2 de la Ley Nº 30556, modi fi cada por el Decreto Legislativo Nº 1354, señala que mediante Acuerdo de Directorio de la Autoridad se aprueban las modi fi caciones de El Plan, las cuales se sujetan al cumplimiento de las reglas fi scales; tales modi fi caciones pueden incluir el cambio de entidad ejecutora, el cual se comunica a éstas. Dicho Acuerdo es formalizado mediante Resolución de Dirección Ejecutiva de la Autoridad, la misma que debe ser publicada en el Diario O fi cial El Peruano y en el portal institucional de la Autoridad; Que, mediante Decreto Supremo Nº 091-2017-PCM y sus modi fi catorias, se aprobó El Plan así como sus anexos, los cuales se encuentran publicados en el portal institucional de la Autoridad (www.rcc.gob.pe); Que, de acuerdo a los Informes de vistos, la Gerencia de Plani fi cación Estratégica y la Gerencia Legal de la Autoridad, emiten en el marco de sus competencias, opinión técnica y legal favorable para efectuar modi fi caciones a El Plan, relacionadas al cambio de unidades ejecutoras, exclusiones, inclusiones y precisiones de intervenciones relacionadas a los sectores de Educación, Salud y Transportes y Comunicaciones (Red Subnacional–Caminos y Red Nacional–Carreteras) y al ámbito de Pistas y Veredas; Que, la Gerencia de Plani fi cación Estratégica señala que es necesario modi fi car El Plan en los siguientes aspectos: i) cambio de unidades ejecutoras de 4 intervenciones en el sector Educación y en el ámbito de pistas y veredas, cuyo costo referencial asciende a S/ 7´311,809; ii) exclusión de 10 intervenciones en los sectores de Educación, Salud y Transportes y Comunicaciones (Red Nacional-Carreteras) cuyo costo referencial asciende a S/ 147´572,412; iii) inclusión de 5 intervenciones relacionadas al sector Transportes y Comunicaciones (Red Nacional-Carreteras) cuyo costo referencial asciende a S/ 133´922,622; y, iv) precisión de 7 intervenciones relacionadas al sector Transportes y Comunicaciones (Red Subnacional–Caminos), cuyo costo referencial asciende a S/ 46´672,650; Que, mediante Acuerdo Nº 01 de la Trigésima Sexta Sesión de Directorio de la Autoridad celebrada el 31 de julio de 2018, se aprobaron las modi fi caciones a El Plan propuestas por la Gerencia de Plani fi cación Estratégica y se autorizó al Director Ejecutivo de la Autoridad a formalizar dicho acuerdo mediante Resolución de Dirección Ejecutiva, la misma que debe ser publicada en el Diario O fi cial El Peruano y en el portal institucional de la Autoridad; De conformidad con lo establecido en Ley Nº 30556, Ley que aprueba disposiciones de carácter extraordinario para las intervenciones del gobierno nacional frente a desastres y que dispone la creación de la Autoridad para la Reconstrucción con Cambios, modi fi cada por el Decreto Legislativo Nº 1354; SE RESUELVE:Artículo 1º.- Modifíquese el Plan Integral de la Reconstrucción con Cambios aprobado mediante Decreto Supremo Nº 091-2017-PCM y modi fi catorias, a fi n de cambiar las unidades ejecutoras de las intervenciones del citado Plan, según se detalla en el Anexo Nº 1 que forma parte integrante de la presente Resolución. Artículo 2º.- Exclúyanse las intervenciones del Plan de la Reconstrucción con Cambios aprobado mediante Decreto Supremo Nº 091-2017-PCM y sus modi fi catorias, según se detalla en el Anexo Nº 2 que forma parte integrante de la presente Resolución. Artículo 3º.- Inclúyanse las intervenciones al Plan Integral de la Reconstrucción con Cambios, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 091-2017-PCM y modi fi catorias, según se detalla en el Anexo Nº 3 que forma parte integrante de la presente Resolución. Artículo 4º.- Efectúense las precisiones en el Plan Integral de la Reconstrucción con Cambios, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 091-2017-PCM y modi fi catorias, según se detalla en el Anexo Nº 4 que forma parte integrante de la presente Resolución. Artículo 5º.- Los Anexos de la presente Resolución, serán publicados por la Gerencia de Comunicación Estratégica en el portal institucional de la Autoridad para la Reconstrucción con Cambios (www.rcc.gob.pe), el mismo día de la publicación de la presente Resolución en el Diario O fi cial El Peruano. Artículo 6º.- La presente resolución entra en vigencia el día de su publicación en el Diario O fi cial El Peruano. Artículo 7º.- Encargar a la Gerencia Administrativa la publicación de la presente Resolución en el Diario O fi cial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese. EDGAR QUISPE REMÓN Director Ejecutivo Autoridad para la Reconstrucción con Cambios Presidencia del Consejo de Ministros 1676188-1 REQUISITO PARA PUBLICACI ŁN DE NORMAS LEGALES Y SENTENCIAS Se comunica a las entidades que conforman el Poder Legislativo, Poder Ejecutivo, Poder Judicial, Organismos constitucionales autónomos, Organismos Públicos, Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales, que para efectos de la publicación de sus disposiciones en general (normas legales, reglamentos jurídicos o administrativos, resoluciones administrativas, actos de administración, actos administrativos, etc) con o sin anexos, que contengan más de una página, se adjuntará un CD o USB en formato Word con su contenido o éste podrá ser remitido al correo electrónico normaslegales@editoraperu.com.pe. GERENCIA DE PUBLICACIONES OFICIALES