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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 01 DE AGOSTO DEL AÑO 2018 (01/08/2018)

CANTIDAD DE PAGINAS: 80

TEXTO PAGINA: 75

75 NORMAS LEGALES Miércoles 1 de agosto de 2018 El Peruano / Que, la Tercera Disposición Final de la Ordenanza Nº 505-2018-MDB, faculta al Señor Alcalde distrital disponer la prórroga de su vigencia; De conformidad con los artículos 20, numeral 6); 39 y 42 de la Ley Nº 27972 – Orgánica de Municipalidades; DECRETA: Artículo Primero.- PRORROGAR hasta el 31.AGOSTO.2018 la vigencia de la Ordenanza Nº 505-2018-MDB (28.JUNIO.2018) que aprueba el Otorgamiento del “Gran Bene fi cio Tributario”. Artículo Segundo.- ENCARGAR a la Gerencia de Rentas y Gerencia de Administración y Finanzas, a través de sus unidades orgánicas, el estricto cumplimiento de la presente norma municipal. Artículo Tercero.- ENCARGAR a la Secretaría General la publicación de este decreto en el Diario Ofi cial El Peruano; y a la Subgerencia de Estadísticas e Informática en el portal institucional de la Municipalidad Distrital de Breña (www.munibrena.gob.pe) Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. ANGEL A. WU HUA PAYA Alcalde 1675649-1 MUNICIPALIDAD DE CIENEGUILLA Prorrogan vigencia de la Ordenanza N° 267- MDC DECRETO DE ALCALDÍA Nº 012-2018-MDC Cieneguilla, 13 de junio de 2018EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE CIENEGUILLA VISTOS: El Informe Nº 098-2018-MDC/GDUR, de la Gerencia de Desarrollo Urbano y Rural, sobre ampliación de la vigencia de los bene fi cios en el pago por derecho de trámite en el otorgamiento de la constancia de posesión para servicios básicos. CONSIDERANDO: Que, mediante Ordenanza Nº 267-MDC, se establece bene fi cios en el pago por derecho de trámite en el otorgamiento de la constancia de posesión para servicios básicos; con una vigencia de sesenta días calendarios, ampliada mediante Decreto de Alcaldía Nº 005-2018-MDC. Que, con la fi nalidad de lograr que los vecinos de Cieneguilla se acojan a los bene fi cios antes señalados es necesario ampliar la vigencia de la ordenanza antes citada, de acuerdo a las facultades delegadas a este Despacho por la Ordenanza. Estando a lo expuesto y en uso de las facultades previstas en los artículos 6º, 20º numeral 6 y el artículo 42º de la Ley Orgánica de Municipalidades. DECRETA: Artículo Primero.- PRORROGAR, con e fi cacia anticipada, desde el 01 de junio hasta el 31 de agosto del presente año, el plazo de vigencia de la Ordenanza Nº 267-MDC. Artículo Segundo.- ENCARGAR, a la Gerencia de Desarrollo Urbano y Rural, y a la Subgerencia de Obras Privadas y Catastro el cumplimiento de la presente norma; a la Secretaria General su publicación en el Diario O fi cial El Peruano, en el Portal Institucional de la Municipalidad Distrital de Cieneguilla (www.municieneguilla.gob.pe) y en el Portal de Servicios al Ciudadano y Empresas – PSCE (www.serviciosalciudadano.gob.pe) y a la Subgerencia de Comunicaciones e Imagen Institucional el cumplimiento y efectiva difusión del presente Decreto de Alcaldía, de acuerdo a sus competencias y atribuciones. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase.EMILIO A. CHÁVEZ HUARINGA Alcalde 1675875-1 REQUISITOS PARA PUBLICACIÓN DE DECLARACIONES JURADAS Se comunica a los organismos públicos que, para efecto de la publicación en la Separata Especial de Declaraciones Juradas de Funcionarios y Servidores Públicos del Estado, se deberá tomar en cuenta lo siguiente: 1. La solicitud de publicación se efectuará mediante o fi cio dirigido al Director del Diario O fi cial El Peruano y las declaraciones juradas deberán entregarse en copias autenticadas o refrendadas por un funcionario de la entidad solicitante. 2. La publicación se realizará de acuerdo al orden de recepción del material y la disponibilidad de espacio en la Separata de Declaraciones Juradas. 3. La documentación a publicar se enviará además en archivo electrónico (CD o USB) y/o al correo electrónico: dj@editoraperu.com.pe , precisando en la solicitud que el contenido de la versión electrónica es idéntico al del material impreso que se adjunta; de no existir esta identidad el cliente asumirá la responsabilidad del texto publicado y del costo de la nueva publicación o de la Fe de Erratas a publicarse. 4. Las declaraciones juradas deberán trabajarse en Excel, presentado en dos columnas, una línea por celda. 5. La información se guardará en una sola hoja de cálculo , colocándose una declaración jurada debajo de otra. GERENCIA DE PUBLICACIONES OFICIALES