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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 02 DE AGOSTO DEL AÑO 2018 (02/08/2018)

CANTIDAD DE PAGINAS: 116

TEXTO PAGINA: 34

34 NORMAS LEGALES Jueves 2 de agosto de 2018 / El Peruano Que, por Memorandos Nos. 01218 y 1192-2018-PRODUCE/DGPARPA, el Director General de la Dirección General de Políticas y Análisis Regulatorio en Pesca y Acuicultura, solicita a la Directora General de la O fi cina General de Administración gestionar la transferencia de recursos fi nancieros del PRODUCE a favor del IMARPE y del SANIPES para el fi nanciamiento de las tres (03) actividades, anteriormente señaladas, aprobadas por la Comisión Especial mediante Acta de la Sesión 02-2018-PRODUCE del 12 de junio de 2018, con cargo a los recursos provenientes de los derechos de pesca conforme a lo dispuesto por el artículo 27 del Reglamento y modi fi catorias; Que, el Literal d) del numeral 42.1 del artículo 42 del Texto Único Ordenado de la Ley N° 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto aprobado por Decreto Supremo N° 304-2012-EF, dispone que las incorporaciones de mayores fondos públicos que se generen como consecuencia de la percepción de determinados ingresos o previstos o superiores a los contemplados en el presupuesto inicial, son aprobados mediante resolución del Titular de la Entidad, cuando provienen, entre otros, de los recursos fi nancieros distintos a la fuente de fi nanciamiento Recursos Ordinarios que no se hayan utilizado al 31 de diciembre del año fi scal, constituyen saldos de balance y son registrados fi nancieramente cuando se determine su cuantía; y que durante la ejecución presupuestaria, dichos recursos se podrán incorporar para fi nanciar la creación o modi fi cación de metas presupuestarias de la entidad, que requieran mayor fi nanciamiento; los recursos fi nancieros incorporados mantienen la fi nalidad para los cuales fueron asignados en el marco de las disposiciones legales vigentes; Que, la Quinta Disposición Complementaria Final de la Ley N° 30114, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2014, establece que a partir de la vigencia de dicha Ley, lo dispuesto en el artículo 42 de la Ley N° 28411, es aplicable para la incorporación de los recursos directamente recaudados del PRODUCE en los organismos públicos de dicho sector en el marco de lo dispuesto por el artículo 17 del Decreto Ley N° 25977, y el artículo 27 de su Reglamento y modi fi catorias; Que, conforme a lo señalado en los considerandos precedentes, es necesario aprobar las transferencias de recursos fi nancieros de la Unidad Ejecutora 001: Ministerio de la Producción a favor del IMARPE y del SANIPES para fi nanciar las tres (03) actividades anteriormente señaladas, con cargo a los recursos provenientes de los Derechos de Pesca, en el marco de lo establecido en el artículo 17 de la Ley y el artículo 27 de su Reglamento y modi fi catorias; De conformidad con lo dispuesto en el Texto Único Ordenado de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado por el Decreto Supremo Nº 304-2012-EF; el Decreto Ley Nº 25977, Ley General de Pesca y su Reglamento, aprobado por el Decreto Supremo Nº 012-2001-PE y modi fi catorias; el Decreto Legislativo Nº 1047, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de la Producción y modi fi catorias; y el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de la Producción, aprobado por Decreto Supremo Nº 002-2017-PRODUCE y modi fi catoria; SE RESUELVE:Artículo 1.- Autorización de transferencia de Recursos a favor de IMARPE Autorizar la transferencia de recursos fi nancieros de la Unidad Ejecutora 001: Ministerio de la Producción, a favor del Instituto del Mar del Perú - IMARPE, hasta la suma de DOSCIENTOS TREINTA Y UN MIL DOSCIENTOS DIEZ Y 00/100 SOLES (S/ 231 210,00), con cargo a los recursos recaudados por concepto de Derechos de Pesca, en la Fuente de Financiamiento Recursos Directamente Recaudados, para la ejecución de la Actividad siguiente: N° ACTIVIDADIMPORTE DE LA TRANSFERENCIA 1Impacto de las fl otas pesqueras artesanales y de menor escala en el mar adyacente de la región Tumbes.S/ 231 210,00Artículo 2.- Autorización de transferencia de Recursos a favor de SANIPES Autorizar la transferencia de recursos fi nancieros de la Unidad Ejecutora 001: Ministerio de la Producción, a favor del Organismo Nacional de Sanidad Pesquera – SANIPES, hasta la suma de QUINIENTOS ONCE MIL Y 00/100 SOLES (S/ 511 000,00), con cargo a los recursos recaudados por concepto de Derechos de Pesca, en la Fuente de Financiamiento Recursos Directamente Recaudados, para la ejecución de las Actividades siguientes: N° ACTIVIDADESIMPORTE DE LA TRANSFERENCIAS 1Determinación de la presencia de la cepa patogénica de Vibrio parahaemolyticus que contiene los genes PirA y PirB en los centros de cultivo de langostino blanco ( Litopenaeus vannamei ).S/ 264 530,00 2Identi fi cación de los principales factores de riesgo asociados a la presencia de la enfermedad emergente Virus de la Tilapia Lacustre (TiLV) en el país.S/ 246 470,00 Artículo 3.- Ejecución de Actividades Disponer que previamente a la ejecución de las Actividades a que se re fi eren los artículos 1 y 2 de la presente Resolución Ministerial, se proceda, según corresponda, conforme a lo establecido en el artículo 22 del Reglamento de Funcionamiento de la Comisión Especial aprobado por Resolución Ministerial Nº 831-2008-PRODUCE y modi fi catorias, bajo responsabilidad. Artículo 4.- Limitación al uso de los recursos Los recursos fi nancieros a que se re fi eren los artículos 1 y 2 de la presente Resolución Ministerial no podrán ser destinados, bajo responsabilidad, a fi nes distintos para los cuales son transferidos. Artículo 5- Noti fi cación Notifi car la presente Resolución Ministerial a la Ofi cina General de Administración del Ministerio de la Producción, al Instituto del Mar del Perú - IMARPE y al Organismo Nacional de Sanidad Pesquera - SANIPES, para conocimiento y fi nes pertinentes. Artículo 6.- Publicación La presente Resolución Ministerial se publica en el Portal Institucional del Ministerio de la Producción (www.produce.gob.pe), en la misma fecha de su publicación en el diario o fi cial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese.RAÚL PÉREZ-REYES ESPEJO Ministro de la Producción 1676501-1 Otorgan subvenciones a favor de personas naturales y jurídicas privadas RESOLUCIÓN DE COORDINACIÓN EJECUTIVA Nº 326-2018-PRODUCE/INNÓVATEPERÚ Lima, 30 de julio de 2018VISTOS, el Informe N° 071-2018-PRODUCE/ INNOVATEPERU-UPEG de la Unidad de Plani fi cación y Evaluación de la Gestión, y los Memorandos Nos. 100, 101 y 102-2018-PRODUCE/INNÓVATEPERÚ.UM de la Unidad de Monitoreo; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Ley Nº 28939, se creó el Fondo de Investigación y Desarrollo para la Competitividad - FIDECOM, con la fi nalidad de promover la investigación y desarrollo, especialmente en proyectos de innovación