Norma Legal Oficial del día 02 de agosto del año 2018 (02/08/2018)


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TEXTO DE LA PÁGINA 26

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NORMAS LEGALES

Jueves 2 de agosto de 2018 /

El Peruano

en el marco de lo dispuesto por la Resolución Ministerial N° 365-2017-MC de fecha 28 de setiembre de 2017; Que, por Informe N° 900131-2018/DGPA/VMPCIC/ MC de fecha 11 de julio de 2018, la Dirección General de Patrimonio Arqueológico Inmueble, en uso de sus facultades previstas en el numeral 59.2 del artículo 59 del ROF, emite opinión favorable a la declaratoria y delimitación propuestas, elevando el expediente al Viceministro de Patrimonio Cultural e Industrias Culturales, para que continúe con el trámite que corresponde; Que, conforme a lo previsto en el numeral 7.1 del artículo 7 del Reglamento de Intervenciones Arqueológicas, aprobado mediante Decreto Supremo N° 003-2014-MC, corresponde declarar como Patrimonio Cultural de la Nación al Sitio Arqueológico "Huaca Santa Anita", ubicado en el distrito de Santa Anita, provincia y departamento de Lima; así como aprobar el expediente técnico (ficha técnica, memoria descriptiva y plano) de delimitación del referido Sitio Arqueológico, por la importancia y valor que tiene para la identidad nacional, así como para brindarle protección legal para su conservación, al tratarse de un área intangible, siendo necesario emitir el acto resolutivo correspondiente; De conformidad con lo establecido en la Constitución Política del Perú; en la Ley N° 28296, Ley General del Patrimonio Cultural de la Nación; en la Ley Nº 29565, Ley de creación del Ministerio de Cultura; en el Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado mediante Decreto Supremo N° 006-2017-JUS; en el Reglamento de la Ley General de Patrimonio Cultural de la Nación, aprobado por Decreto Supremo Nº 011-2006-ED; en el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Cultura, aprobado por Decreto Supremo Nº 005-2013-MC; el Reglamento de Intervenciones Arqueológicas, aprobado por el Decreto Supremo N° 003-2014-MC; y, la Resolución Ministerial N° 365-2017-MC; SE RESUELVE: Artículo 1.- Declarar Patrimonio Cultural de la Nación al Sitio Arqueológico "Huaca Santa Anita", según los datos señalados en el siguiente cuadro:
Departamento Provincia Sitio Arqueológico Huaca Santa Anita Distrito Santa Anita Lima Lima Datum WGS84 Zona 18 UTM Este 288131.6180 UTM Norte 8668783.3650

efectos que el sitio arqueológico "Huaca Santa Anita", sea considerado dentro de los planes de ordenamiento territorial que se desarrollen. Artículo 6.- Remitir copia certificada de la presente Resolución a la Municipalidad Distrital de Santa Anita, la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos, y a la Superintendencia Nacional de los Bienes Estatales. Regístrese, comuníquese y publíquese. LUIS FELIPE VILLACORTA OSTOLAZA Viceministro de Patrimonio Cultural e Industrias Culturales 1676035-1

DEFENSA
Designan miembros y Presidente del Directorio de la empresa SIMA-PERÚ S.A.
RESOLUCIÓN SUPREMA N° 059-2018-DE/MGP Lima, 1 de agosto de 2018 Vista, la Carta G.500-1392 del Secretario del Comandante General de la Marina, de fecha 13 de marzo de 2018, mediante el cual propone el nombramiento de los miembros del Directorio de la empresa Servicios Industriales de la Marina S.A. (SIMA-PERÚ S.A.); CONSIDERANDO: Que, de acuerdo con el artículo 1 de la Ley Nº 27073, Ley de Servicios Industriales de Ia Marina S.A. (SIMAPERÚ S.A.), concordante con lo establecido en el artículo 20 del Decreto Legislativo Nº 1134, Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Defensa, SIMA-PERÚ S.A. es una empresa del Sector Defensa; Que, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 15 de la referida Ley, modificado por la Primera Disposición Complementaria Modificatoria del Decreto Legislativo Nº 1134, el Directorio de la citada empresa debe estar integrado por NUEVE (9) miembros designados por Resolución Suprema; asimismo, señala que el Directorio de la empresa SIMA-PERÚ S.A., está integrado por el Jefe del Estado Mayor General de la Marina, quien lo presidirá; el Director General de Economía de la Marina; el Director General del Material de la Marina; el Director de Alistamiento Naval; el Director Ejecutivo de SIMAPERÚ S.A. y CUATRO (4) Directores en representación del Fondo Nacional de Financiamiento de la Actividad Empresarial del Estado - FONAFE; Que, mediante Resolución Suprema Nº 038-2016DE/MGP, de fecha 3 de febrero de 2016, ratifican al Vicealmirante Mauro Daniel Pelayo CACHO de Armero, Jefe del Estado Mayor General de la Marina y al Contralmirante Augusto Octavio BOHÓRQUEZ Villalta, Director de Alistamiento Naval, como Presidente y miembro integrante del Directorio de la empresa SIMA PERÚ S.A., respectivamente y designan como integrantes del citado Directorio al Vicealmirante James Guido THORNBERRY Schiantarelli, Director General del Material de la Marina, al Contralmirante Silvio Javier ALVA Villamón, Director Ejecutivo de la empresa SIMA PERÚ S.A. y al Contralmirante Rafael Francisco ZARIQUIEY Núñez, Director General de Economía de la Marina; Que, mediante Resolución Suprema Nº 520-2016-DEMGP de fecha 30 de diciembre de 2016 se nombró, a partir del 1 de enero de 2017, al Vicealmirante Víctor Emanuel Pomar Calderón como Jefe del Estado Mayor de la Marina. Con Resolución Suprema Nº 196-2017DE/MGP de fecha 28 de diciembre de 2017 se ratificó el empleo antes mencionado y se nombró, a partir del 1 de enero de 2018 al Vicealmirante Ricardo Alfonso

Artículo 2.- Aprobar el expediente técnico (plano de delimitación, memoria descriptiva y ficha técnica) del Sitio Arqueológico "Huaca Santa Anita" ubicado en el distrito de Santa Anita, provincia y departamento de Lima, de acuerdo al plano, área y perímetro siguientes:
Nombre del Sitio Nº de Plano en Datum Arqueológico WGS84 Huaca Santa Anita PP-001-MC_DGPA/ DSFL-2014 WGS84 Área (m2) Área (ha) Perímetro (m) 187.60

2 188.11 0.2188

Artículo 3.- Encargar a la Dirección de Catastro y Saneamiento Físico Legal del Ministerio de Cultura la inscripción en Registros Públicos y en el Sistema de Información Nacional de los Bienes de Propiedad Estatal (SINABIP) de ser el caso, la condición de Patrimonio Cultural de la Nación del sitio arqueológico, así como el expediente técnico señalado en el artículo 2 de la presente Resolución. Artículo 4.- Disponer que cualquier proyecto de obra nueva, caminos, carreteras, canales, denuncios mineros o agropecuarios, obras habitacionales y otros colindantes que pudiese afectar o alterar el paisaje de los monumentos arqueológicos prehispánicos declarados Patrimonio Cultural de la Nación, deberá contar con la aprobación previa del órgano competente del Ministerio de Cultura. Artículo 5.- Remitir copia certificada de la presente Resolución a la Municipalidad Metropolitana de Lima para

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