Norma Legal Oficial del día 02 de agosto del año 2018 (02/08/2018)


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NORMAS LEGALES

Jueves 2 de agosto de 2018 /

El Peruano

certificación ambiental y que requieren ampliar o modificar dichas actividades, deben gestionar la aprobación de un Instrumento de Gestión Ambiental; Que, en este contexto, resulta necesario establecer los procedimientos, plazos y requisitos que dichos Titulares deben cumplir para contar con el Instrumento de Gestión Ambiental que los habilite para ampliar o modificar sus actividades eléctricas; Que, mediante el Informe de Vistos, la Dirección General de Asuntos Ambientales Energéticos sustenta la necesidad de contar con Disposiciones para la Adecuación Ambiental de Proyectos Eléctricos que fueron Autorizados por la Normativa a no contar con Certificación Ambiental; Que, en atención a lo dispuesto en el artículo 39 del Reglamento sobre Transparencia, Acceso a la Información Pública Ambiental y Participación y Consulta Ciudadana en Asuntos Ambientales, aprobado por Decreto Supremo N° 002-2009-MINAM, publicado el 17 de enero de 2009, los proyectos de normas que regulen asuntos ambientales generales o que tengan efectos ambientales serán puestos en conocimiento del público para recibir opiniones y sugerencias de los interesados. El aviso de publicación del proyecto debe publicarse en el Diario Oficial "El Peruano" y el cuerpo completo del proyecto en el portal de transparencia de la entidad, por un periodo mínimo de diez (10) días útiles; Que, en ese sentido, corresponde disponer la publicación del proyecto de Decreto Supremo que aprueba las "Disposiciones para la Adecuación Ambiental de Proyectos Eléctricos que fueron Autorizados por la Normativa a no contar con Certificación Ambiental" en el portal institucional del Ministerio de Energía y Minas, otorgando a los interesados un plazo de diez (10) días hábiles para la remisión por escrito o vía electrónica de los comentarios y sugerencias; De conformidad con lo dispuesto por la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; el Reglamento sobre Transparencia, Acceso a la Información Pública Ambiental y Participación y Consulta Ciudadana en Asuntos Ambientales, aprobado por Decreto Supremo N° 002-2009-MINAM; la Ley N° 30705, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Energía y Minas; el Decreto Supremo N° 031-2007-EM, que modifica el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Energía y Minas; y, la Resolución Ministerial N° 184-2018-MEM/DM, que establece la dependencia funcional de los órganos del Ministerio, así como el nivel de coordinación con los órganos dependientes, en tanto se apruebe el nuevo Reglamento de Organización y Funciones y su estructura organizacional; SE RESUELVE: Artículo 1.- Autorizar la publicación del proyecto de Decreto Supremo que aprueba las "Disposiciones para la Adecuación Ambiental de Proyectos Eléctricos que fueron Autorizados por la Normativa a no contar con Certificación Ambiental" y su Exposición de Motivos. Artículo 2.- Establecer un plazo de diez (10) días hábiles, contados a partir del día siguiente de la publicación de la presente Resolución Ministerial, a fin de que los interesados remitan por escrito sus opiniones y sugerencias a la Dirección General de Asuntos Ambientales Energéticos, sito en Avenida Las Artes Sur N° 260, distrito de San Borja, provincia y departamento de Lima, o vía internet a la siguiente dirección de correo electrónico: prepublicacionesdgaae@minem.gob.pe. Artículo 3.- Disponer la publicación de la presente Resolución Ministerial en el Diario Oficial El Peruano. Asimismo, publíquese en el portal institucional del Ministerio de Energía y Minas (www.minem.gob.pe) el proyecto de Decreto Supremo que aprueba las "Disposiciones para la Adecuación Ambiental de Proyectos Eléctricos que fueron Autorizados por la Normativa a no contar con Certificación Ambiental" y su Exposición de Motivos, el mismo día de la publicación de la presente Resolución Ministerial en el Diario Oficial. Regístrese, comuníquese y publíquese. FRANCISCO ISMODES MEZZANO Ministro de Energía y Minas 1675715-1

INTERIOR
Otorgan la nacionalidad peruana por naturalización a ciudadano estadounidense
RESOLUCIÓN SUPREMA N° 068-2018-IN Lima, 1 de agosto de 2018 VISTOS; la solicitud presentada por el ciudadano de nacionalidad estadounidense Christopher Trevor Jackson, peticionando el otorgamiento de Nacionalidad Peruana por Naturalización; el Informe N° 297-2018-MIGRACIONES-SM-IN-N, de la Gerencia de Servicios Migratorios de la Superintendencia Nacional de Migraciones ­ MIGRACIONES; el Oficio N° 0002672018-SM/MIGRACIONES, de la Gerencia de Servicios Migratorios de la Superintendencia Nacional de Migraciones ­ MIGRACIONES; y el Informe N° 0012092018/IN/OGAJ, de fecha 9 de abril de 2018, de la Oficina General de Asesoría Jurídica del Ministerio del Interior; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Legislativo N° 1130, se creó la Superintendencia Nacional de Migraciones ­ MIGRACIONES, entidad que asume las funciones y competencias de la Dirección General de Migraciones y Naturalización del Ministerio del Interior ­ DIGEMIN, dentro de las cuales se encuentra el otorgar registro de nacionalidad peruana por nacimiento y opción; así como títulos de naturalización y doble nacionalidad, concordante con el literal t. del artículo 3 del Reglamento de Organización y Funciones de MIGRACIONES, aprobado por Decreto Supremo N° 005-2013-IN; Que, mediante expediente administrativo N° LM130149948, la Superintendencia Nacional de Migraciones ­ MIGRACIONES, ha tramitado la solicitud del ciudadano de nacionalidad estadounidense Christopher Trevor Jackson, quien peticiona se le conceda la Nacionalidad Peruana por Naturalización; Que, mediante Informe N° 297-2018-MIGRACIONESSM-IN-N, la Gerencia de Servicios Migratorios de la Superintendencia Nacional de Migraciones­ MIGRACIONES, concluye que el ciudadano de nacionalidad estadounidense Christopher Trevor Jackson, cumplió con cada uno de los requisitos previstos en el artículo 3° de la Ley de Nacionalidad, Ley N° 26574, así como con el artículo 8 de su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo N° 004-97-IN, concordante con el Anexo 6) del Texto Único de Procedimientos Administrativos del Ministerio del Interior, en lo relativo a la Superintendencia Nacional de Migraciones -MIGRACIONES, respecto al procedimiento de Nacionalización por Naturalización; Que, mediante Dictamen N° 032-2018-MIGRACIONES-AJ, la Oficina General de Asesoría Jurídica de la Superintendencia Nacional de Migraciones ­ MIGRACIONES, opina que resulta legalmente viable otorgar la nacionalidad peruana por naturalización solicitada por el ciudadano de nacionalidad estadounidense Christopher Trevor Jackson; Que, el artículo 6 de la Ley N° 26574, Ley de Nacionalidad, establece que la naturalización es aprobada o cancelada, según, corresponda, mediante Resolución Suprema; Con la visación de la Superintendencia Nacional de Migraciones ­ MIGRACIONES y de la Oficina General de Asesoría Jurídica del Ministerio del Interior; y, De conformidad con lo dispuesto en el artículo 52 de la Constitución Política del Perú; la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley N° 26574, Ley de Nacionalidad; el Decreto Legislativo N° 1266, Ley de Organización y Funciones del Ministerio del Interior; el Decreto Legislativo N° 1130, que crea la Superintendencia Nacional de Migraciones ­ MIGRACIONES; el Reglamento de Organización y Funciones de la Superintendencia Nacional de Migraciones ­ MIGRACIONES, aprobado por Decreto Supremo N° 005-2013-IN; el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio del Interior, aprobado por Decreto Supremo N° 004-2017-IN; y, el Reglamento de la Ley de Nacionalidad, aprobado por Decreto Supremo N° 004-97-IN.

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