Norma Legal Oficial del día 03 de agosto del año 2018 (03/08/2018)


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TEXTO DE LA PÁGINA 7

El Peruano / Viernes 3 de agosto de 2018

NORMAS LEGALES

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V por un período equivalente a dicha demora, y de esta manera establecer que la POC se efectuará a más tardar el 29 de octubre del 2022; Que, la Dirección General de Electricidad y la Oficina General de Asesoría Jurídica del Ministerio de Energía y Minas, según los Informes de Vistos, han verificado que se ha cumplido con lo establecido en el Decreto Ley N° 25844, Ley de Concesiones Eléctricas, y su Reglamento, aprobado mediante Decreto Supremo N° 009-93-EM; por lo que recomiendan aprobar la Primera Modificación al CONTRATO en los términos y condiciones que se describen en la Minuta correspondiente, la misma que deberá ser elevada a Escritura Pública incorporando en ésta el texto de la presente Resolución, e inscribirla en el Registro de Concesiones para la Explotación de Servicios Públicos del Registro de Propiedad Inmueble, según lo establecido en los artículos 7 y 56 del citado Reglamento; De conformidad con el Decreto Ley N° 25844, Ley de Concesiones Eléctricas, su Reglamento, aprobado mediante Decreto Supremo N° 009-93-EM, el artículo 9 del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Energía y Minas, aprobado mediante Decreto Supremo N° 031-2007-EM, y la Resolución Ministerial N° 184-2018MEM/DM, que establece la dependencia funcional de los órganos del Ministerio de Energía y Minas, así como el nivel de coordinación con los órganos dependientes, en tanto se apruebe el nuevo Reglamento de Organización y Funciones y su estructura organizacional; SE RESUELVE: Artículo 1.- Aprobar la primera modificación de la concesión definitiva para desarrollar la actividad de generación de energía eléctrica en la Central Hidroeléctrica Tulumayo V y la Primera Modificación al Contrato de Concesión N° 471-2015, solicitada por EGEJUNÍN TULUMAYO-V S.A.C., en lo referido a la modificación de la Cláusula Séptima y el Anexo N° 4, por las razones y fundamentos legales señalados en la parte considerativa de la presente Resolución Ministerial. Artículo 2.- Autorizar al Director General de Electricidad o quien haga sus veces, a suscribir, en representación del Estado, la Minuta de la Primera Modificación al Contrato de Concesión N° 471-2015, aprobada en el artículo precedente y la Escritura Pública correspondiente. Artículo 3.- Incorporar el texto de la presente Resolución Ministerial en la Escritura Pública que dé origen la Primera Modificación al Contrato de Concesión N° 4712015 en cumplimiento del artículo 56 del Reglamento de la Ley de Concesiones Eléctricas, aprobado mediante Decreto Supremo N° 009-93-EM. Artículo 4.- Disponer la publicación de la presente Resolución Ministerial por una sola vez en el Diario Oficial El Peruano dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes a su expedición, por cuenta de EGEJUNÍN TULUMAYO-V S.A.C., de conformidad con el artículo 54 del Reglamento de la Ley de Concesiones Eléctricas, aprobado mediante Decreto Supremo N° 009-93-EM. Regístrese, comuníquese y publíquese. FRANCISCO ISMODES MEZZANO Ministro de Energía y Minas 1673558-1

de transmisión de energía eléctrica de la Línea de Transmisión en 60 kV S.E. C.T. Iquitos Nueva ­ S.E. C.T. Iquitos (ELOR); la solicitud de la primera modificación de la mencionada concesión definitiva, presentada por Genrent del Perú S.A.C. (en adelante, GENRENT) y de la Primera Modificación al Contrato de Concesión Nº 492-2016 (en adelante, el CONTRATO); la Resolución Ministerial Nº 285-2018-MEM/DM; y, los Informes Nº 0922018-MEM/DGE-DCE y Nº 329-2018-MEM/OGJ de la Dirección General de Electricidad y de la Oficina General de Asesoría Jurídica, respectivamente, del Ministerio de Energía y Minas; CONSIDERANDO: Que, GENRENT y el Ministerio de Energía y Minas suscriben el Contrato de Concesión de Reserva Fría de Generación del Proyecto "Suministro de Energía para Iquitos" (en adelante, el Contrato de Reserva Fría), cuya fecha de cierre se realiza el 18 de setiembre de 2013, mediante el cual la referida empresa se obliga a diseñar, financiar, construir, operar y mantener la Planta Iquitos, que comprende, entre otros componentes, a la línea de transmisión y todo cuanto haga falta para que la Central Térmica inyecte, cuando sea requerida, la energía producida en forma continua y confiable; Que, mediante Resolución Ministerial Nº 123-2016MEM/DM, de fecha 29 de marzo de 2016, se aprueba la Adenda Nº 1 al Contrato de Reserva Fría, a fin de prorrogar las fechas de los hitos del proyecto; Que, mediante Resolución Ministerial Nº 486-2016MEM/DM, de fecha 24 de noviembre de 2016, se aprueba la Adenda Nº 2 al Contrato de Reserva Fría, a fin de prorrogar las fechas de los hitos del proyecto; Que, mediante Resolución Ministerial Nº 540-2016MEM/DM, publicada el 29 de diciembre de 2016, se otorga a favor de GENRENT la concesión definitiva para desarrollar la actividad de transmisión de energía eléctrica en la Línea de Transmisión en 60 kV S.E. C.T. Iquitos Nueva ­ S.E. C.T. Iquitos (ELOR), ubicada en los distritos de Iquitos y Punchana, provincia de Maynas, departamento de Loreto, aprobándose el CONTRATO; Que, mediante Resolución Ministerial Nº 172-2017MEM/DM, de fecha 8 de mayo de 2017, se aprueba la Adenda Nº 3 al Contrato de Reserva Fría, a fin de actualizar el índice utilizado en la fórmula de actualización de la tarifa de adjudicación; Que, mediante documento con Registro Nº 2721465, de fecha 6 de julio de 2017, GENRENT solicita la modificación de la concesión definitiva para desarrollar la actividad de transmisión de energía eléctrica de la Línea de Transmisión en 60 kV S.E. C.T. Iquitos Nueva ­ S.E. C.T. Iquitos (ELOR), a fin de variar el recorrido de la citada línea de transmisión en diversos tramos para alinearlos con el pórtico de la Central Térmica Iquitos, evitar interferencias y condiciones desfavorables para la construcción, así como realizar el replanteo de subterráneo a aéreo del tramo que cruza el río Nanay y de aéreo a subterráneo de otro tramo ubicado en zona urbana; Que, mediante Resolución Directoral Nº 086-2017-SENACE/DCA de fecha 31 de marzo de 2017, la Dirección de Certificación Ambiental del Servicio Nacional de Certificación Ambiental para las Inversiones Sostenibles ­ SENACE aprueba la modificación del Estudio de Impacto Ambiental Detallado del proyecto "Central Térmica de Iquitos Nueva y Línea de Transmisión 60 kV", de conformidad con los fundamentos y conclusiones del Informe Nº 075-2017-SENACE-J-DCA/ UPAS-UGS, de fecha 31 de marzo de 2017, el cual forma parte integrante de la mencionada resolución; Que, de conformidad con los informes de Vistos, al haberse verificado que a la fecha GENRENT cumple con los requisitos para la aprobación de la solicitud de la primera modificación de la concesión definitiva para desarrollar la actividad de transmisión de energía eléctrica en la Línea de Transmisión en 60 kV S.E. C.T. Iquitos Nueva ­ S.E. C.T. Iquitos (ELOR), según lo señalado en la Ley de Concesiones Eléctricas, su Reglamento y el Texto Único de Procedimientos Administrativos del Ministerio de Energía y Minas, corresponde se apruebe dicha solicitud; y, por consiguiente se apruebe

Aprueban modificación de concesión definitiva para desarrollar la actividad de transmisión de energía eléctrica otorgada a favor de Genrent del Perú S.A.C.
RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 290-2018-MEM/DM Lima, 26 de julio de 2018 VISTOS: El Expediente Nº 14371016 sobre la concesión definitiva para desarrollar la actividad

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