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3 NORMAS LEGALES Lunes 27 de agosto de 2018 El Peruano / PODER EJECUTIVO AMBIENTE Aprueban el Plan Operativo Institucional Modificado al 30 de junio de 2018 del Pliego 331: Servicio Nacional de Meteorología e Hidrología del Perú - SENAMHI RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA EJECUTIVA Nº 163-2018-SENAMHI/PREJ Lima, 20 de agosto de 2018VISTO:El Informe Nº 034-2018/SENAMHI-OPP-UI de fecha 31 de julio de 2018, de la O fi cina de Planeamiento y Presupuesto. CONSIDERANDO: Que, el inciso iii) del numeral 7.2 del artículo 7 del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado por Decreto Supremo Nº 304-2012-EF, dispone que el Titular de la Entidad es responsable de concordar el Plan Operativo Institucional - POI y su Presupuesto Institucional con el Plan Estratégico Institucional - PEI; Que, por otro lado, el numeral 71.3 del artículo 71 de la referida Ley, señala que los Planes Operativos Institucionales deben re fl ejar las Metas Presupuestarias que se esperan alcanzar para cada año fi scal y constituyen instrumentos administrativos que contienen los procesos a desarrollar en el corto plazo, precisando las tareas necesarias para cumplir las Metas Presupuestarias establecidas para dicho período, así como la oportunidad de su ejecución, a nivel de cada dependencia orgánica; Que, mediante Resolución de Presidencia Ejecutiva Nº 056-2018/SENAMHI se aprobó el Plan Operativo Institucional Modi fi cado del Pliego 331: Servicio Nacional de Meteorología e Hidrología del Perú - SENAMHI, para el Año Fiscal 2018; Que, con mediante Resolución de Presidencia de Consejo Directivo Nº 033-2017-CEPLAN-PCD, se aprobó la “Guía para el Planeamiento Institucional”, con el objetivo de establecer pautas para la elaboración o modi fi cación del PEI y del POI, en el marco del ciclo de planeamiento estratégico para la mejora continua; Que, con Resolución de Presidencia de Consejo Directivo Nº 062-2017-CEPLAN/PCD se modi fi có la “Guía para el Planeamiento Institucional” antes referida, estableciéndose en el numeral 6.3 de la misma dos momentos para la elaboración y aprobación del POI; siendo que, de acuerdo con el ítem 1 del referido numeral, en un primer momento la entidad elabora y aprueba su POI con la fi nalidad de orientar la asignación de recursos al logro de metas prioritarias, tomando en cuenta, entre otros, la asignación presupuestal y la estructura presupuestal del año vigente; y, de acuerdo al ítem 11 del mismo numeral, en un segundo momento la entidad realiza el proceso de ajuste del POI aprobado de acuerdo con la priorización establecida y la asignación del presupuesto total de la entidad; Que, en virtud a las disposiciones contenidas en el numeral 6.3 de la “Guía para el Planeamiento Institucional” corresponde modi fi car el POI del SENAMHI al 30 de junio de 2018; Que, en ese sentido, mediante Informe Nº 034-2018/ SENAMHI-OPP-UI de fecha 31 de julio de 2018, la O fi cina de Planeamiento y Presupuesto, recomienda aprobar el Proyecto del Plan Operativo Institucional Modi fi cado del SENAMHI al 30 de junio de 2018;